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¿Y si el informe falsificado es el primero? - noloveotanclaro - 10-11-2006

Rasmo Wrote:Y si se imputa falsedad a Ramíerez por alterar un primer "borrador" o como se le llame, cabe plantearse una cuestión a mi juicio no menor: ¿Qué ocurre cuando un agente de un organismo determinado introduce una chorrada en un informe que hacia el exterior es producto del organismo y, frente a las peticiones de sus superiores, se niega a quitar esa chorrada? ¿Acaso un "responsable" no está para eso, para "responder"? ¿De qué responde un responsable si no es de la calidad del producto final? Si se imputara a los superiores de los peritos [y yo sigo siendo pesimista, vistas las manifestaciones de la juez hasta el momento] se daría el caso de que, en el futuro, cualquier perito podría escribir lo que le diese la gana [por ejemplo: "ha sido Pinocho, dada la presencia de clavos"], y nadie podría tocar su informe, so pena de estar incurriendo en falsificación.
Respecto a lo que dice Isócrates. Ya no recuerdo mucho del Derecho que estudié, pero no creo que pueda ser lo mismo a) alterar un borrador conservando la firma inicial. Y b) sustituir un primer documento no oficial por otro, que sí es oficial y lleva la firma de quien lo ha realizado (aunque él mismo no haya hecho las pruebas).
Rasmo, te cuento como yo lo veo:
Un informe no es otra cosa que un dictamen pericial de alguien que está capacitado para ello. Los peritos tienen una función que es analizar muestras e informar acerca de ellas. Otros casos parecidos en la administración pública pueden ser:

juez: tiene la misión de emitir una sentencia. Todos hemos escuchado a jueces que introducen tonterias en sus sentencias como algo gracioso. Eso puede hacer a esa persona un mal juez, incluso que se le abra un espediente desde el CPJ pero lo que nunca puede suceder es que alguien le cambie la sentencia al juez, por la razón de que el juez es el funcionario encargado de esa sentencia. A lo mejor incluso le pueden pedir que modifique la sentencia (lo desconozco y nunca lo he escuchado) aduciendo haber cometido un error pero cambiarsela otra persona sería una burrada. Esa sentencia ha sido emitida, registrada en el registro del juzgado correspondiente y sellada.

Un secretario de ayuntamiento: puede emitir un informe, darle salida con su numero correspondiente de registro oficial, en el que no vea legal una actuación del alcalde. Indudablemente el alcalde no puede cojer ese informe guardarselo y poner en su lugar otro que le guste más. Por supuesto puede abrirle expediente pero no cambiarle el informe, aunque tenga faltas de ortorgrafia. Ese informe está emitido y tiene un numero de salida en el registro.

Puedo estar equivocado en los hechos si es así me lo comentais que uno ya no sabe donde ha leido o escuchado cada cosa. Por lo que sé los 3 peritos hicieron su informe, lo emitieron, eran los encargados de tal cometido, le dieron salida en el registro con su número correspondiente. Luego les pidieron que lo canbiasen y se negaron y entonces el superior decidió dar el cambiazo y emitir de nuevo ese informe que ya existía, que ya tenía número de salida en el registro. Le quitó la parte no ajustada a calidad, tachó en el registro de salida y puso su nombre en vez de los originales y lo remitió a quien lo estaba requiriendo (el juzgado) guardandose el anterior.

Esto así en principio no parece que sea la manera de actuar adecuada, a mi entender.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Mangeclous - 10-11-2006

noloveotanclaro: hay una diferencia fundamental entre un juez o un alcalde y los peritos. El juez y el alcalde no tienen "superiores", son los máximos responsables de los documentos que emiten.

Los peritos, no: sus informes repercuten en toda la cadena de mando cuya profesionalidad quedaría en entredicho de haber enviado semejantes observaciones al juez Del Olmo; sobre todo si éste, a raíz de esas observaciones, hubiera decidido investigar los posibles usos del ácido bórico como explosivo -tarea que se vio obligado a hacer Garzón-.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Quinta Enmienda - 10-11-2006

noloveotanclaro Wrote:Puedo estar equivocado en los hechos si es así me lo comentais que uno ya no sabe donde ha leido o escuchado cada cosa. Por lo que sé los 3 peritos hicieron su informe, lo emitieron, eran los encargados de tal cometido, le dieron salida en el registro con su número correspondiente
No. Los peritos jamás le dieron salida en el registro a su borrador.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - ElKoko - 10-11-2006

Lior:

La falsedad documental es, según los Hechos y tras una primera lectura, por alterar el objeto de la petición solicitada por el Oficio de la Comisaría requiriente (al sustituir "Estudio, Análisis e Informe pericial" por un simple "Análisis de muestras"), por suprimir que los tres peritos se hicieron cargo de lo recibido (al atribuirse él mismo la recepción de las muestras), por eliminar la mención de los peritos autores del informe (al atribuirse él mismo la práctica de las técnicas analíticas), por eliminar tres de las técnicas que practicaron los peritos y por suprimir íntegramente las observaciones del informe.

Si nos ponemos un tanto críticos y queremos ver una decisión no judicial en el Auto (como se hizo con el Auto de Garzón), se pueden encontrar múltiples razones para desacreditar el trabajo de la juez: desde equivocarse con el nombre de los denunciantes (como ha apuntado Quinta Enmienda antes) hasta imputar por falso testimonio a unos imputados (el falso testimonio sólo puede imputarse a un testigo, pues los imputados pueden mentir sin que ello suponga un delito de falso testimonio).

Respecto a esto último, sólo se me antoja posible si ha tenido en cuenta el testimonio en las declaraciones de Garzón; si es así, esto va a traer mucha tela (recordemos que en el anterior Auto, Gemma Gallego acusaba a Garzón de no respetar los derechos de los tres peritos al imputarles tras declarar como testigos, al tiempo que obviaba las razones jurídicas por las que Garzón les imputó y por las que Garzón exculpó a sus superiores).

Esto parece haberse convertido en una guerra entre sindicatos de policía (SUP contra CEP) y entre asociaciones de jueces (conservadores contra progresistas). ¿Es a esto a lo que quería llegar El Mundo?


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Rasmo - 10-11-2006

Admito mi ignorancia, así que mi pregunta no pretende ser insidiosa: ¿Cómo puede ser "documento público" un documento que no tiene existencia oficial? Creo, por otro lado, que no es posible resolver este caso sin entrar en cuestiones de fondo, es decir, sobre la corrección de las observaciones eliminadas. Ya lo he dicho antes, pero insisto: si un superior no puede suprimir (alterar) una manifiesta estupidez de un documento redactado por un subordinado ni mandarlo a la basura y sustituirlo por otro ante la negativa del subordinado, sin incurrir en "falsificación", ¿de qué demonios es responsable el responsable o superior? ¿Cómo evitar que se envíe un informe absurdo si o se puede cambiar o sustituir? ¿No mandando ningún informe? No me gustaría que ningún tecnicismo ocultara esta cuestión, que, para mí, es fundamental y para la que no hace falta ser jurista.

Nota: Hablar de Liaño 2 es insinuar prevaricación. Creo que deberíamos ser prudentes antes de mencionar algo así, si no queremos parecernos a El Mundo y su campaña contra Garzón. Lo cual no quita para que, por lo visto hasta ahora, uno pueda legítimamente sentirse decpcionado con las actuaciones de la Sra. Gallego. Yo lo estoy y sigo siendo pesimista (disculpad que me repita), pero seamos cautelosos.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Isocrates - 10-11-2006

Es curioso... ¿un posible delito de encubrimiento del 451.3-b? ¿El encubrimiento de terroristas es competencia de los Juzgados de Plaza de Castilla? Siempre había pensado que era competencia de la Audiencia Nacional. Bueno, ya nos iremos enterando


¿Y si el informe falsificado es el primero? - JJ - 10-11-2006

¿Es posible saber a qué juez le tocará este asunto?


¿Y si el informe falsificado es el primero? - noloveotanclaro - 10-11-2006

Isocrates Wrote:Es curioso... ¿un posible delito de encubrimiento del 451.3-b? ¿El encubrimiento de terroristas es competencia de los Juzgados de Plaza de Castilla? Siempre había pensado que era competencia de la Audiencia Nacional. Bueno, ya nos iremos enterando
Yo creo que se refiere a encubrimiento del delito de falsificacion de documento publico supuestamente cometido por un subordinado suyo.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - lejianeutra - 10-11-2006

Rasmo, entiendo (y creo no equivocarme) que "documento público" y "documento oficial" no es lo mismo, desde el momento que el propio Código Penal los distingue. Yo resumiría diciendo que todo documento oficial es público, pero no todo documento público llega a ser oficial. El documento de los peritos es público, según entiendo, porque fue emitido por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones. Pero no llegó a oficial porque así lo decidieron los superiores.

Por otro lado, disculpad, pero entiendo igualmente que la juez Gallego lo único que ha hecho es seguir los trámites previstos en la Ley. Una vez verificado en la fase de instrucción que los hechos denunciados son ciertos y pudieran ser constitutivos de delito, no corresponde a ella enjuiciarlos, sino al Tribunal juzgador.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Isocrates - 10-11-2006

Totalmente correcto, el delito de encubrimiento únicamente se atribuye a Santano


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Rasmo - 10-11-2006

Noloveotanclaro:
Como dice Mangeclous, los ejemplos que usted pone no me parecen análogos al caso que nos ocupa. A mí me parece más pertinente este otro ejemplo: una empresa contrata los servicios de una consultora para que realice un informe. La auditora (X) encarga a Pepito, empleado suyo, hacer el informe. Pepito redacta su informe. Antes de darle salida, el superior de Pepito lee el informe y descubre una soberana memez que, entre otras cosas, puede comprometer el prestigio de la empresa. El superior le dice a Pepito que elimine esa memez y Pepito se niega. El superior le dice entonces que incluya esa memez en un apéndice de uso interno (nota informativa, etc...) y Pepito se vuelve a negar. El superior entonces decide dar salida oficial a un informe que no contiene esa memez y lo firma él mismo, mandando a la basura el "original" de Pepito.
Yo lo veo más parecido a esto, salvo por el hecho de que Pepito no duraría mucho en una empresa privada.

Estudié Derecho, pero nunca he ejercido y no me dedico a ello directamente, así que mis reflexiones valen tanto como las de cualquier lego en la materia. Hay algo que me obsesiona y que me gustaría que me aclarasen. Algo que el auto de marras no explica (a lo mejor no tiene por qué). Creo que la base de todo es el valor o el estatus jurídico del primer documento. Informe oficial sólo hay uno: el que lleva los sellos. Sin aclarar el estatus del primer documento, ¿cómo se puede falsificar algo que no existe? El informe remitido al Juez sólo puede ser "falso" respecto al documento de los peritos si éste tiene alguna relevancia jurídica y eso es lo que no he visto argumentado. La juez Gallego parece darlo por supuesto, lo cual creo que es discutible o debería acreditarse algo mejor. El informe final sólo puede "suprimir" y "alterar" ilícitamente si Ramírez no tenía facultad para rechazar el documento original. Y la Juez Gallego, a diferencia de Garzón (que dijo que Ramírez estaba facultado para hacerlo, creo recordar), ni siquiera examina este punto.
Todo radica en el valor jurídico del primer informe. Me parece obvio. Por ejemplo, respecto a lo de "alterar el objeto de la petición solicitada por el Oficio de la Comisaría requierente": Si el oficio dice "se pide X" y el informe de respuesta dice "se pide Y", eso no es una falsificación, porque no se está escribiendo un documento que quiere pasar por el Oficio original, es simplemente una inexactitud, como la de la Juez Gallego cuando habla de una asociación que no existe (¿acaso está la juez "falsificando" una querella por alterar el nombre de una de las partes?"). "Se pide Y" sólo puede ser una alteración "falsificadora" respecto a un informe original que dice "se pide X". Una y otra vez, vamos a lo mismo: hay que determinar el valor jurídico del documento de los peritos, ¿o me equivoco?
¿Y quién decide quién recibe las muestras? ¿algún superior que puede cambiar su decisión o no?
En fin, se me plantean muchas dudas y disculpad que no haya sabido expresarme con total claridad.
Sin hablar de Liaño 2, estoy bastante escamado.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Rasmo - 10-11-2006

lejianeutra Wrote:Rasmo, entiendo (y creo no equivocarme) que "documento público" y "documento oficial" no es lo mismo, desde el momento que el propio Código Penal los distingue. Yo resumiría diciendo que todo documento oficial es público, pero no todo documento público llega a ser oficial. El documento de los peritos es público, según entiendo, porque fue emitido por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones. Pero no llegó a oficial porque así lo decidieron los superiores.

Por otro lado, disculpad, pero entiendo igualmente que la juez Gallego lo único que ha hecho es seguir los trámites previstos en la Ley. Una vez verificado en la fase de instrucción que los hechos denunciados son ciertos y pudieran ser constitutivos de delito, no corresponde a ella enjuiciarlos, sino al Tribunal juzgador.
Gracias por su aclaración.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - morenohijazo - 10-11-2006

Lejíaneutra, ¿has recibido el correo que te mandé? Aunque no lo hayas leído, sólo quiero saber si te ha llegado. Es que me ha salido un error "Unable to..."


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Rasmo - 10-11-2006

¿Y en qué se basa la imputación por falso testimonio? El auto no lo aclara .


¿Y si el informe falsificado es el primero? - larean - 10-11-2006

May you live interesting times...

La juez ha dado, queriéndolo o no, un subidón al conspiracionismo. Creo con Rasmo que no puede atribuirse falsedad documental si no se aclara si el primer documento era oficial. Por lo demás, esto parece asombroso: ¿de ahora en adelante un superior no tendrá capacidad de enmendar a sus subordinados?


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Rasmo - 10-11-2006

larean Wrote:May you live interesting times...

La juez ha dado, queriéndolo o no, un subidón al conspiracionismo. Creo con Rasmo que no puede atribuirse falsedad documental si no se aclara si el primer documento era oficial. Por lo demás, esto parece asombroso: ¿de ahora en adelante un superior no tendrá capacidad de enmendar a sus subordinados?
Exactamente, eso es lo que me preocupa. En el título de su noticia, dice Libertad Digital que la juez "CONSIDERA UN HECHO QUE ALTERARON EL INFORME SOBRE ETA Y EL 11-M". Bueno, yo creo que nadie negaba esos hechos, es decir, que había una discrepancia entre el informe original y el oficial. El problema es la calificación de esos hechos y por eso la cuestión, en mi humilde e inexperta opinión, se reduce a dos preguntas fundamentales: a) ¿qué valor jurídico tiene el documento original? b) ¿están o no están facultados los superiores de un perito para cambiar o sustituir un informe?
Yo no veo que el auto de hoy aclare esos puntos. Los hechos ya los conocíamos.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - ElKoko - 10-11-2006

Justo porque si un superior no puede rectificar la barbaridad de un subordinado, es imposible que los mandos acaben siendo declarados culpables; porque si son declarados culpables, ¿me puede explicar qué responsabilidad se le va a exigir a un mando porque sus subordinados hacen las cosas mal?

Yo, que tengo un jefe por encima de mí, me voy a dedicar a remitir amenazas a los clientes (debidamente firmadas por mí) solicitándoles un impuesto revolucionario en nombre de mi empresa. Si alguien me denuncia, la empresa es de mi jefe, así que, aunque a mí me acaben echando (o encarcelando), a su empresa no le devuelve el crédito en años; y si mi jefe me intercepta alguna de las amenazas y me dice que eso no lo puedo enviar, y en su lugar envía una carta de disculpas, le denuncio por falsificar mis amenazas. Es absurdo.

¿Quién aceptará un solo cargo de responsabilidad si no tiene poder alguno para rectificar lo que hagan sus subordinados? ¿Eso no se llama anarquía? ¿Ahora Pedro J., Gemma Gallego, Federico Jimémez Losantos y toda la trupe leen a Bakunin?


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Quinta Enmienda - 10-11-2006

Me acabo de encontrar otra falsedad documental (© Juez Gallego) en el Auto de hoy. En concreto cuando dice que se suprimieron "íntegramente las "observaciones” del informe" la juez Gallego dice algo que no es cierto puesto que de las cinco observaciones del borrador de los peritos se mantuvieron dos.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - noloveotanclaro - 10-11-2006

Rasmo Wrote:¿Y quién decide quién recibe las muestras? ¿algún superior que puede cambiar su decisión o no?
En fin, se me plantean muchas dudas y disculpad que no haya sabido expresarme con total claridad.
Sin hablar de Liaño 2, estoy bastante escamado.
Lo de quien recibe las muestras me suena que es un turno. Creo que lo lei en algun sitio.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Rasmo - 10-11-2006

Pues menos mal que tenía fama de concienzuda y técnica.