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Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - Juanpe - 02-11-2007

Al Sr. Rajoy le debieron aprobar la asignatura de Derecho Penal en la carrera. Quizá se le atragantó y un buen profesor que la impartía, no quiso truncar su brillante expediente que le permitiría opositar y ganar su puesto como Registrador de la Propiedad y le aprobó con un 5 raspado.

Porque otra explicación no tiene ese curioso nuevo concepto de autoría penal denominado “autor intelectual”. Descarto la opción de la mentira y de la manipulación, porque dicen que eso lo hacen los demás.

Triste panorama es el que nos espera en los próximos lustros…

Y por cierto, penosos servicios jurídicos tienen los difusores de la teoría de la conspiración.

También puede ser que a mi también me aprobaran la asignatura por la cara…

Un saludo.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - ronindo - 02-11-2007

Pues por ahí he leído que a los dirigentes de ETA se les denomina "Autores intelectuales" ¿nuevo bulo?


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - Juanpe - 02-11-2007

ronindo Wrote:Pues por ahí he leído que a los dirigentes de ETA se les denomina "Autores intelectuales" ¿nuevo bulo?
No se si denominarlo como bulo, ronindo. Yo más bien diría que es un concepto periodístico para denominar a otro tipo de autoría penal, como pudiera ser "inductor".

Un saludo.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - larean - 03-11-2007

Que yo sepa no suele haber sentencias como autores intelectuales. En particular, a Mikel Antza no se le juzga por ninguno de los asesinatos cometidos durante el tiempo que dirigió ETA.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - natxox - 03-11-2007

A algún dirigente de ETA se le ha juzgado incluso varios años después por ordenar un asesinato. En el juicio a los ejecutores se había declarado probado que había dado la orden al comando.
Pero la autoría intelectual va implícita en la autoría material. No tienen por qué ir desligadas como quieren hacernos creer.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - Poldec - 03-11-2007

La Fiscalía el delito que atribuía a "El Egipcio" era el 579.1 del Código Penal, que es el específico para conspirar, provocar o proponer delitos terroristas.

Artículo 579.

1. La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en los artículos 571 a 578 se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la que corresponda, respectivamente, a los hechos previstos en los artículos anteriores.

(...)

A este respecto, es importante lo que dice el Tribunal en los Fundamentos de Derecho sobre el concepto de conspirador (ya se ha apuntado por otros foreros en otros posts): "La conspiración constituye una forma de actos preparatorios del delito que no pertenecen aun a la ejecución misma (...). Por lo tanto, no es preciso que se inicie la ejecución material del delito, pero sí que los conspiradores desarrollen una actividad precisa y concreta, con realidad material y tangible que ponga de relieve la voluntad de delinquir, sin recurrir a meras conjeturas o suposiciones, debiendo el Tribunal tener en cuenta la intencionalidad de los acusados en el caso concreto"

Pero lo que está claro, como dice Areán, es que no es necesaria esta figura, ni mucho menos, en cualquier delito terrorista. Además, en este caso, parece que la propia célula fue la que lo preparó todo. Figuras como El Chino o El Tunecino jugaron un papel importante en este sentido.

Destaco este párrafo que me llamó la atención cuando leí lo que decían los Fundamentos Jurídicos respecto a Basel GHALYOUN:

"Mantiene varias contactos con Sarhane Ben Abdelmajid Fakhet, alias "el Tunecino" días antes de los atentados, según declara el propio Fouad EL MORABIT ANGHAR, -f. 4120-. El Tunecino le había dicho a Basel GHALYOUN, en el verano de 2003, que había que cometer atentados -f. 4803-".

PD.- He escuchado en los resúmenes de prensa que en Alemania se investiga a "El Egipcio" por colaborar con una célula terrorista que apoyó la huida de terroristas del 11M. No recuerdo exactamente qué períodico lo dice... Veremos de qué se trata.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - pantalla - 03-11-2007

Poldec Wrote:PD.- He escuchado en los resúmenes de prensa que en Alemania se investiga a "El Egipcio" por colaborar con una célula terrorista que apoyó la huida de terroristas del 11M. No recuerdo exactamente qué períodico lo dice... Veremos de qué se trata.
Lo tienes aquí:La Inteligencia alemana investiga los vínculos de «El Egipcio» con células locales

Quote:NATI VILLANUEVA. MADRID.

Rabei Osman «El Egipcio», absuelto como inductor del 11-M por el Tribunal que juzgó los atentados de Madrid, lleva siendo investigado desde 2002 por los servicios secretos alemanes (BKA), que sospechan que, tras su paso por aquel país, en 2000, entabló relaciones con una célula terrorista cuya infraestructura habría dado cobijo a condenados por los atentados de los trenes de Madrid como Basel Ghalyoun, Fouad El Morabit o Abdelmajid Bouchar.

De esta forma, Rabei Osman «El Egipcio» pudo servir de enlace entre algunos de los terroristas de Madrid y los radicales instalados en Alemania, cuando los primeros «visitaron» o se ocultaron (como el huido Bouchar) en aquel país.

Alemania sería así el cuarto territorio en el que Rabei Osman ha dejado su huella, además de Francia; Italia, donde ha sido condenado por pertenencia a organización terrorista; y España, donde también está constatada su integración en organización terrorista aunque no se le haya podido condenar otra vez por este delito, pues lo contrario habría vulnerado -apunta el Tribunal- el principio «non bis in idem».
No obstante, y según ha podido saber ABC, varias acusaciones recurrirán esta absolución e intentarán demostrar ante el Tribunal Supremo que al no ser Al Qaida una estructura jerarquizada, sino un paraguas ideológico bajo el que se integran células independientes, cada una de ellas tiene un carácter autónomo y es posible pertenecer a varias a la vez.

La investigación de los servicios de inteligencia alemanes se remonta a cinco años atrás, con la llegada de los condenados Basel Ghalyoun y Fouad El Morabit a la ciudad germana de Saarbrücken el verano de 2002. Por entonces Rabei Osman ya no estaba allí, sino en España, destino al que se había desplazado justo un año antes, en septiembre de 2001.

Fueron precisamente las relaciones de Fouad El Morabit y Basel Ghalyoun con Abdelhajlid Errabich (con el que convivió Fouad) y con Adnan Waki (con quien se alojó Basel) las que llevaron a la Inteligencia alemana a tirar del hilo y conectar a los ahora condenados por pertenencia a organización terrorista con aquel individuo («El Egipcio») que las autoridades habían detenido por residir ilegalmente en el país, donde por aquellas fechas también se encontraba Mohamed Atta, suicida del 11-S.

(...)



Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - Poldec - 03-11-2007

Gracias Pantalla.

Habrá que prestar atención a este asunto. Podría ser importante.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - 3diasdemarzo - 03-11-2007

Está clarísimo el papel de Rabei. Lo trató de explicar en la lectura de su informe de acusación Gonzalo Boyé. Por cada país que pasaba sembraba/incubaba una célula de jóvenes yihadistas. Será muy interesante lo que decida el Supremo, es difícil decidir si es un único delito o varios continuados en el tiempo. Muy interesante, gracias Pantalla.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - 3diasdemarzo - 03-11-2007

Pág. 730 de la sentencia:

Quote:Por último, las conversaciones de Rabei Osman EL SAYED AHMED en
las que, según las acusaciones, se atribuye la autoría intelectual de los atentados
al decir que "el hilo de lo de Madrid fue mio...era mi proyecto más querido, etc., ,
son claramente equívocas -disco compacto unico al folio 14229 y transcrita a los
folios 15046, 16747, 24154 y ss.-
Hasta que punto han influenciado estas mágicas palabras...


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - 3diasdemarzo - 03-11-2007

De Javier Álvarez (Cadena SER)

El Tribunal no tiene por qué contestar la pregunta de quién dio la orden para el atentado, por dos razones. En primer lugar, porque ninguno de los abogados, tanto de la defensa como de la acusación, incluido el fiscal, se lo han pedido expresamente. Y, en segundo lugar, porque no es objeto del proceso. Así lo han expresado a la Cadena SER fuentes del Tribunal, que han puesto como ejemplo las sentencias contra otros tipos de terrorismo.

Lo mismo ocurre en las sentencias de ETA. Los tribunales de la Audiencia Nacional no indican en sus resoluciones quién fue el jefe de ETA que dio la orden concreta para cometer una acción. Casi siempre señalan literalmente que "siguiendo la estrategia criminal diseñada por la organización, ésta dio la orden de atentar".

Además los jueces, cuando condenan a los etarras, nunca justifican o dan las razones sobre el por qué han cometido el atentado. Nunca, por ejemplo, han dicho en sus resoluciones que el atentado se produjo porque la víctima había dicho o hecho tal o cual cosa que ha irritado a la organización. Como tampoco han dicho nunca que una acción de ETA haya podido ser consecuencia de unas declaraciones de un político o de un ministro.

Los jueces se limitan a señalar solo el objeto del proceso que es juzgar a los detenidos. Aunque eso sí, en las sentencias de ETA siempre se dice de forma genérica que el atentado obedece a la estrategia criminal diseñada por la organización y a las directrices de su cúpula.

(...)http://www.cadenaser.com/espana/articulo/sentencia-11-m-autoria-intelectual/csrcsrpor/20071102csrcsrnac_9/Tes


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - Acorrecto - 03-11-2007

Muy bueno, 3diasdemarzo.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - kkg - 04-11-2007

Bien, en mi opinión, "autor intelectual", en una acepción generosa del termino, podría ser el equivalente a "dirigente" de la celula terrorista, o "inductor" de los atentados, incluso quizá "conspirador". Quizá por esto al juez Bermúdez se le escapa la palabra "autor intelectual" en la sentencia al referirse al Egipcio, el cual es acusado de dirigente e inductor. Estas tres figuras ("dirigente", "inductor", "conspirador") si existen en el derecho penal, algunos de los acusados lo son de algunas de estas tres figuras, pero lamentablemente ningún acusado es condenado por estos delitos en lo que concierne a los atentados del 11-M. El Haski si es considerado dirigente, pero no en relación con los atentados.

Pero el hecho de que no haya condena por ninguno de estos delitos no presupone nada, como desde algunos medios y partidos politicos pretenden hacernos creer. Por ejemplo, en la reciente sentencia por el atentado de Vallecas de ETA tampoco se condena a los acusados como dirigentes, inductores, conspiradores y mucho menos "autores intelectuales". Ni siquiera se les condena como autores materiales. Se les condena como cooperadores necesarios (correccion: como autores por cooperacion necesaria), pues es el único delito que se ha conseguido probar. Sin embargo, a nadie se le ocurre pedir que se siga investigando para encontrar a los "autores intelectuales" del atentado. Para todo el mundo está claro que la "autoría intelectual" proviene del mundo de ETA. Igualmente claro debería estar que la "autoría intelectual" del los atentados del 11-M parte del mundo del terrorismo yihadista, más cuando la sentencia explicita que todos los condenados pertenecen a células terroristas de este tipo y que el objetivo de dicho terrorismo es acabar con los regímenes occidentales mediante la violencia, y aún más cuando se considera probado que uno de los condenados seleccionaba objetivos para posibles atentados.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - Alf1882 - 04-11-2007

Quiero matizar la afirmación de que al juez Bermúdez se le escapa la expresión "autor intelectual". En la sentencia cuando se usa esa expresión (p634 en el PDF bajado de Internet, "Fundamentos y fallo") aparece en cursiva, probablemente para dar a entender que es un término coloquial y no jurídico. Ello sugiere que el uso de esa terminología es plenamente consciente, y puede ser un pequeño guiño del juez.
Por lo demás estoy plenamente de acuerdo con lo expuesto por kkg.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - Poldec - 06-11-2007

Gustavo Vidal da su explicación de lo que es un autor intelectual:

http://www2.elplural.com/opinion/detail.php?id=15274

PD.- Imaginaos cómo tienen que ser las discusiones con su hermano sobre estos temas... Saltarán chispas...


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - ronindo - 06-11-2007

Como si a los peones se les pudiera convencer con explicaciones.

Elplural, je, je. Hacía tiempo que no lo visitaba.
Este tío es igualito que su hermano pero con más pelo. Ja, ja.


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - 3diasdemarzo - 06-11-2007

¡Pero coño! Es verdad que es su hermano. Que divertidas deben ser las cenas de Navidad en caso de los Vidal...


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - ultramort - 06-11-2007

Si, y además masón:
http://www.elconfidencial.com/cache/2007/10/03/14_hermano_mason_cesar_vidal.html


La foto de don César con Gallardón es impagable


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - ronindo - 06-11-2007

Buscad las diferencias.
[Image: _41026546_vidal2.jpg] [Image: 0000000769.jpg]


Autor intelectual: cómo inventarse un concepto jurídico - ultramort - 06-11-2007

Se ha metido un implante?