Querellas conspis - morenohijazo - 14-09-2009
Artillería Hiper-Pesada de "El Mundo" en defensa de su redactor.
Quote:11-M: El fiscal pide 3 años de cárcel a un subdirector de EL MUNDO
11-M / La acción judicial
El fiscal pide 3 años de cárcel a un subdirector de EL MUNDO
Acusa a Antonio Rubio del delito de revelación de secretos por desvelar que el imam 'Cartagena' era un confidente infiltrado en las tramas del 11-M / Según las notas de la Policía, 'Cartagena' les informó de que un grupo islamista en el que estaba 'El Tunecino' quería «hacer la 'yihad' en Marruecos y España» / A raíz de lo publicado por EL MUNDO, Del Olmo le tomó declaración y el confidente fue como testigo al juicio del 11-M y lo hizo a cara descubierta
La Fiscalía de Madrid ha solicitado la pena de tres años de cárcel e inhabilitación profesional por ese mismo periodo para Antonio Rubio, subdirector de EL MUNDO, por un supuesto delito de «revelación y descubrimiento de secreto». Esa petición fiscal está basada en las informaciones publicadas por este diario el 31 de mayo de 2005 donde se descubría que «las notas de Cartagena prueban que la Policía controlaba a los jefes del 11-M». La petición fiscal, según ha podido saber este periódico en fuentes judiciales, ha sido supervisada y aprobada directamente por el fiscal jefe de Madrid, Eduardo Esteban.
Cartagena, nombre de guerra de un marroquí que ejerció como imam de la mezquita de Villaverde (Madrid) y que fue declarado testigo protegido en septiembre de 2004, trabajó para la UCIE (Unidad Central de Información Exterior) entre octubre de 2002 y febrero de 2004.
Con anterioridad a los atentados del 11-M, Cartagena informó a sus controladores de que «un grupo islamista pretendía hacer la yihad en Marruecos y España». Entre ese grupo estaba Serhane ben Abdelmajid Fakhet, El Tunecino, que se inmoló en la casa de Leganés el 3 de abril de 2004, y su cuñado Mustapha Maimouni, que fue detenido en Marruecos acusado de pertenecer a la célula que atentó en Casablanca el 16 de mayo de 2003.
Toda esa información, revelada por EL MUNDO, estaba recogida en 12 fichas policiales o «notas informativas» donde la UCIE iba plasmando toda la información que le proporcionaba el imam de la mezquita de Villaverde. Cartagena, que en las «notas informativas» policiales publicadas por este diario aparece con su nombre real (Abdelkader El Farssaoui) y su foto, era el asesor espiritual de El Tunecino y de Maimouni, quienes junto a Jamal Ahmidan, El Chino, formaron el grupo islamista que preparó los atentados del 11-M.
Cartagena, que se había convertido en confidente policial y estaba a sueldo de la UCIE, consiguió la condición de testigo protegido del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, cuyo titular es Baltasar Garzón, el 6 de septiembre de 2004 porque reveló, dentro de la operación Nova, que un grupo de islamistas quería atentar contra la Audiencia Nacional.
Como consecuencia de la operación Nova, el confidente Cartagena abandonó Madrid y se trasladó primero a Granada y después a Almería, donde ejerció como imam de la mezquita de Roquetas de Mar. El 20 de octubre de 2004 Cartagena fue detenido en Almería y acusado de pertenecer a una célula islamista. La prensa local y Canal Sur se hicieron eco de aquella noticia y publicaron su nombre real, su foto e imágenes de él y de su esposa: «El imam de la mezquita de Roquetas de Mar, Abdelkader El Farssaoui, fue detenido a última hora de anoche por agentes antiterroristas de la Comisaría General de Información, por su presunta implicación en una célula terrorista…». Después, la prensa nacional publicó que Cartagena, confidente y testigo protegido, fue detenido en Almería.
Un mes más tarde, el 23 de noviembre de 2004, el juez Juan del Olmo, que investigaba los atentados del 11-M, se dirigió, mediante escrito, al titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 y solicitó que se le informara sobre «el paradero del testigo protegido por ese Juzgado Cartagena, quien en el procedimiento policial denominada operación Nova era supuestamente confidente de la UCIE y desempeñaba funciones de imam encontrándose supuestamente en la zona de Almería […] a los efectos de su urgente citación para que preste declaración como testigo en el presente procedimiento».
Ese escrito del juez Del Olmo, con todas las características y circunstancias del testigo protegido Cartagena, estaba incorporado al sumario del 11-M y era asequible a todas las partes. Y es entonces cuando Cartagena se pone en contacto con Antonio Rubio, subdirector de EL MUNDO, para denunciar su detención y las sorprendentes revelaciones que Del Olmo había hecho sobre su persona. Cartagena reveló a EL MUNDO que había trabajado para la UCIE y que «si le hubieran hecho caso se habrían evitado los atentados del 11-M».
La denuncia de Cartagena era de gran relevancia y trascendencia y EL MUNDO y Antonio Rubio intentaron verificar y documentar aquellas acusaciones. El 31 de mayo de 2005, meses después de la detención de Cartagena en Almería y de su petición de ayuda, este periódico pudo confirmar y verificar que sus denuncias eran ciertas: había trabajado para la UCIE y, además, había informado con antelación de los atentados que un grupo radical pretendía llevar a cabo en España y en Marruecos.
Toda esa información, adelantada por Cartagena, estaba recogida y documentada en 12 fichas policiales o «notas informativas» de la UCIE a las que tuvo acceso EL MUNDO.
Cuando Antonio Rubio publicó aquella información, 31 de mayo de 2005, el juez Del Olmo, instructor del 11-M, desconocía que en el Central 5 de la Audiencia Nacional y en la UCIE existían unas fichas policiales donde se documentaba y acreditaba que Cartagena avisó con anterioridad al 11-M de que un grupo de radicales islamistas, dirigidos por El Tunecino, quería atentar en España.
Del Olmo reclamó esa documentación, las «notas informativas» de la UCIE, el 2 de diciembre de 2005, según consta en el sumario del 11-M. En ese sumario también figuraba y se recogía que el 29 de diciembre de 2005 la UCIE entregó al juez Del Olmo 10 de las 12 «notas informativas». Las dos fichas policiales que faltaban, las números 6 y 10, fueron destruidas -según oficio de la UCIE al juzgado- «cumpliendo lo ordenado por el Juzgado Central de Instrucción 5 a mediados del presente año».
Meses después, exactamente el 1 de diciembre de 2006, Cartagena presentó un escrito de 16 folios ante la Audiencia Nacional donde denunció, entre otras cosas, que fue presionado y coaccionado por agentes de la UCIE (Unidad Central de Información Exterior) para que no hablara al magistrado Baltasar Garzón de las informaciones que tenía sobre la banda terrorista ETA y su relación con grupos islamistas y que no revelara nada al juez Del Olmo sobre el 11-M.
Esa denuncia del testigo protegido Cartagena ante la Audiencia Nacional iba firmada por Abdelkader El Farssaoui, nombre real del confidente policial. (Ver EL MUNDO del 4, 5 y 6 diciembre de 2006).
Cartagena consiguió la categoría de testigo protegido el 6 de septiembre de 2004 por colaborar con la Justicia y con tal motivo obtuvo una nueva y secreta identidad que le otorgó el Ministerio del Interior. Sin embargo, Abdelkader el Farssaoui, Cartagena, siguió utilizando, sin ningún reparo ni precaución, su identidad real en todos los escritos y actos en los que participó después de haber conseguido la condición de testigo protegido. Esa nueva y secreta identidad nunca fue revelada por EL MUNDO.
Finalmente, Cartagena perdió su condición de testigo protegido el 20 de junio de 2008. La Sección 3ª de la Sala Penal de la Audiencia Nacional acordó «dejar sin efecto la condición de testigo protegido» y entre las causas esgrimidas por la Sala está la de que Cartagena presenta una «inobservancia del protocolo de seguridad que corresponde a la protección que se le viene otorgando […], uso indebido (se refieren a la nueva documentación facilitada)[…], seguir exigiendo que el Estado contribuyera a ayudas económicas para su familia con claro abuso de su status…»
Curiosa y sorprendentemente, Abdelkader El Farssaoui, más conocido por Cartagena, presentó una querella contra EL MUNDO y su subdirector, Antonio Rubio, el 26 de marzo de 2007. Es decir, dos años después de que este diario publicara que «las notas de Cartagena prueban que la policía controlaba a los jefes del 11-M» y un año más tarde de que él mismo denunciara en la Audiencia Nacional, con su nombre real, las presiones a las que supuestamente fue sometido por la UCIE. También hay que recordar que fue el propio Cartagena quien se puso en contacto con este diario.
Y por ese supuesto «delito de descubrimiento y revelación de secreto», el fiscal del Juzgado de Instrucción número 7 de Madrid pide para Antonio Rubio «la pena de prisión de 3 años […] inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de periodista durante el tiempo de la condena».
No hay que olvidar que Cartagena o Abdelkader el Farssaoui no sólo trabajó para la UCIE, también lo hizo para el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y los servicios secretos marroquíes.
Las confidencias de un imam
EL MUNDO consiguió las notas elaboradas por la UCIE con la información facilitada por 'Cartagena' y publicó y denunció el 31 de mayo de 2005 que el grupo islamista que atentó en el 11-M ya estaba controlado antes de esos sucesos. En diciembre de 2006, el propio Cartagena denunció que la Policía le había presionado para que no informara de esos hechos y otros a los jueces Garzón y Del Olmo. Este diario reveló esa información el 4, 5 y 6 de diciembre de 2006.
El artículo de El Experto
Quote:Libertad de información
--> ENRIQUE GIMBERNAT
La información publicada por Antonio Rubio en este periódico, el 31 de mayo de 2005, de que Cartagena era un confidente de la Policía que, con anterioridad a los atentados del 11-M, había facilitado a ésta datos que podrían haber evitado la masacre, no afecta para nada a la intimidad de Cartagena, ya que el derecho a ella lo que garantiza es «la existencia de un ámbito propio y reservado frente a la acción y el conocimiento de los demás, necesario, según las pautas de nuestra cultura, para mantener una calidad mínima de vida» (así, por todas, la sentencia del Tribunal Constitucional [STC] 127/2003, de 30 de junio), intimidad que se vulneraría, por ejemplo, haciendo públicos aspectos de la historia clínica, de la orientación sexual o de la vida privada familiar de Cartagena, pero que no tiene nada que ver con la circunstancia de que fuera confidente de la Policía. Pero es que, además, aunque se quisiera estimar que tal circunstancia lesionaba de algún modo su intimidad, tampoco la publicación de Rubio habría sido antijurídica, porque «en el conflicto entre el derecho al honor, intimidad o propia imagen y el derecho a la libertad de información o de expresión» (STC 216/2006, de 3 de julio), es esta última libertad la que prevalece cuando «la información [se difunde] sobre hechos noticiosos o noticiables por su interés público y la información sobre estos hechos sea veraz … [y no contenga] frases y expresiones ultrajantes u ofensivas» (así, por todas, STC 29/2009, de 26 de enero), que es lo que sucede en el presente caso, ya que: primero, la supuesta negligencia de la Policía al hacer caso omiso de una información que podría haber evitado la mayor masacre terrorista de la historia europea es un hecho cuyo interés no puede ser seriamente puesto en cuestión; segundo, la existencia de esas «notas informativas» en las que se recogen los datos que Cartagena iba facilitando a la Policía no sólo es «veraz», sino verdadera; y, tercero, Antonio Rubio no empleó en su crónica ninguna palabra «ultrajante u ofensiva» para Cartagena.
Ciertamente que los datos publicados por Rubio estaban incorporados a dos sumarios que se seguían en la Audiencia Nacional -o a las diligencias policiales previas, de las que estaban informados los instructores-, pero, como ha puesto de relieve la jurisprudencia, la prohibición de informar sobre sucesos que investiga la autoridad judicial «supondría introducir una limitación no prevista constitucionalmente del derecho a difundir información veraz, puesto que negaría tal carácter a la noticia publicada por el hecho de proceder de un sumario en tramitación» (STC 158/2003, de 15 de septiembre), pues «la utilización como fuente directa para una información de unas diligencias policiales y judiciales abiertas en las que se confirma su contenido implica que no puedan calificarse, pues, de producto de la mera invención o carentes de fundamento fáctico los datos trasmitidos en ese momento por el informante, quedando disipada de este modo la aducida falta de contraste de la información difundida» (STC 29/2009, de 26 de enero), teniendo en cuenta, en definitiva, que «el secreto del sumario debe interpretarse en un sentido restrictivo, por lo que no puede erigirse en un obstáculo insalvable para que uno o varios elementos de la realidad social sean arrebatados a la libertad de información, en el doble sentido del derecho a informarse y derecho a informar con el único argumento de que, sobre aquellos elementos, están en curso unas determinadas diligencias sumariales» (auto del Tribunal Supremo de 11 de mayo de 2001).
No obstante todo lo expuesto hasta ahora, el Juzgado de Instrucción núm. 7 de Madrid, acogiendo las peticiones del Ministerio Fiscal y de la acusación particular de Cartagena, por auto de 26 de junio de 2009, ha acordado la apertura de juicio oral contra Antonio Rubio «por el delito de descubrimiento y revelación de secretos del art. 197. 2, 3 y 5 del Código Penal [CP]».
La imputación de este delito a Antonio Rubio por el genérico delito de descubrimiento y revelación de secretos del art. 197 CP sólo se puede hacer sobre la base de desconocer el fundamental principio jurídico: lex specialis derogat lex generalis (art. 8º.1ª CP), ya que esa imputación ignora que, por lo que se refiere al secreto del sumario -y, con mayor motivo, a las diligencias policiales de las que traen causa ese sumario-, existe una regulación específica en el art. 466 CP que desplaza y deja sin efecto todo lo regulado en aquel art. 197. Hasta el CP de 1995 la conducta del «abogado o procurador de cualquiera de las partes que revelare indebidamente el secreto del sumario [era] corregida con multa de 250 a 2.500 pesetas» (art. 301.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal [LECrim]), conducta que, por consiguiente, no constituía delito alguno, sancionándose tan sólo como una falta disciplinaria, castigando únicamente el CP, como delito de revelación de secretos específico del funcionario, al empleado público (juez, fiscal, etc.) «que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo» (art. 417 CP 1995; art. 367 CP 1973), en este caso: del sumario del que se tenga conocimiento como juez o fiscal. Como ya he indicado, el CP 1995 introduce un delito hasta entonces desconocido, sancionando con pena de multa e inhabilitación al «abogado o procurador que revelare actuaciones declaradas secretas por la autoridad judicial» (art 466.1 CP), y con una pena superior al juez, fiscal, secretario judicial etc. que, bajo las mismas condiciones (sumario declarado secreto), revelare las actuaciones. Ciertamente que el sumario es siempre secreto -menos para las partes-; pero el presupuesto para que el abogado o el procurador puedan cometer el delito del mencionado art. 466.1 es que el juez haya declarado el secreto «reforzado» del art. 302.2 LECrim, excluyendo del conocimiento del sumario también a las partes personadas, ya que en otro caso -si no concurre ese secreto «reforzado»- la revelación de lo que obra en el sumario por parte del abogado o procurador sigue siendo una conducta no-delictiva sólo sancionada disciplinariamente por el art. 301.2 LECrim.
A diferencia de lo que sucede con el descubrimiento y revelación de secretos genérico de los arts. 197 sgs., donde se castiga no sólo al que materialmente descubre los secretos, sino también, y expresamente, y desde la reforma del CP de diciembre de 1994 -antes esa conducta era impune-, a quienes, «sin haber tomado parte en su descubrimiento [de los secretos]», los difundan, en lo referente al del sumario, la regulación específica del art. 466 sólo castiga al abogado, al procurador -y sólo cuando el sumario haya sido declarado secreto- y al funcionario que revela las actuaciones procesales, sin que se haga mención alguna de quien los difunde sin haber tomado parte en el descubrimiento, de donde hay que concluir que lo que rige para la vulneración común de secretos -punibilidad de quien los difunde sin haber tomado parte en su descubrimiento-, no rige para la específica y formal del sumario -y, consiguientemente, mucho menos aún, para las diligencias policiales que versan sobre los mismos hechos sobre los que está investigando la autoridad judicial-, donde sólo se hace responsable penalmente al autor material del descubrimiento, pero no a aquél cuya actuación se limita a hacer público lo que otro primariamente ha desvelado, una regulación que tiene su buen sentido, porque, como los hechos objeto de investigación criminal generalmente son noticiosos dado su interés público, el legislador no ha querido coartar la libertad de información de los periodistas que comunican tales hechos, como ocurre con las publicaciones sobre el contenido del caso Gürtel.
Las conclusiones son fáciles de resumir. Primera: Rubio no ha vulnerado la intimidad de Cartagena, y, aunque lo hubiera hecho, su conducta sería conforme a Derecho por estar cubierta por la causa de justificación del ejercicio legítimo del derecho a la libertad de información (art. 20.7º CP); segunda: el secreto del sumario -tanto el ordinario como el reforzado- no puede limitar en modo alguno la libertad de información y de expresión cuando afecta a materias de interés público; y tercera: la conducta del periodista que informa sobre hechos objeto de investigación judicial -tanto si su contenido ha sido transmitido por una de las partes procesales como por funcionarios de la Administración de Justicia- en ningún caso constituye delito: si el sumario no está declarado secreto, porque si ni siquiera comete un hecho delictivo, sino sólo una falta disciplinaria, la parte procesal que revela las actuaciones, mucho menos lo puede cometer quien se limita a difundirlo, y, si las diligencias están declaradas secretas, porque el legislador no ha tipificado expresamente esa conducta de sólo difusión en el art. 466 del Código Penal.
Enrique Gimbernat es catedrático de Derecho Penal.
Quote:El confidente, la llave para evitar los atentados de Madrid
La UCIE fue a buscar el 3 de abril de 2004 a 'Cartagena' hasta Almería para convencerle de que entrara en el piso de Leganés
MANUEL MARRACO
Madrid
La prueba de la relevancia de Cartagena fue su declaración como testigo en el juicio del 11-M. Ese 8 de marzo de 2007, los magistrados no sólo le escucharon detallar las innumerables advertencias a la Policía acerca de la radicalidad religiosa del grupo de El Tunecino y su disposición a practicar la yihad, sino que también describió el escepticismo con que los expertos antiislamistas recogían sus confidencias.
Tras pedir que se alzara la cortina que le flanqueaba para que los acusados le vieran la cara, Cartagena explicó que desde mediados de 2002 estuvo facilitando información a la Unidad Central de Información Exterior (UCIE) sobre implicados en el 11-M como El Tunecino, Said Berraj, Mohamed Larbi Ben Sellam y Mohamed Afalah. «Éstos mucho hablar y poco actuar», le respondía la UCIE.
El testigo protegido relató lo que las partes personadas en el juicio conocían como la última cena: el encuentro que mantuvo con algunos de los autores apenas un mes antes de la masacre. La reunión incluía a El Tunecino, Mohamed Afalah y Mohamed Ouazzani. El líder de la célula pidió «mártires» y todos los presentes levantaron la mano. Inmediatamente, Cartagena alertó a la UCIE pero, como era viernes por la tarde, le citaron para el lunes. Su controlador le ordenó que dejara ya a ese grupo y que abandonara Madrid. Primero le intentó trasladar a Barcelona, pero acabó en Granada. El mensaje fue claro: «Deja ese grupo y vete de Madrid por tu propio bien».
Cartagena explicó al tribunal que la mayoría de los datos que aportó a la UCIE fueron incluidos posteriormente en «notas informativas» y reflejados en sus declaraciones ante el juez Del Olmo y, en mucha mayor medida, ante Garzón, responsable de la investigación que recogía los datos que ofreció antes del 11-M. Consciente de que el confidente había sido la llave para evitar los atentados, el magistrado tuvo la humorada de asignarle como número de testigo protegido el 11.304, fecha de la masacre.
En el juicio del 11-M, Cartagena relató cómo a las 7.00 horas del 3 de abril de 2004, día en que se inmolaron los terroristas en el piso de Leganés, le fueron a buscar a Almería, lo trasladaron a Madrid y, en el parque Juan Carlos I, miembros de la UCIE le pidieron que entrara en el piso para «saber el número de personas» que había en su interior. Él, consciente de que levantaría sospechas porque no tenía por qué conocer la existencia de ese inmueble, se negó.
...La demostración de que la Asociación de la Prensa está, para "El Mundo", por encima de los jueces...
Quote:La FAPE respaldó la investigación de Rubio
Grande-Marlaska pidió a la asociación de la prensa que le expedientara
EL MUNDO
Madrid
Tras la publicación por parte de EL MUNDO de que «las notas de Cartagena prueban que la policía controlaba a los jefes del 11-M», el juez Grande-Marlaska (que en aquella época sustituía a Garzón en el Central 5) solicitó en dos ocasiones al Consejo Deontológico de la Federación de Asociaciones de la Prensa de España (FAPE) que sancionara a este diario y al periodista Antonio Rubio por revelar la identidad de un testigo protegido.
El Consejo, tras estudiar el caso, dictaminó el 13 de septiembre de 2005 que denegaba la apertura de expediente y recordó al magistrado, entre otras cosas, que «en ninguna de las comunicaciones dirigidas a la FAPE por el juez instructor se afirma, ni siquiera se insinúa, que la información publicada por el diario EL MUNDO difiera total o parcialmente de la verdad».
El organismo, incluso, recordó al magistrado que «la información menciona la identidad real del testigo protegido, pero no la ficticia concedida por el juez instructor». Y añadió que, además, ya existían «informaciones coetáneas de idéntico contenido, producidas por otros medios de comunicación».
El Consejo insistía en que «la posibilidad de conocimiento de terceros de actuaciones que contienen identidades protegidas [...] pone de manifiesto la falta de custodia oportuna de datos que, siendo declarados secretos, terminan siendo conocidos por los medios de prensa».
En el dictamen de los ponentes del Consejo (Luis Martín Mingarro, ex decano del Colegio de Abogados de Madrid, y José Sánchez Faba, ex magistrado), también se señalaba que «la información publicada por el periodista Antonio Rubio, en la que se explica la identidad del confidente Cartagena, no puede afirmarse que constituya por sí misma desencadenante de verdadero riesgo para el mismo […], dicho testigo ya estaba protegido en su seguridad con la nueva identidad ficticia con que se le había dotado por el Juzgado».
Los ponentes del informe subrayan que «el secreto del sumario no significa que determinados hechos y circunstancias de la realidad social puedan ser arrebatados a la libertad de información». Y concluían: «Procede denegar la apertura del expediente que se solicita por dicha autoridad».
Es decir, el Consejo Deontológico, en dos ocasiones (6 de junio y 13 septiembre 2005) dictaminó que no había lugar a ningún tipo de expediente contra el periodista Antonio Rubio.
y el Editorial:
Quote:UNA REPRESALIA DE LA FISCALÍA CONTRA EL MUNDO
HABRÍA QUE remontarse a los tiempos del franquismo -cuando se penalizaba la libre opinión- para encontrar una represalia similar contra la prensa como la que impulsa la Fiscalía de Madrid contra el subdirector de EL MUNDO, Antonio Rubio. La Fiscalía pide para él tres años de cárcel e inhabilitación profesional por haber incurrido en un presunto delito de revelación de secretos al publicar en mayo de 2005 una información en la que quedaba en evidencia que el confidente Cartagena avisó a la Policía Nacional antes del 11-M de una trama islámica que preparaba atentados en España en la que figuraba El Tunecino.
La actuación profesional de Antonio Rubio fue impecable porque, antes de publicar lo que el confidente marroquí le había contado, logró acceder a unas fichas de la Unidad Central de Información Exterior (UCIE) que contenían toda la información que Cartagena había proporcionado a la Policía Nacional.
El propio instructor del 11-M, el juez Del Olmo, desconocía la existencia de esas fichas, que reclamó para que pudieran ser incorporadas al sumario en diciembre de 2005, lo que pone en evidencia la relevancia de la información de Rubio.
En 2006, Cartagena envió un escrito en la Audiencia Nacional con su nombre real en el que denunciaba que la UCIE le había presionado para que no contara a la Justicia todo lo que sabía sobre el 11-M y para que ocultara los datos que tenía que vinculaban a etarras e islamistas.
Dos años después de la publicación de los hechos, el confidente Cartagena presentó de forma sorprendente una querella contra Antonio Rubio que fue admitida a trámite en un juzgado de Madrid. La Fiscalía le acusa de un delito de revelación de secretos, tipificado en el artículo 197 del Código Penal, a pesar de que la propia Audiencia le había retirado la condición de testigo protegido a Cartagena en 2008 a causa de sus imprudencias, que ponían en peligro su seguridad.
Lo primero que hay que decir es que tal acusación carece por completo de base jurídica y se basa en la interpretación de un artículo redactado de forma ambigua y contradictoria con otros artículos del Código Penal, como argumenta hoy el catedrático Enrique Gimbernat en nuestras páginas.
Rubio no reveló ningún secreto en su información porque jamás mencionó la nueva identidad concedida por el juez ni proporcionó el menor dato que pudiera conducir a su localización. Sí que hacía referencia al verdadero nombre de Cartagena, que figuraba en las notas policiales, en el sumario de la operación Nova y que él siguió utilizando normalmente. Más tarde, el confidente pidió declarar en el juicio del 11-M a cara descubierta.
A pesar de la falta de fundamento jurídico de la acusación y contra el más elemental sentido común, el fiscal jefe de Madrid persiste en querer sentar en el banquillo y meter en la cárcel a Rubio por una información en la que se ponía en cuestión la actuación policial previa al 11-M. No hay más remedio que concluir, por ello, que estamos ante un intento de venganza por el papel desempeñado por este periódico en la búsqueda de la verdad sobre la masacre de Madrid, desmontando muchas de las tesis de la Fiscalía. Y también que el fiscal jefe de Madrid ha actuado en este asunto con el respaldo del fiscal general del Estado (del Gobierno), Cándido Conde Pumpido, que debería comparecer ante la opinión pública para explicar esta agresión contra la libertad de expresión, impropia en una democracia.
La paradoja más llamativa de este asunto es que la información de Cartagena estuvo a disposición del juez Garzón, que ni siquiera se molestó en transcribir las cintas grabadas por la Policía a la trama islamista. Nadie le ha pedido cuentas todavía por su pasividad. En cambio, el periodista que sacó a la luz las negligencias judiciales y policiales tiene ahora que sentarse en el banquillo por haber cumplido su obligación de informar. Un doble rasero que deja en evidencia el sectarismo de la Fiscalía que no parece inspirado por el deseo de hacer justicia.
¿Saldrá Parrilla a relucir?
Querellas conspis - Rasmo - 14-09-2009
Es curiosa la manera en la que está redactada la noticia. Da la impresión de que la fiscalía, motu proprio, se dirige contra El Mundo por venganza... pero lo cierto es que, si uno lee bien:
Quote:Curiosa y sorprendentemente, Abdelkader El Farssaoui, más conocido por Cartagena, presentó una querella contra EL MUNDO y su subdirector, Antonio Rubio, el 26 de marzo de 2007. [...]
Y por ese supuesto «delito de descubrimiento y revelación de secreto», el fiscal del Juzgado de Instrucción número 7 de Madrid pide para Antonio Rubio «la pena de prisión de 3 años […] inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de periodista durante el tiempo de la condena»
O sea, que están hablando del escrito de la fiscalía en un procedimiento iniciado mediante querella criminal de la propia vícitima presunta. En la edición digital queda más claro:
Quote:Abdelkader El Farssaoui presentó una querella contra EL MUNDO y su subdirector, Antonio Rubio, el 26 de marzo de 2007. Y por ese supuesto 'delito de descubrimiento y revelación de secreto', el fiscal del Juzgado de Instrucción número 7 de Madrid pide para Antonio Rubio "la pena de prisión de 3 años [...] inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de periodista durante el tiempo de la condena".
En fin, una cuestión de detalle, o no.
Merece la pena recordar que estos que dan todos los datos de identidad de un testigo protegido son los mismos que querían crucificar a Elisa Beni (y de forma indirecta a Bermúdez) porque ésta daba una información referida a un testigo del atentado contra "El descanso" (una información, por cierto, que El Mundo había publicado en su día, y que no incluía datos personales). Umm...
Dicho sea de paso, también me llama la atención que el Sr. Gimbernat acuda al rescate de su periódico con su pedigrí académico de eximio penalista. A ver, no me llama la atención que lo haga, porque al fin y al cabo él es miembro del consejo editorial de El Mundo. Lo que me sorprende es que es el mismo caballero que, tras la sentencia de Bermúdez, publicó en un artículo en El Mundo en el que decía que la resolución de la Audiencia Nacional era el único relato coherente y lógico, indicando además que haber declarado inválida la mochila de Vallecas habría llevado a un absurdo, etc. Me sorprendió y me sorprende que este eminente jurista se mantuviera silente mientras "su periódico" denigraba a los representates de las fuerzas policiales y de la judicatura, que esperara tantos años antes de dar su opinión experta (absolutamente contraria a la línea defendida por su periódico) para defender la labor de la justicia y ahora, en cambio, no deje pasar ni 24 horas... Con las cosas de comer no se juega, por lo visto.
El Mundo debería cambiar su cabecera y llamarse "El Fariseo". A eso no hay quien les gane. Ya tienen un nuevo mártir para la causa.
Querellas conspis - Acorrecto - 14-09-2009
Conste que el tema Cartagena se me escapa, como ya me pasó con el cierre en falso de responsabilidades en Asturias (como denunciaron todas las asociaciones, principalmente la de Manjón).
El artículo de Enrique Gimbernat en pdf, y en el foro libertonia:
La sentencia del 11-M
Querellas conspis - morenohijazo - 14-09-2009
Por cierto, nunca hay que dejar de leer la cita del día de Pedro Jota...
«Usar la venganza con el más fuerte es locura, con el igual es peligroso, y con el inferior es vileza» (Pietro Metastasio)
Lo dice Pedro Jota, que de venganza sabe un rato, por sus experiencias contra González, Alfonso Guerra, Vera, Barrionuevo, Corcuera, Boyer, Almunia, Borrell, Aznar, Rajoy, Soraya, Gallardón, Cospedal, Garzón, Del Olmo, Pedraz, Velasco, Félix Henando, Bermúdez, Beni, Rodríguez Menendez, Olga Sánchez, Zaragoza (el fiscal), Pumpido, Bermejo, Sánchez Manzano... al que ahora, imagino, añadiremos a "Cartagena"
Querellas conspis - lejianeutra - 14-09-2009
Enrique Gimbernat no es el único que ha acudido en auxilio de El Mundo:
Quote:El presidente del PP, Mariano Rajoy, denunció hoy ante la Junta Directiva Nacional de su partido que "la Fiscalía trata de manera diferente a los miembros del PP y a los miembros del PSOE". Rajoy afirmó que esta actitud ha quedado en evidencia trás conocerse que el Fiscal de Madrid ha solicitado tres años de prisión para el periodista de El Mundo Antonio Rubio por presunta revelación de secretos de sumario
Eso sí, desconocía que Antonio Rubio fuera miembro del PP :| En fin...
Querellas conspis - Quetza - 14-09-2009
Ya sabemos, por Luispi, el porqué de la petición fiscal a Rubio: para tapar la declaración de Sánchez Manzano mañana. El mismo Sánchez Manzano al que ellos criminalizan sólo porque tiene que ir a declarar ante un a querella. En cambio Rubio es un a mártir sacrificado para tapar a SM.
luispi, el campeón de la falacia retrospectiva, Wrote:...Pero, en mi modesta opinión, existe otra posible razón que podría explicar mucho mejor ese comportamiento de la Fiscalía. Y que podría explicar que esa petición de la Fiscalía se produzca precisamente ahora.
Me refiero al hecho de que mañana está citado a declarar, como imputado, el comisario Sánchez Manzano, quien se sentará en el banquillo como consecuencia de la querella presentada contra él por la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M. Esas víctimas del 11-M acusan al ex-jefe de los Tedax de los delitos de falso testimonio, de encubrimiento por ocultación de pruebas y de omisión del deber de perseguir delitos.
¿Está pretendiendo la Fiscalía, quizá, tapar con esa persecución a Antonio Rubio la declaración que mañana tiene que prestar el que fuera el máximo responsable de la recogida y análisis de las muestras del 11-M? ¿Está mandando también la Fiscalía, quizá, un mensaje de apoyo al ex-jefe de los Tedax, ante esa declaración como imputado que tiene que prestar mañana?
Ya sabemos el motivo del crucero de SM: para dar tiempo al fiscal a preparar su petición a Rubio.
El inefablemente infalible luispi.
Querellas conspis - larean - 14-09-2009
Tengo pensamientos ambivalentes respecto del tema Cartagena. Además de que la conducta de este señor da nuevo significado a la palabra "errático", la revelación de secretos, a mi juicio, es atribuible a la fuente policial o judicial que dio la información a Rubio.
Se puede y se debe denunciar el tramposo tratamiento de la noticia por Rubio, pero ello es lo que hacemos aquí. Dicho tratamiento es una canallada, pero no sé si es un delito de revelación de secretos. En todo caso lo sería de calumnias.
Si hubiera habido una compensación económica a la fuente, me parece que estaríamos hablando de un intento de soborno, pero esto no consta.
Pero hay otra cosa que me tiene perplejo. ¿No se supone que El Mundo ayudaba a Cartagena hasta fecha tan reciente como la vista oral? ¿Continuará el propio Cartagena con la querella?
Querellas conspis - morenohijazo - 14-09-2009
Quetza Wrote:Ya sabemos, por Luispi, el porqué de la petición fiscal a Rubio: para tapar la declaración de Sánchez Manzano mañana. El mismo Sánchez Manzano al que ellos criminalizan sólo porque tiene que ir a declarar ante un a querella. En cambio Rubio es un a mártir sacrificado para tapar a SM.
luispi, el campeón de la falacia retrospectiva, Wrote:...Pero, en mi modesta opinión, existe otra posible razón que podría explicar mucho mejor ese comportamiento de la Fiscalía. Y que podría explicar que esa petición de la Fiscalía se produzca precisamente ahora.
Me refiero al hecho de que mañana está citado a declarar, como imputado, el comisario Sánchez Manzano, quien se sentará en el banquillo como consecuencia de la querella presentada contra él por la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M. Esas víctimas del 11-M acusan al ex-jefe de los Tedax de los delitos de falso testimonio, de encubrimiento por ocultación de pruebas y de omisión del deber de perseguir delitos.
¿Está pretendiendo la Fiscalía, quizá, tapar con esa persecución a Antonio Rubio la declaración que mañana tiene que prestar el que fuera el máximo responsable de la recogida y análisis de las muestras del 11-M? ¿Está mandando también la Fiscalía, quizá, un mensaje de apoyo al ex-jefe de los Tedax, ante esa declaración como imputado que tiene que prestar mañana?
Ya sabemos el motivo del crucero de SM: para dar tiempo al fiscal a preparar su petición a Rubio.
El inefablemente infalible luispi.
Corríjanme si me equivoco, pero Sánchez Manzano no está imputado. Está acusado, y tras su declaración, y la de los testigos que se ha considerado oportuno, es cuando se decidirá si se le imputa, o se desestima la querella.
La falta de rigor de Luis del Pino y sus bravodonluises es sangrante
Querellas conspis - lejianeutra - 14-09-2009
Lo es sin duda, pero no en esta ocasión.
Concepto y condición de imputado
La condición de imputado se adquiere desde el momento en que se admite a trámite la querella, pero lejos de la connotación negativa que Luis del Pino (o Pedro Jota otras veces) pretenden darle al hecho, no es sino una manera de garantizar sus derechos a la persona acusada.
Querellas conspis - Quetza - 14-09-2009
Hasta que no se pueda leer el escrito original del fiscal, y EM lo tiene y no ha querido hacerlo público, prefiero dudar de la versión que nos ofrece tan reputado diario.
Lo poco cierto que se puede deducir es que la querella de Cartagena viene fundamentada en la publicación de unas fichas policiales en las que aparecen algunos de sus datos personales, incluida su verdadera identidad a pesar de ser testigo protegido
Y a pesar de lo que dice el IPI:
http://www.freemedia.at/index.php?id=288&tx_ttnews[tt_news]=4544&cHash=6c3a68e4c9
Quote:El Mundo first reported that an unnamed Madrid-based imam had supplied Spain’s intelligence services with information on the individuals planning the terrorist attacks in Spain in October 2004.
en la nota de apoyo que ya recoge EM
Lo cierto es que el 31 de mayo de 2005 El Mundo sí que publicó el nombre del confidente:
Quote:• Nota nº UNO
Se recoge el primer encuentro con el imam Abdelkader el Farssaoui, que se ofrece a colaborar con la Policía facilitando información sobre los diferentes grupos de islamistas que están afincados en Madrid y los miembros que lo componen a cambio de protección y dinero.
• Nota nº DOS
La UCIE ya utiliza el nombre en clave de 'Cartagena' cuando se refiere El Farssaoui.
No sé qué más datos había en esas notas y si afectaban a la intimidad de Farsaoui, pero el artículo 197 y ss. del CP en que se basa la acusación del fiscal, siempre según EM, no dispone que sea un delito exclusivo de los funcionarios públicos, ni exime a los periodistas de su cumplimiento ¿Acaso si EM publica el expediente médico de Cartagena no podría éste querellarse contra ellos?
Además, basta el perdón del ofendido (art. 201), en este caso el querellante, Cartagena. ¿Por qué no carga EM contra Cartagena? ¿No quiere PJ restar credibilidad al que tanto crédito le había dado antes para hacer portadas a cinco columnas? Si Cartagena es un vil mentiroso ahora, también lo sería antes ¿No?
Y por supuesto que Luispi sigue siendo un mentiroso compulsivo, puesto que él también ha podido leer esto en EM (salvo que lea con el mismo ojo con el que escribe):
Quote:No obstante todo lo expuesto hasta ahora, el Juzgado de Instrucción núm. 7 de Madrid, acogiendo las peticiones del Ministerio Fiscal y de la acusación particular de Cartagena, por auto de 26 de junio de 2009, ha acordado la apertura de juicio oral contra Antonio Rubio «por el delito de descubrimiento y revelación de secretos del art. 197. 2, 3 y 5 del Código Penal [CP]».
El juez acuerda la apertura del juicio oral contra Antonio Rubio el 26 de JUNIO de 2009, y la querella de la asociación de Domínguez contra Manzano se presenta el 8 de JULIO de 2009. Con una mirada retrospectiva, el fiscal ya sabía que, incitada por el Accuse de Pijei, la asociación de Domínguez iba a presentar una querella contra Manzano, que el Juez la admitiría, y que Manzano se iría de crucero con lo que no podría testificar en la fecha inicialmente prevista, que lo haría un Martes, y que la notificación del juicio oral la recibiría Rubio un domingo??? Y que el EM la publicaría el Lunes, el día conspiracionista de la agenda de Pijei, para tapar la declaración de Manzano UFFFFF! Cómo son los conspiradores, qué control del futuro.
A ver si nos dicen por PM el número de lotería de Navidad que van a comprar.
Querellas conspis - morenohijazo - 14-09-2009
EDITO: Al post de Lejía:
¡Anda, mira, pues yo creía que era al revés!
Pensaba que la condición de "acusado" se adquiría, simplemente, al ser objeto de una querella admitida a trámite, y la condición de "imputado" la señalaba el juez cuando veía indicios racionales de delito.
Según el enlace suministrado por Lejía, es justo al revés. La graduación sería: imputado, procesado, acusado y condenado/absuelto.
Si embargo, ello no obsta para señalar la malevolente falta de rigor de Don Luis, que como dice también Lejía, dotan a la condición de "imputado" de Sánchez manzano de una connotación negativa que no tiene.
Todo lo contrario, en el enlace dice expresamente...
"el juez, al llamar a una persona para que declare como imputado, no hace un juicio crítico desfavorable contra el sospechoso, sino que... debe actuar... para evitar que declare en posición desventajosa"
...que es lo que dice Lejíaneutra.
EDITO: ¡Buen trabajo, Quetza!
Apuesto a que la IPI ha confiado en la información de "El Mundo" (parece ser una organización bastante corporativista) para publicar que la información sobe Cartagena era "unnamed"
Querellas conspis - morenohijazo - 14-09-2009
Viendo la nota de la IPI, observo que no dice por ningún lado que la querella no la ha puesto la Fiscalía, sino el propio "cartagena".
Es decir, la IPI cree, según su nota, que el fiscal pide tres años por "divulgar secretos de Estado" ( “discovering and revealing state secrets.” )
Pues como publiquen sus propios medios de oumunicación como se enteran de las cosas...
Querellas conspis - lejianeutra - 15-09-2009
A propósito del tema de los testigos protegidos, es curioso como El Mundo, solo unos meses después de publicar la identidad de "Cartagena" y de la mano de uno de sus periodistas emblemáticos, hacía gala una vez más de su sempiterno fariseísmo y nos relataba esta brutal historia...
'Y-9', un testigo protegido apaleado y quemado vivo
... que termina así:
Quote:Tanto en sus declaraciones como en las de varios testigos se apunta que Y-9 había sido visto con guardias civiles señalando los puntos de venta y que éste era el motivo de su asesinato.Un nuevo episodio para reflexionar sobre la incompleta Ley de Protección de Testigos y Peritos, que lleva más de 10 años pendiente de que se apruebe su desarrollo. Ahora, sus familiares piden responsabilidades.
Por supuesto a esta gentuza no les ha dado nunca por reflexionar sobre su propia responsabilidad como periodistas (?) a la hora de revelar identidades. A uno le da por preguntarse si verdaderamente tenían necesidad, a la hora de publicar esas notas, de revelar la identidad de Cartagena o si quizás estaban buscando provocar "algo" al hacerlo, quizás justo lo que ocurrió durante la vista oral.
Querellas conspis - Mangeclous - 15-09-2009
Y si sólo fuera Cartagena, pero no se paran en barras.
Querellas conspis - Rasmo - 15-09-2009
Y sigamos con el fariseismo de El Mundo. Ya lo he mencionado, pero ¿recordáis la escandalera montada a cuenta del libro de Elisa Beni?
El Mundo acusó al Juez de "revelar secretos" y, para partirse, editorializaba que "Si el deber de sigilo es obligado en un juez, en el caso de los testigos protegidos debe ser extremo." De modo que "EL PODER JUDICIAL NO TIENE MAS REMEDIO QUE EXPEDIENTAR A BERMUDEZ" y "Si no lo hace, contribuirá al descrédito de la Justicia y estará socavando sus propios cimientos"
Todo está documentado aquí.
Nota: habría que encontrar un ratito para mandar un e-mail a los de la IPI. "unnamed", dicen. Ya.
Querellas conspis - morenohijazo - 15-09-2009
Yo mandaré uno. Pero, dado que mi inglés no es muy allá, sugiero que lo hagáis alguno más.
Página de la nota en cuestión (el enlace de Quetza no rula)
http://www.freemedia.at/index.php?id=288&tx_ttnews[tt_news]=4544&cHash=6c3a68e4c9
e-mail: ipi@freemedia.at
e-mail de David Dadge, Director: ddadge@freemedia.at
Querellas conspis - Mangeclous - 15-09-2009
Aquí tenéis la misma URL de Freemedia "abreviada" para evitar problemas con el BBCode: http://tiny.cc/9uhQY.
Querellas conspis - morenohijazo - 15-09-2009
"El Mundo" de hoy
Observen cómo Pedro Jota titula "11-M, como si este tema tuviera que ver con los atentados, y no con una querella que le ha puesto un particular
Quote:11-M / Las reacciones
Rajoy acusa al fiscal de tratar a EL MUNDO de forma 'diferente'
El director del Instituto Internacional de Prensa reclama que se retire la petición de cárcel contra Rubio y está «asombrado» de que ocurra en un país de la UE
-->CARMEN REMÍREZ DE GANUZA
Madrid
Mariano Rajoy denunció ayer la petición de tres años de cárcel contra el subdirector de EL MUNDO Antonio Rubio como una «demostración inequívoca del trato diferente a los ciudadanos por parte de la Fiscalía».
Ante los miembros de la Junta Directiva Nacional de su partido, el presidente del PP comparó la diligencia mostrada por el Ministerio Público en este caso con su decisión de no «investigar» siquiera la revelación de secretos denunciada por Génova sobre el caso Gürtel divulgados por el diario El País.
Por otra parte, el presidente del Instituto Internacional de Prensa, David Dadge, pidió ayer la retirada de la acusación contra Rubio y se mostró «asombrado» de que esto ocurra en un país de la Unión Europea.
La referencia de Rajoy a uno y otro diario fue sólo implícita en su literalidad. «Resulta verdaderamente sorprendente», comenzó por decir en relación a EL MUNDO, «la noticia publicada en un medio de comunicación de que la Fiscalía pide tres años de cárcel y otras penas para un periodista por revelar secretos». «Pues aquí se revelan secretos de sumario y de otro tipo todos los días», pasó a denunciar en alusión a El País, «y no he visto jamás a la Fiscalía tomar una decisión, ni siquiera la de investigar».
Pero Rajoy estaba ayer muy lejos de entrar en una guerra de medios ni, mucho menos, de pedir penas o responsabilidades penales para los periodistas de El País, a los que, de hecho, exculpaba en su propia denuncia del pasado mes de julio. Su interés era, primero, contextualizar el caso de Rubio como un ejemplo más de la arbitrariedad de la Fiscalía. No en vano, citó el asunto justo a continuación de pronunciar esta sentencia: «Este partido afirma que la Fiscalía trata de forma diferente a los miembros del PP y del PSOE».
En segundo lugar, y precisamente, el interés de Rajoy era recordar la citada denuncia del PP, interpuesta por revelación de secretos e interceptación de las comunicaciones -y ya «admitida a trámite», como bien se encargó de puntualizar- que apunta como responsables tanto a la Policía Judicial como a la propia Fiscalía.
En este sentido se expresaba ayer el portavoz del PP, Esteban González Pons, en declaraciones a este diario: «Es surrealista», dijo, «que la Fiscalía quiera meter en la cárcel a Antonio Rubio por contar una verdad que podría ayudar a resolver un caso importante en la Historia de España, y no se persiga a sí misma por las filtraciones de los sumarios secretos que tantas veces parecen provenir de sus despachos».
«Una cosa y otra ponen de manifiesto», añadía, «que la Fiscalía está al servicio del poder político y de la verdad oficial». Y es que para González Pons, «a Rubio le persiguen por destapar una olla podrida como es el 11-M, que es la que quiere tapar el Gobierno». «Con fiscales generales como éste», añadía, «a los periodistas libres puede hacerles falta ser aforados, como a los diputados de la oposición».
El portavoz popular insistió en que «la tarea de los periodistas es desvelar la verdad, sobre todo la que los políticos no quieren. Por eso, cuando a un periodista se le persigue por ello, se hace por el mero hecho de ser periodista». Por último, Pons pedía al fiscal general del Estado que «deje en paz a los buenos y se dedique a perseguir a los malos, que cada día hay más en España».
Por otra parte, desde el PSOE, la secretaria de Organización, Leire Pajín, se limitó a expresar «su respeto» por la decisión de la Fiscalía, según informa Manuel Sánchez. No obstante, la dirigente socialista apuntó que quería señalar «el claro compromiso del PSOE, que siempre se ha dejado la piel y lo seguirá haciendo, por la libertad de expresión y de información, con independencia de que esté de acuerdo o no con las informaciones que se publiquen».
La diputada de UPyD, Rosa Díez, acusó a la Fiscalía de estar «alejada de la sociedad, porque selecciona contra quién va por quién es, y no por los hechos», según informa Raúl Conde. Además, dijo que este tipo de casos «permite concluir que tenemos una Justicia muy poco independiente».
La nota de la IPI, por desinformada que esté, da juego...
Quote:El Instituto Internacional de Prensa, «asombrado» de que esto pase en la UE
Su director hace un llamamiento para que se «retiren inmediatamente los cargos»
-->RAÚL CONDE
Madrid
El Instituto Internacional de Prensa (IPI, en sus siglas en inglés), una de las organizaciones decanas en la defensa de la libertad de expresión -con presencia en 120 países-, difundió ayer un comunicado en el que criticó duramente la petición de cárcel e inhabilitación realizada por el fiscal jefe de Madrid para el subdirector de EL MUNDO Antonio Rubio.
El texto incluye una declaración del director del IPI, David Dadge, en la que afirma que están «sorprendidos por que semejantes cargos estén siendo presentados contra un periodista en España» y hace un llamamiento al fiscal jefe de Madrid para que «los retire inmediatamente». Además, Dadge considera «simplemente deplorable» que esto ocurra «en una nación democrática y miembro de la UE».
Fue la reacción internacional a la petición del fiscal, idéntica a la formulada dentro de España por las principales asociaciones y sindicatos de periodistas.
La presidenta de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (Fape), Magis Iglesias, consideró que la actuación del Ministerio Público es «una barbaridad y un disparate». Asimismo, destacó que Antonio Rubio hizo su trabajo sin exceder el artículo 20 de la Constitución, en el que se reconoce el derecho a la libertad de expresión.
Un ataque contra ese derecho es lo que el presidente de la Asociación de la Prensa de Madrid, Fernando González Urbaneja, aseguró que se ha producido con la petición de la Fiscalía, que considera «desmedida y desproporcionada».
«La información publicada por Rubio es cierta y veraz; el papel del periodista es la búsqueda de la verdad, por lo que la petición del fiscal va en contra de la doctrina de los propios tribunales», manifestó González Urbaneja. En su opinión, la posición del Ministerio Público demuestra que «no ha entendido nada sobre lo que es la profesión periodística».
En la misma línea se expresó Dardo Gómez, presidente de la Federación de Sindicatos de Periodistas, que tildó de «auténtica barbaridad la pena que está pidiendo el fiscal». Según dijo, «el Estado tiene que tomar medidas para que no se filtren datos que no quiere» que se conozcan, ya que «luego los periodistas trabajan al albur del fiscal que les toque».
Ya tenemos otro fiscal al que difamar y poner a los pies de los caballos
Quote:EDUARDO ESTEBAN / Fiscal jefe de Madrid
Un pupilo de Bermejo carente de experiencia
-->MARÍA PERAL
Madrid
Desde el 29 de febrero de 2008 controla todos los procesos penales de la Fiscalía provincial de Madrid, la mayor de España. Eduardo Esteban Rincón, segoviano de 52 años, fue designado fiscal jefe de Madrid pese a que no logró el apoyo mayoritario del Consejo Fiscal, órgano que representa a la carrera. La Asociación de Fiscales denunció públicamente la existencia de maniobras para favorecer su nombramiento.
De entrada, el Ministerio de Justicia imprimió celeridad al concurso para la provisión del cargo. Había dos buenas razones para ello: en febrero de 2008, el ministro de Justicia era Mariano Fernández Bermejo, maestro y amigo de Esteban, quien estaba llamado a ocupar un puesto clave en la estructura del Ministerio Público como bien sabe el propio Bermejo, que fue jefe de la Fiscalía de Madrid durante 11 años. En segundo lugar, había elecciones generales en marzo. Era mejor asegurarse de que este hombre de la máxima confianza de Bermejo quedara cuanto antes al frente del órgano por el que pasan todos los asuntos penales que se instruyen en los Juzgados madrileños.
Esteban, en aquel momento fiscal raso destinado en la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional, no tenía ninguna experiencia de mando y era el número 505 del escalafón. Frente a él concurría al cargo el fiscal jefe de Segovia, Antonio Silva, número 21. La Asociación de Fiscales aseguró, sin ser desmentida, que un día antes de la reunión del Consejo Fiscal Silva «recibió llamadas telefónicas de los máximos responsables de la Fiscalía General», incluido Cándido Conde-Pumpido. Acto seguido, retiró su candidatura y dejó el camino despejado para la elección de Esteban sin contrincante alguno.
Culpabilizando a Olga Sánchez... dos meses después de publicar su nombre en el diario
Quote:11-M / La acción judicial
La Fiscalía desveló el nombre de 'Cartagena' en el juicio del 11-M
El fiscal jefe Zaragoza y Olga Sánchez se 'saltaron' la protección
-->MANUEL MARRACO
Madrid
El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, y la fiscal encargada del 11-M, Olga Sánchez, revelaron en el juicio por la masacre que el verdadero nombre del confidente Cartagena era Abdelkader el Farssaoui. Lo hicieron en la exposición de su informe de conclusiones definitivas, uno de los momentos más relevantes de un juicio que pudo seguirse en directo por todo el mundo.
Esa misma actuación, afirmar que Cartagena era El Farssaoui, es la que abre el escrito de acusación de la Fiscalía de Madrid contra el subdirector de EL MUNDO Antonio Rubio, para el que pide tres años de prisión por revelación de secretos. El escrito arranca afirmando que en mayo de 2005 el periodista «elaboró un artículo que revelaba que el confidente policial alias Cartagena era Abdelkader Farssaoui [...]».
Algo que también se pudo escuchar por boca del mismísimo fiscal jefe de la Audiencia el 11 de junio de 2007, durante la sesión matutina del juicio del 11-M. «Otro aspecto importante y esencial de la investigación han sido sin duda las declaraciones prestadas por los confidentes, uno de ellos testigo, Abdelkader el Farssaoui, alias Cartagena, y otros dos coimputados», afirmó Zaragoza en su informe ante el tribunal.
Horas más tarde, en la sesión vespertina, la fiscal del caso ofreció una versión ampliada de lo desvelado por su superior, encadenando el número de testigo protegido, el alias por el que le conocía la Policía y su apellido real. «El testigo protegido con número de identificación 11.304, denominado Cartagena, El Farssaoui, conocía los movimientos de estos grupos, y da datos de ellos hasta el mes de julio del año 2003 [...]», declaró Olga Sánchez.
Aún volvió a mencionar a Cartagena una vez más, en esta ocasión llamándole directamente por el apellido, supuestamente secreto. «Así, por las declaraciones de El Farssaoui conocemos la relación, posteriormente corroborada por otros extremos, que tenía con el procesado [...]».
Por aquellas fechas, la Fiscalía ya no veía a Cartagena como un testigo relevante para obtener condenas en varios juicios por islamismo. El áspero tono del interrogatorio de Olga Sánchez revelaba que se trataba más bien de un incómodo testigo dispuesto a destapar supuestas manipulaciones de la Policía y, de paso, demostrar su incapacidad para interpretar correctamente unos datos que podían haber evitado la masacre.
En el interrogatorio, la fiscal también desveló otros datos personales sobre Cartagena por cuya divulgación la Fiscalía de Madrid acusa al subdirector de EL MUNDO, como el hecho de que hubiera ejercido de imam en una mezquita de Villaverde (Madrid).
El supuesto desliz de la Fiscalía durante el juicio del 11-M no pasó desapercibido a otras acusaciones personadas en la causa. Al día siguiente de la intervención de Zaragoza y Sánchez, el letrado de la Asociación de Ayuda a Víctimas del 11-M, José María de Pablo, se refirió con mucha más prudencia al confidente: «Cartagena, yo no voy a decir su apellido porque creo que sigue siendo testigo protegido [...]».
Querellas conspis - morenohijazo - 15-09-2009
Dos años; Olga Sánchez dijo el nombre del testigo dos años después. Cauando hasta los peones publicaban sus datos libremente en Peonia
Quote:1/2
En cuanto uno se sumerge en el análisis de los datos de Jamal Ahmidan y los contrasta con las informaciones que disponemos, en especial aquellas provenientes del confidente Cartagena, llega a unas conclusiones que apuntan a muy graves hechos. Así como a relaciones de lo más sospechosas.
El marroquí Abdelkader el Farssaoui, conocido como el Imán Cartagena se ofrece en octubre 2002 como confidente a la policía española UCIE, dirigida en esos momentos por Mariano Rayón y es también utilizado por el CNI. Cobra de la UCIE y se convierte en confidente.
Informa que de que el grupo de radicales estaba formado, entre otros, por Rabei Osman, El Egipcio (detenido en Italia como autor intelectual del 11-M); Serhane ben Abdelmajid Fakhet, El Tunecino (que se suicidó en el piso de Leganés con el resto del comando); Mohamed Larbi ben Sellam (que huyó a Marruecos), y Mustafá Maimouni, cuñado de El Tunecino (detenido en Marruecos por los atentados de Casablanca). El grupo que forman recibía la denominación Al Haraka Salafiya Al Yihadia.
Durante estas fechas Jamal Ahmidan estaba detenido en Marruecos, desde el 2000 a julio 2003, que es cuando se empieza a propagar la leyenda de islamista. En julio 2003 viene a España, y ese mismo mes obtiene los permisos con los papeles en regla, a pesar de que sus huellas figuraba como fugado desde hace 2 años.
Octubre 2004, operación nova, solicitado por Mariano Rayón, el juez B Garzón le otorga status de testigo protegido a Cartagena e interviene los teléfonos de los dos islamistas.
Cartagena también reveló a la UCIE relaciones del El Egipcio con Jamal Zougam, miembro del comando Lavapiés, y Mohamed Chaoui.
«En cuanto al grupo de Al Haraka Salafiya Al Yihadia, que se reúne en Madrid, el mismo está dirigido por un marroquí que se hace llamar Mustapha, persona muy cauta utiliza un móvil, en un círculo muy estrecho de personas de su confianza ».
Sigue
Enviado por yeda el día 22 de Mayo de 2006 a las 00:21 (#299)
Querellas conspis - Mangeclous - 15-09-2009
Aunque sí es posible que Olga Sánchez estuviera cabreada con él: poco antes había cambiado su testimonio en la Operación Nova y dejado sin efecto varias acusaciones que acabaron en absolución.
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