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¿Y si el informe falsificado es el primero? - Liberto - 04-12-2007

Lior Wrote:Liberto,

no me sea... Estoy seguro que en Suiza también hubieran surgido los PPNN y PJ tendría el mismo prestigio que aquí se le concede... Big Grin
En eso no estoy de acuerdo, Lior, los suizos son bastante calzonazos (el "somos" lo eludo por razones obvias) pero creo que aquí sería imposible el nacimiento y crecimiento de un cáncer profesional como son PedroJ y coleguillas. Me reservo las razones, que son numerosas.
Por cierto, qué me dices de Canarias7 ? A ver, a ver, pronúnciate, canarión.
Cool

Completo, que me he lanzado: Las sectas abundan aquí, cómo no, pero su ámbito no suele tocar la política real. Antes que un club de peones negros aquí se formaría una Asociación Nacional de Criadores de Conejos. Tal cual lo digo.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - morenohijazo - 04-12-2007

No se trata de dar carnets de periodista con criterio político.

Se trata, simplemente, de que el que mienta, pague. Y el que difame, pague. Y el que calumnie, pague.

Muchas condenas llevan aparejadas la suspensión de empleo para el que incumple con la deontología propia de su oficio. La condena contra un médico por mala praxis puede conllevar que no pueda trabajar jamás en su vida como sanitario, y tener que buscarse los garbanzos. La condena a un juez por prevaricación, tres cuartos de lo mismo.

¿Sería útil retirar el carnet a un periodista? Posiblemente no, porque no podrías retirarle la facultad de escribir "Cartas al director" y "El Mundo" se las publicaría todas.

Pero lo que importa no es eso, es la condena moral. Que la gente sepa que tal o cual periodista miente. Y que un juez lo ha dicho así. Y que además no puede ser periodista durante diez años, aunque se le permite seguir en uso de su libertad de expresión mediante cartas a los periódicos, etc. Y si en la carta al dierctor vuelve a delinquir, se le condena por contumacia y al talego. Y si escribe textos en la pared de la cárcel y en ellos miente y difama, se le nombra Pedro Jota del año.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Lior - 04-12-2007

Liberto,

Era en plan irónico... Big Grin

¿El Canarias7? ¿Donde trabajé dos años? Big Grin

No sabría decirte, la verdad... :lol:


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Liberto - 04-12-2007

Lior Wrote:Liberto,

Era en plan irónico... Big Grin

¿El Canarias7? ¿Donde trabajé dos años? Big Grin

No sabría decirte, la verdad... :lol:
Uy, uy, uy, me callo
Cool


¿Y si el informe falsificado es el primero? - viana - 04-12-2007

morenohijazo Wrote:No se trata de dar carnets de periodista con criterio político.

Se trata, simplemente, de que el que mienta, pague. Y el que difame, pague. Y el que calumnie, pague.

Muchas condenas llevan aparejadas la suspensión de empleo para el que incumple con la deontología propia de su oficio. La condena contra un médico por mala praxis puede conllevar que no pueda trabajar jamás en su vida como sanitario, y tener que buscarse los garbanzos. La condena a un juez por prevaricación, tres cuartos de lo mismo.

¿Sería útil retirar el carnet a un periodista? Posiblemente no, porque no podrías retirarle la facultad de escribir "Cartas al director" y "El Mundo" se las publicaría todas.

Pero lo que importa no es eso, es la condena moral. Que la gente sepa que tal o cual periodista miente. Y que un juez lo ha dicho así. Y que además no puede ser periodista durante diez años, aunque se le permite seguir en uso de su libertad de expresión mediante cartas a los periódicos, etc. Y si en la carta al dierctor vuelve a delinquir, se le condena por contumacia y al talego. Y si escribe textos en la pared de la cárcel y en ellos miente y difama, se le nombra Pedro Jota del año.
Eso es en otros sitios. En este país un juez prevarica y es condenado por ello y "Todos somos Gómez Liaño", un individuo injuria gravemente a un presidente del Gobierno y "Todos somos Alcaraz". Esos mismo, si PedroJ miente y manipula descaradamente y es condenado por ello en sentencia firme serán TODOS PedroJ.

Justamente lo que pretendía decir cuando saqué lo de Ansón que es que aquí no pasa nada aunque alguien confiese, sin ninguna necesidad además, que él y otros cuantos pusieron en riesgo los fundamentos del propio Estado. Y ahí sigue, tan campante, dándonos clases de ética a todos desde su columna de El Mundo.

Areán, creo que Iustitia no dice lo que tú interpretas. El juez sólo abrirá un juicio oral, sea en procedimiento abreviado u ordinario cuando encuentre indicios de delito. En el juicio abreviado sólo podrá abrirlo si, además, alguna parte lo solicita. La novedad de la sentencia sobre el caso "cesiones de crédito" es que no considera a la acusación popular parte suficiente para solicitarlo (por la cuestión de no ser perjudicado directo que ya he comentado y no repetiré).


¿Y si el informe falsificado es el primero? - morenohijazo - 04-12-2007

viana Wrote:Eso es en otros sitios. En este país un juez prevarica y es condenado por ello y "Todos somos Gómez Liaño", un individuo injuria gravemente a un presidente del Gobierno y "Todos somos Alcaraz". Esos mismo, si PedroJ miente y manipula descaradamente y es condenado por ello en sentencia firme serán TODOS PedroJ.
N, si tienes toda la razón. Sólo planteaba un caso hipotéico. El de que los profesionales del periodismo pudieran ser tratados, para bien o para mal, como lo son los médicos, profesores, etc...

Pero ya sé que eso por ahora no es posible.

Lo de Ansón que cuentas es bochornoso. Encima, cuando lo contó, recuerdo que no se le cayó la cara a nadie , ni a Pedro Jota, ni a Aznar... Parecía que aún merecían una medalla


¿Y si el informe falsificado es el primero? - ElKoko - 04-12-2007

Vayamos por partes. En primer lugar, las Sentencias anteriores del Tribunal Supremo respecto a la acusación popular (El Mundo hace referencia a ellas hoy) se basan todas en la redacción de la Ley antes de la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Ley 38/2002); se trata, por lo tanto, de la primera interpretación que hace el Tribunal Supremo respecto a la nueva redacción de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no siendo comparable esta Sentencia con las anteriores.

En segundo lugar, y como apunta Iustitia (y si no he entendido mal), en los procedimientos ordinarios es el juez instructor quien puede archivar una causa (por ejemplo, por ausencia de indicios), pero el tribunal que ha de juzgar ejerce un nuevo filtro una vez finalizada la instrucción, pudiendo también denegar la apertura de juicio oral (por ejemplo, por ausencia de material probatorio suficiente). Es decir, que en los procedimientos ordinarios (los delitos de mayor envergadura), aun cuando alguna de las acusaciones (incluida la acusación popular) persista en la apertura del juicio oral, el tribunal que lo ha de juzgar tiene la potestad de decidir si se sigue con el juicio o no (evidentemente, todas las decisiones han de ser motivadas).

Sin embargo, en los procedimientos abreviados no existe este segundo filtro (según he entendido yo del comentario de Iustitia). Se delega en las acusaciones la decisión, una vez finalizada la instrucción y aportadas todas las pruebas, de seguir adelante con el juicio o no; esta delegación de funciones se traspasa a quien tiene la obligación de perseguir los delitos (la fiscalía) y a quien afecta directamente ese delito en concreto (la acusación particular). Pero también se delega esta función de filtro a una tercera parte, que ejercería en cierta manera una función superpuesta a la de la fiscalía (la de perseguir los delitos); es la delegación de esa función de filtro a esta tercera parte la que se restringe con la Sentencia.

Como apuntan Viana y Poldec, el peligro vendría ante algunos casos en los que no existan afectados directos (acusación particular) y que la fiscalía o el Abogado del Estado no quisiesen seguir adelante, aun cuando existiesen elementos suficientes para inciar el juicio oral (en cuyo caso estaríamos ante un delito de dejación de funciones por parte de la fiscalía, ante el cual desconozco las formas que hay para corregirlo); en cualquier caso, a falta de conocer las posibles excepciones que el propio Tribunal Supremo haya podido establecer a esta restricción de las funciones de la acusación popular (no sabemos si ha restringido por completo sus funciones en los procedimientos abreviados o si ha expuesto excepciones, como los casos que exponen Viana y Poldec, en los que no habría nunca acusación particular), creo que lo mejor es esperar a conocer la Sentencia completa (justo porque me extrañaría que el Tribunal Supremo no haya tenido en cuenta ciertos casos ante los que podríamos quedar todos indefensos).

En cualquier caso, la Sentencia viene precedida de un claro abuso de las acusaciones populares para fines que nada tienen que ver con el delito en sí, pues en demasiados casos se ha utilizado esta figura para que algún periodista resentido lleve a cabo una venganza humillante a través de las portadas de su periódico o para que algún político utilice la justicia para bloquear lo que no puede bloquear con los votos. Son esos abusos los que se pretenden evitar con esa Sentencia, unos abusos que, recordemos, suponen en muchos casos una muy mala experiencia (repito que por causas ajenas a un delito) para alguien que debe acudir a un juicio por cuestiones que poco o nada tienen que ver con un delito del que no existen pruebas suficientes para iniciar un juicio oral.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - morenohijazo - 04-12-2007

Quote:Vayamos por partes. En primer lugar, las Sentencias anteriores del Tribunal Supremo respecto a la acusación popular (El Mundo hace referencia a ellas hoy) se basan todas en la redacción de la Ley antes de la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Ley 38/2002); se trata, por lo tanto, de la primera interpretación que hace el Tribunal Supremo respecto a la nueva redacción de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no siendo comparable esta Sentencia con las anteriores.
Muy atinado, Pere

Porque lo que dice "El Mundo" es
Quote:Además, supone un cambio de criterio, porque hay jurisprudencia reciente en la que se ha acordado la apertura del juicio oral a instancia de la acusación popular.
y no se trataría de un cambio de criterio, sino de una aplicación de nuevas leyes.

Siempre manipulando.

Y, una cosa: el largo camino que ha finalizado con la impunidad de Emilio Botín no ha sido, precisamente, un tema en el que la crispación haya hecho de las suyas. Como denunciaba Jesús Cacho (y no sé lo suficiente como para darle o quitarle la razón, pero merece la pena echarle un vistazo) http://www.elconfidencial.com/opinion/indice.asp?id=2099&edicion=27/11/2006 el banquero ha contado con el beneplácito de los dos grandes partidos y también de los principales diarios generalistas y económicos del pais para salir bien librado. Incluso, recuerdo, se rumoreaba (algún peón lo denunciaba cuando Bermúdez les salió rana) que el Gobierno Aznar promovió al estrellato a un desconocido Gómez Bermúdez para llegar a este resultado.

Resultaba difícil que "El Mundo" consiguiera rizar el rizo y demostrar que la doctrina del TS ha sido adoptada por Bacigalupo & Cía para librar a Ibarretxe y Santano de la cárcel y lo de Botín son daños colaterales.

Difícil, pero no imposible. Al tiempo


¿Y si el informe falsificado es el primero? - viana - 04-12-2007

morenohijazo Wrote:Y, una cosa: el largo camino que ha finalizado con la impunidad de Emilio Botín no ha sido, precisamente, un tema en el que la crispación haya hecho de las suyas. Como denunciaba Jesús Cacho (y no sé lo suficiente como para darle o quitarle la razón, pero merece la pena echarle un vistazo) http://www.elconfidencial.com/opinion/indice.asp?id=2099&edicion=27/11/2006 el banquero ha contado con el beneplácito de los dos grandes partidos y también de los principales diarios generalistas y económicos del pais para salir bien librado. Incluso, recuerdo, se rumoreaba (algún peón lo denunciaba cuando Bermúdez les salió rana) que el Gobierno Aznar promovió al estrellato a un desconocido Gómez Bermúdez para llegar a este resultado.

Resultaba difícil que "El Mundo" consiguiera rizar el rizo y demostrar que la doctrina del TS ha sido adoptada por Bacigalupo & Cía para librar a Ibarretxe y Santano de la cárcel y lo de Botín son daños colaterales.

Difícil, pero no imposible. Al tiempo
Por razones que no vienen al caso, conozco bastante bien el caso de las cesiones de crédito del Banco Santander y aunque no puedo decir que no hayan existido movimientos políticos creo que es mucho más sencillo de explicar.

El equipo jurídico que defendió a Emilio Botín y a otros tres directivos del Banco Santander imputados junto con él, estaba formado por dos de los más prestigiosos bufetes de abogados de Madrid y por la propia Asesoría Jurídica del banco. Además, Emilio Botín no escatimó recursos para conseguir que los presuntos defraudadores a Hacienda, que no era el banco sino los clientes que contrataron las operaciones, regularizaran sus cuentas con el fisco.

Una vez conseguido esto, el desarrollo del sumario fue el previsible. Hacienda, al no existir delito de defraudación, retiró la acusación. Sólo quedaron defendiendo la apertura de juicio, la propia jueza instructora y las dos acusaciones populares (una asociación de consumidores e IC-EV).

En mi opinión, este caso demuestra que la justicia no es igual para todos, pero no por oscuras razones políticas sino por algo tan sencillo y antiguo como que Botín "tiene dinero para pagarse buenos abogados".


¿Y si el informe falsificado es el primero? - morenohijazo - 04-12-2007

Gracias, Viana. La verdad es que, como he dicho antes, tenía pocos datos como para opinar sobre el tema.

Pero en todo caso, si la ley "no se ha hecho a la medida de Botín" menos aún se habrá hecho a la medida de Santano.

Los peones van más allá y toman el caso del que hablamos como un "blindaje" para atar el 11-M

Quote:La acusación popular dejará de poder ejercerse como hasta ahora y de tener efecto con la nueva doctrina del pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a raíz del caso Botín. Según ese fallo, "no puede abrirse juicio oral solo a instancias de la acusación popular, sino que es necesario que lo inste bien el Ministerio Fiscal bien el acusador particular". Esto será así para los casos de procedimiento abreviado, que son la mayoría y, creo, para delitos de menos de nueve años de prisión.
A partir de ahora se reduce el margen de maniobra de las asociaciones cívicas. Ya no se trata de que afecte al caso Ibarreche, que se archivará, o al del ácido bórico, que también se archivara. Es que están cerrando ya de manera preventiva cualquier posible ejercicio de la acusación popular en relación con el 11-M. Esto es un cerrojazo gravísimo. Por poner un ejemplo: no habría sido posible el caso GAL, donde se ejerció la acusación popular (Gabriel Albiac y otros estaban allí.
Lo dicho, gravísimo. El Supremo como dique de contención.
8-)

Enviado por carioca el día 4 de Diciembre de 2007 a las 01:14 (#315)
Quote:Cierre de archivo


¿Qué más puede pasar?
El bricolaje chapucero de Gómez Bermúdez es aceptado
por el Tribunal Supremo: “los jueces no van a abrir juicio oral sólo a instancias de la acusación popular", por muchas pruebas de delito que haya”.
Este trabajito del juzgador solitario no está nada mal tampoco. Si lo juntamos con la sentencia del 11-M nos sale el cierre de archivo presente…y futuro. Por si acaso a alguien se le ocurre hurgar en algún lado.
Ya lo dije antes, pero lo repito: tapan todos los agujeros y fisuras que puedan surgir. Vamos a la consumación del golpe.
8-)

Enviado por carioca el día 4 de Diciembre de 2007 a las 01:26 (#321)
Quote:TORMENTO

ACUSACIÓN POPULAR

De nuevo muchas gracias por todas tus explicaciones.

Lo que ya colgué aquí ayer y lo que hoy confirma la portada del diario El Mundo me parece gravísimo e impropio de un Estado de Derecho.

Sólo me faltaba saber que se perpetró gracias a una iniciativa de Bermúdez.

¿Cómo es posible que aceptemos todo en silencio?

¿Se puede llevar al Supremo al Constitucional?

¿Se puede llevar a Bermúdez?

No a sus leyes e iniciativas, a ellos mismos.

Supongo que no.

Además, ¿serviría de algo?

Supongo que tampoco.

¿Quiénes y por qué quieren amordazar a la sociedad con leyes comunistas/fascistas?

¿Cómo es posible que nadie proteste?

¿El PP sabe lo que están haciendo?

¿O es que también a los supuestos liberales les importa una mier-da que se amordaze a la sociedad?

De momento, se irán de de rositas Botín, Ibarreche y Santano.

¿Por qué tres jueces permitieron entonces la acusación popular?

TODO ES UNA PURA TRAMPA.

ES LO QUE TIENE EL

11-M entira
Enviado por trola el día 4 de Diciembre de 2007 a las 14:32 (#35)



¿Y si el informe falsificado es el primero? - viana - 22-01-2008

Quote:El País, hoy 22.01.2008:

Atutxa, Knörr y Bilbao, condenados por desobediencia al Supremo
El alto tribunal reinterpreta la 'doctrina Botín' sobre la acción popular

Según las fuentes consultadas anoche, la mayoría del Pleno se inclinó por esa reinterpretación, de modo que para delitos en los que no puede haber perjudicado o éste es difuso se aplica la regla de que cualquiera puede ejercer la acusación a través de la acción popular. Esta modulación de la doctrina Botín fue acordada con los votos discrepantes de los magistrados del sector progresista Carlos Granados, Joaquín Jiménez, Andrés Martínez Arrieta y Luciano Varela.
Más o menos lo que yo decía aquí mismo(no es por autocitarme, es que es el primer acierto que tengo tras cienes y cienes de fallos):

viana Wrote:Gracias por la aclaración Iustitia.

Creo, no obstante, que resulta defendible que el sobreseimiento de causas en las que no exista acusación particular ni pública sólo es aplicable cuando exista un perjudicado concreto en las mismas que renuncie a litigar. Cuando lo que se sustancia son derechos de bien público, aunque sea en procedimiento abreviado, veo mucho más lógico que las acusaciones populares tengan derecho a reclamar la apertura del juicio.

Recordemos las múltiples denuncias del "sindicato" "Manos Limpias" ejerciendo la acusación popular. Normalmente no son admitidas a trámite porque suelen carecer de fundamento que es lo que arguye el juez instructor de cada caso, pero nunca se plantea la imposibilidad de tramitar la instrucción por no existir acusación particular o por la oposición de la fiscalía. El motivo, entiendo, es que las denuncias de Manos Limpias son por supuestas violaciones de derechos generales, aunque no haya perjudicados directos en cada caso.

Poldec: la sentencia de la AN del caso cesiones de crédito: http://estaticos.elmundo.es/documentos/2007/12/03/botin_audiencia.pdf



¿Y si el informe falsificado es el primero? - Mangeclous - 05-02-2008

El País Wrote:Cruce de acusaciones entre los policías del caso del ácido bórico

Los jefes se sienten chantajeados por los peritos que vincularon 11-M y ETA

JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ - Madrid - 05/02/2008

La juez del caso del ácido bórico, Gemma Gallego, ha ordenado que se realice un examen psicológico a dos de los tres peritos que hicieron un informe en el que vinculaban el 11-M con ETA. La juez ha adoptado esta decisión en el curso de una denuncia por coacciones que han presentado esos dos peritos (Isabel López y Manuel Escribano) contra el jefe de la Unidad Central de Analítica de la Policía, José Andradas, y el jefe de la sección de la Unidad de Análisis, Francisco Ramírez.

Escribano y López son los mismos peritos que firmaron el informe que establecía una vinculación directa entre el 11-M y ETA sobre la única base de que se había hallado ácido bórico en casa de un implicado en el 11-M y en la de un etarra.

Este nuevo proceso por coacciones es distinto del caso del ácido bórico -utilizado por los medios afines a la teoría de la conspiración para vincular el 11-M y ETA-, pero intervienen en él los mismos protagonistas, ya que también está siendo instruido por la juez Gallego, del Juzgado 35 de Madrid. En este nuevo proceso, los jefes policiales involucrados dicen sentirse "chantajeados" e incluso hablan de "insubordinación", mientras que dos peritos denunciantes sostienen que están siendo objeto de un "trato degradante" y de "humillaciones" por hacer el informe sobre el ácido bórico.

Este proceso surge a raíz del atentado de la T-4 de Barajas. Andradas y Ramírez ordenaron entonces analizar urgentemente cuantiosas muestras del atentado. Y dijeron que se utilizase para ello todas las instalaciones del departamento necesarias, incluidas las dependencias donde suelen trabajar Escribano y López. Éstos estaban de vacaciones y al volver, se sintieron "humillados y vejados" por esa decisión y denunciaron a Andradas y Ramírez ante la misma juez del caso del ácido bórico, asunto éste que será juzgado el día 12 en la Audiencia de Madrid.

La juez ha ordenado que se practique un examen psicológico a Escribano y López. Andradas y Ramírez aceptan que se practique esa pericia, aunque han pedido a la juez que los psicólogos, antes de hacer el informe, hablen con todos los compañeros. La juez lo ha rechazado.



¿Y si el informe falsificado es el primero? - Rasmo - 05-02-2008

No sé si la información de El País es fidedigna... Si lo es, me mosquea que todo lo lleve la misma juez del bórico. Bah, empiezo a estar hasta la coronilla de tanta gilipollez.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Mangeclous - 05-02-2008

Más bien parece que El País se inventa la noticia. Los peritos, según cuenta, denunciaron coacciones ante la juez Gallego -de ahí que el caso también lo lleve ella, aunque ni siquiera se aclara si ha habido una denuncia-. Y que los superiores dicen -¿ante la juez o ante un periodista?- sentirse chantajeados o algo así.

O sea, nada. El artículo tiene más interés por lo que cuenta de la T-4 que por otra cosa, a mi juicio.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - GAVILAN - 05-02-2008

Mangeclous Wrote:Más bien parece que El País se inventa la noticia. Los peritos, según cuenta, denunciaron coacciones ante la juez Gallego -de ahí que el caso también lo lleve ella, aunque ni siquiera se aclara si ha habido una denuncia-. Y que los superiores dicen -¿ante la juez o ante un periodista?- sentirse chantajeados o algo así.

O sea, nada. El artículo tiene más interés por lo que cuenta de la T-4 que por otra cosa, a mi juicio.
Según el País, pusieron a trabajar a toda PC en los restos de T4, para averiguar el tipo de explosivo con urgencia y tradaron meses ¿No fue así?.
demás al final no determinaron si fue amonal, amosal, que tipo o naturaleza de reforzante concreto.... Joder!! Perdon, y a los TEDAX los crucifican cuando sacan lo mismo en dos horas.
En conclusion con explosión no pudieron determinar el explosivo concreto. Lo mismo que en el 11-M.
No sabiamos que habian dedicado tanto esfuerzo.
Lo que son las cosas.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Cero07 - 10-02-2008

El juicio sobre le affair bórico próximo a comenzar:

La acusación popular pedirá penas de entre 6 y 9 años de cárcel para la cúpula de la Policía Científica

Quote:La AVT, la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M y el sindicato de Funcionarios Manos Limpias pedirán penas que oscilan entre los 6 y los 9 años de cárcel y los 6 y 18 años de inhabilitación para los imputados en el caso del ácido bórico por falsificación, manipulación y encubrimiento. La intención de la Fiscalía, mientras, es pedir el archivo y plantear, incluso, que no se abra juicio oral, cuyo inicio está previsto para esta semana.



¿Y si el informe falsificado es el primero? - HOLLEY - 10-02-2008

Según informa Libertad Digital el juicio contra los mandos de la Policía Científica por el caso del ácido bórico va a tener lugar esta semana entre el martes y el jueves.

La fiscalía va a pedir que no se celebre el juicio aplicando la "doctrina Botín", pero creo que si tendrá lugar visto lo ocurrido en el Tribunal Supremo con Atutxa. Y es mejor que se celebre, porque si no los conspiranoicos van a volver otra vez con que se pretende ocultar la verdad, que se han dado instrucciones para eliminar a ETA del sumario del 11-M, etc, etc, etc.

Pero ya sabemos todos que sólo van a admitir lo que dicte la Justicia si es favorable a sus intereses. En caso de que los absuelvan (la Audiencia o el Supremo) van a volver a lo de siempre: que si los jueces están presionados, que si están metidos en la mega conspiración progretarramasónicaislamista, que si tal, que si cual.

Así que me imagino que mañana el Mundo volverá a sacar en portada el tema para calentar el ambiente.

EDITO: Vaya te has adelantado Cero07


¿Y si el informe falsificado es el primero? - morenohijazo - 10-02-2008

Tenéis razón: yo soy optimista y creo que van a salir libres de polvo y paja. Por un lado, no celebrar el juicio acabaria ya con su sufrimiento, pero fijaos lo que pasó con Montes: tras el primer juicio fue absuelto pero con la mancha de la "mala praxis".

Todos los médicos menos tres o cuatro se conformaron (aconsejados por su compañía de seguros); gracias a Dios, Montes y dos o tres compañeros no lo hicieron y han conseguido una sentencia mucho más positiva para ellos (y de rebote, para los que se conformaron)

O sea... sí, creo que es mejor que se celebre el juicio. Y si ya el juez deja claro que no hay nada, pero nada de nada, que tenga que reprocharse un jefe por desautorizar a tres empleados malintencionados, falsarios y que faltan a sus obligaciones.


¿Y si el informe falsificado es el primero? - Iustitia - 11-02-2008

En puridad,el auto de la Audiencia Nacional sobre el Caso Botín ya contenía técnicamente algunas precisiones sobre este tema. Una de esas precisiones es la que el Tribunal Supremo ha visto también en el caso Atutxa por lo que es de prever que en la resolución del Tribunal Supremo se recoja esta matización -que repito ya hacía la Audiencia Nacional y que tenía que ver con el perjuicio al interés general, creo-. No obstante, parece que en el Caso del Bórico no se está en el mismo supuesto que en el Atutxa. Además, en este caso podrían haberse personado como perjudicados (acusación particular) los propios peritos y no lo están...
Puede ser que el tribunal acoja la doctrina Botín pero otra lucha es en qué momento lo hará. Según la ley las cuestiones previas de los procedimientos abreviados deben resolverse antes de seguir juicio -como hizo la Nacional- pero hay cierta tendencia en la Provincial de Madrid y en otras audiencias a comportarse como si fueran las cuestiones de previo pronunciamiento de una sentencia de sumario y resolver en la sentencia. La diferencia está clara. Aún aceptando la doctrina Botín el tribunal, si no realiza es diferenciación procesal podría llegar a celebrar el juicio...
No obstante también diré que el presidente del tribunal enjuiciador es un magnífico profesional -bueno técnicamente- y para los que busquen otro tipo de connotaciones pertenece al ala más progresista de Jueces para la Democracia así que no debe esperarse que haga el juego por hacer el juego... Creo...


¿Y si el informe falsificado es el primero? - HOLLEY - 12-02-2008

Al final el Tribunal ha decidido aplazar hasta el 25 de marzo la decisión de si se celebra o no el juicio a la espera de conocer la sentencia del Tribunal Supremo contra Atutxa.

http://www.libertaddigital.es/noticias/kw/acido_borico/acusacion_popular/atutxa/borico/botin/doctrina_botin/santano/kw/noticia_1276323448.html