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¿Y si el informe falsificado es el primero? - Lior - 16-07-2008 Pues lo que ha dicho Hermanita en #1460 es lo que yo torpemente balbuceé (o intenté balbucir) en #1458. Moreno, Tenía unos errores en mi comentario anterior (es mi condición humana de semi-dios ) y los modifiqué. Ahora esta bien.El hecho, Moreno, es que Garzón no entilogó a nadie ![]() Edito En mi comentario anterior #1458 cometí varios errores con los nombres, perdonen las molestias. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - Isocrates - 16-07-2008 Lior Wrote:Isocrates,No. No he dicho nada de eso. Quote:Pero, según lo que yo había entendido, y que Hermanita ha argumentado por boca de Garzón, a efectos del CP el borrador de los peritos no puede ser considerado documento público u oficial.Bueno, en primer lugar porque la instructora sí parece considerar que el informe de "los tres peritos" es un documento oficial. Recordemos que ni tan siquiera al archivar el procedimiento contra los peritos dice que no lo fuera. Quote:¿Alteró respecto a que?Isocrates Wrote:La juez instructora nunca apreció que el informe de los peritos no fuera "documento oficial". De hecho, imputó a los mandos por modificarlo.Según entiendo imputó a los mandos por lo siguiente: Quote:b) Ramírez suprimió que los peritos 9 , 11 y 155 “se hicieron cargo de lo recibido”¿Suprimió respecto a qué? Porque a esas alturas ya se sabía que los tres peritos no se habían hecho cargo de lo recibido y que uno de ellos ni tan siquiera había realizado prueba alguna. Si la conducta falsaria es la "inveracidad" lo que "hizo mal" Ramirez fue "decir que él se hizo cargo de las muestras cuando en realidad quien las recogió fue X" Quote:c) Ramírez se atribuyó él mismo la recepción de las muestras yCabe señalar que en el informe de los tres peritos se atribuyen los tres la recepción, cuando únicamente las recibió uno -el que luego no hizo ninguna prueba-. Quote:d) Ramírez se atribuyó la práctica de las técnicas analíticasComo hicieron los tres peritos, y tampoco era cierto. Quote:e) Ramírez eliminó la mención de los peritos autores del informe¿De qué informe? Si el problema es la concordancia con la realidad la cuestión sería eliminar la mención de los peritos autores de los análisis. Solo puede reprocharse la eliminación de los "autores del informe" dando al "informe" un rango de oficialidad que impida esa modificación. Para la juez instructora los mandos lo que hacen es alterar un documento oficial: el de los peritos, y lo que hace es describir las discrepancias entre los dos informes, no entre el segundo y la realidad. Quote:f) Ramírez eliminó tres de las técnicas que habían practicado los tres peritosLo que -al margen de la redacción, indica claramente que la juez toma el documento de los tres peritos por un documento oficial válido que ha sido alterado por los mandos, sino el hacer constar técnicas realizadas no sería en ningún caso falsedad -ni tan siquiera ideológica- y tampoco lo sería el no hacer constar unas "observaciones" que no son propias y con las que no se está de acuerdo. Quote:Y al convertirlo en documento oficial la jueza a tenor de estos hechos, que lo son, le dió curso por si alguno de estos actos pudiera ser constitutivo de un delito de falsedad documental (porque el informe ahora sí era oficial).i solo era un borrador, no puedes incluir entre las conductas presuntamente falsarias la eliminación de las "observaciones" del borrador -por lo menos no sin una explicación-. La juez señala -como ya he comentado- como conductas presuntamente falsarias todas aquellas en las que existe discrepancia entre el informe final y el de los peritos, no en las que existe discrepancia entre el informe final y los hechos tal y como sucedieron. Por lo demás, Quote:Elaborado el informe solicitado por los peritos del Laboratorio químico ,Según la instructora la conducta falsaria es la MODIFICACION del informe de los tres peritos para eliminar las observaciones. No hay ninguna mención a la falta de veracidad de las afirmaciones del informe sino, y expresa, a la modificación del de los tres peritos. Quote:Y las acciones de Ramírez no son constitutivas de delito, como indica la sentencia absolutoria, pero el procedimiento fue irregular y por eso, según indicó el propio Santano, estos han sido modificados.Vamos a ver, yo estoy de acuerdo en que el informe de los tres peritos nunca fue más que un borrador -aunque insisto que se puede cometer delito de falsedad a través de un borrador-, sin embargo no estoy de acuerdo en que la juez instructora -ni la Audiencia al resolver el recurso- lo considerasen como borrador en ningún momento. La juez, y parece evidente a la luz de su auto, lo considera documento oficial cuya modificación da lugar a delito. La Audiencia, según recuerdo, se limitó a "no entrar en el tema" diciendo que al contener elementos no veraces al informe de Ramirez -que sin duda sí era oficial- procedía estimar la existencia de indicios racionales de criminalidad. Pero ninguna de las dos dijo nunca -al contrario que Garzón- que el informe de los tres peritos no fuera un documento oficial. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - Lior - 16-07-2008 Isocrates Wrote:No. No he dicho nada de eso.Bueno, o parecido (¡parecido no es lo mismo, caballero! )Disculpa si he entendido mal entonces. Isocrates Wrote:Bueno, en primer lugar porque la instructora sí parece considerar que el informe de "los tres peritos" es un documento oficial. Recordemos que ni tan siquiera al archivar el procedimiento contra los peritos dice que no lo fuera.Ya lo ha contestado Hermanita. Isocrates Wrote:Respecto a lo que se pedía concretamente por parte de la Comisaría General.Lior Wrote:a) Ramírez alteró el objeto de la petición solicitada por el Oficio de la Comisaría requirente¿Alteró respecto a que? La Comisaría General solicitaba "Estudio, análisis e informe pericial" y el alteró este objeto de la petición poniendo sólo "Análisis de muestras". Isocrates Wrote:Ya sabes la respuesta, que los peritos eran quienes habían hecho la práctica del análisis.Lior Wrote:b) Ramírez suprimió que los peritos 9 , 11 y 155 “se hicieron cargo de lo recibido”¿Suprimió respecto a qué? Isocrates Wrote:Porque a esas alturas ya se sabía que los tres peritos no se habían hecho cargo de lo recibido y que uno de ellos ni tan siquiera había realizado prueba alguna. Si la conducta falsaria es la "inveracidad" lo que "hizo mal" Ramirez fue "decir que él se hizo cargo de las muestras cuando en realidad quien las recogió fue X"Pero el informe de los peritos no era oficial y el de Ramírez sí. Diferencia fundamental, según entiendo. Isocrates Wrote:Mismo razonamiento que para el anterior caso.Lior Wrote:c) Ramírez se atribuyó él mismo la recepción de las muestras yCabe señalar que en el informe de los tres peritos se atribuyen los tres la recepción, cuando únicamente las recibió uno -el que luego no hizo ninguna prueba-. Isocrates Wrote:Idem.Lior Wrote:d) Ramírez se atribuyó la práctica de las técnicas analíticasComo hicieron los tres peritos, y tampoco era cierto. isocrates Wrote:Que en este caso, grosso modo, eran los autores del informe que no era oficial.Lior Wrote:e) Ramírez eliminó la mención de los peritos autores del informe¿De qué informe? Si el problema es la concordancia con la realidad la cuestión sería eliminar la mención de los peritos autores de los análisis. Isocrates Wrote:Solo puede reprocharse la eliminación de los "autores del informe" dando al "informe" un rango de oficialidad que impida esa modificación. Para la juez instructora los mandos lo que hacen es alterar un documento oficial: el de los peritos, y lo que hace es describir las discrepancias entre los dos informes, no entre el segundo y la realidad.Este punto es el que no veo tan claro. Tú mismo indicas que es la jueza instructora quien no expresa directamente la consideración legal que otorga al borrador de los peritos. Isocrates Wrote:Eso es una interpretación tuya.Lior Wrote:f) Ramírez eliminó tres de las técnicas que habían practicado los tres peritosLo que -al margen de la redacción, indica claramente que la juez toma el documento de los tres peritos por un documento oficial válido que ha sido alterado por los mandos, sino el hacer constar técnicas realizadas no sería en ningún caso falsedad -ni tan siquiera ideológica- y tampoco lo sería el no hacer constar unas "observaciones" que no son propias y con las que no se está de acuerdo. Como yo lo veo, que puedo estar equivocado, es del siguiente modo. En relación a un objeto se han realizado determinados actos. Como ese objeto ha acabado siendo un documento oficial se procede analizar esos hechos por si alguno pudiera ser constitutivo de algún delito y la redacción del auto es tan nefasta que nos lleva a confundir según que cosas. Isocrates Wrote:En esto estoy contigo.Quote:Y al convertirlo en documento oficial la jueza a tenor de estos hechos, que lo son, le dió curso por si alguno de estos actos pudiera ser constitutivo de un delito de falsedad documental (porque el informe ahora sí era oficial).Si solo era un borrador, no puedes incluir entre las conductas presuntamente falsarias la eliminación de las "observaciones" del borrador -por lo menos no sin una explicación-. Isocrates Wrote:La juez señala -como ya he comentado- como conductas presuntamente falsarias todas aquellas en las que existe discrepancia entre el informe final y el de los peritos, no en las que existe discrepancia entre el informe final y los hechos tal y como sucedieron. Por lo demás,Es que leó una y otra vez ese párrafo, que me causa bastante quebraderos, y lo que leo es que "Ramírez modificó el trabajo de los peritos" (cosa que es cierta) "para que no aparecieran dichas observaciones" (que fueron la única causa por la que los superiores quisieron que los peritos modificaran su borrador). Y luego, siguiendo el párrafo que tú has extraido, enumera todos los actos que se llevaron a cabo para "modificar el informe". Isocrates Wrote:Pues bien. En lo particular peléate con Hermanita que yo no soy quiénQuote:Y las acciones de Ramírez no son constitutivas de delito, como indica la sentencia absolutoria, pero el procedimiento fue irregular y por eso, según indicó el propio Santano, estos han sido modificados.Vamos a ver, yo estoy de acuerdo en que el informe de los tres peritos nunca fue más que un borrador -aunque insisto que se puede cometer delito de falsedad a través de un borrador- ![]() Isocrates Wrote:sin embargo no estoy de acuerdo en que la juez instructora -ni la Audiencia al resolver el recurso- lo considerasen como borrador en ningún momento. La juez, y parece evidenteEs que yo no lo veo tan "evidente" y muy evidente no debe ser cuando tú mismo dices "parece". ![]() Isocrates Wrote:a la luz de su auto, lo considera documento oficial cuya modificación da lugar a delito.Es que ya te digo que a mí no me parece que ese "parece evidente" sea muy correcto. Sobre un borrador se realizaron modificaciones, al tornarse esas modificaciones en parte de un "documento oficial" el juez instructor hace un relato de hechos y remite a juzgado para que revise por si hubiera alguno que pudiera ser constitutivo de falsedad documental (según artículo 390) Isocrates Wrote:La Audiencia, según recuerdo, se limitó a "no entrar en el tema" diciendo que al contener elementos no veraces al informe de Ramirez -que sin duda sí era oficial- procedía estimar la existencia de indicios racionales de criminalidad.Esta frase no la entiendo. Isocrates Wrote:Pero ninguna de las dos dijo nunca -al contrario que Garzón- que el informe de los tres peritos no fuera un documento oficial.¿Pero dijeron que sí lo era? ¿Y si el informe falsificado es el primero? - El abad de Cucaña - 16-07-2008 Hermanita, gracias por tu trabajo. Todavía le debo una segunda lectura. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - Isocrates - 16-07-2008 Esto promete ![]() ![]() Hermanita Wrote:El castellano del auto no es bueno (ya lo sé, ya lo sé) (y decir que no es bueno es una observación suave, también lo sé). Pero la jueza sabe de lo que está hablando. En mi opinión, es porque lo sabe demasiado bien por lo que no insiste en dejarlo claro (lo da por sabido de todos).Bueno, diría que las cosas no son exactamente así. Fue Garzón quien dijo que el informe de los tres peritos nunca había sido documento oficial, hasta que se lo presentaron a él como tal en su juzgado -documento oficial por incorporación-. La instructora no se pronuncia sobre ello -lo que, dicho sea de paso, le habría llevado a pronunciarse sobre si era documento oficial o no- así que no me queda nada claro lo de los matices teóricos. Quote:En cualquier caso, en su auto no está dando consideración de documento oficial al informe de los 3 Peritos. De lo que tú transcribes no se deduce eso. Hay que tener en cuenta que lo que tú dices:¿Cómo no va a tener sentido? Como juez de instrucción debo señalar cual es la conducta del imputado que es supuestamente merecedora del reproche penal, y la describo dejando claro que esa conducta es la de modificar el informe de los tres peritos, no la de faltar a la verdad en la narración de los hechos. Por supuesto, la presentación del documento afecta a la conducta falsaria tanto sea modificar el documento original como narrar los hechos sin decir toda la verdad. Lo que dices no ayuda a deslindar un comportamiento u otro. Quote:Es un delito complicado de entender y que ha hecho correr ríos de tinta, pero las cosas son como acabo de decir.¿He dicho que no? Quote:Ehhhh ¿Por qué solo son indicios adicionales de dolo? Recordemos que la sentencia las examina de forma individualizadaIsocrates Wrote:Cabe observar que en el auto no se hace ninguna mención a las modificaciones en la hoja de custodia ni en sobre de-lo-que-sea y que la conducta descrita es, exclusivamente, la modificación del informe de los tres peritos. Demonios, ni tan siquiera se dice que las manifestaciones del "informe de Ramirez" no sean ciertas.No lo hace porque en sí mismas esas modificaciones no son el delito, sino indicios adicionales del dolo (el dolo es imprescindible, porque el delito de falsedad documental sólo puede ser doloso). Quote:Pero la jueza no necesitaba acreditar el dolo: Ramírez y los demás reconocían la intención de presentar un informe que no reflejaba determinados hechos reales y en cambio presentaba como ciertos otros que no lo eran, justificándolo en la calidad, en lo absurdo de lo eliminado, en el procedimiento habitual…Es que eso no es cierto. No reconocieron la intención de presentar un informe que no reflejara determinados hechos reales, reconocieron la intención de realizar un nuevo informe de acuerdo a los criterios del jefe, no los del perito. En tu misma descripción vuelves a dar al documento de los peritos un valor superior al del simple borrador ya que consideras que entre las características "que no reflejaban la realidad" está "lo absurdo de lo eliminado". Solo hay algo "eliminado" si el criterio que eliges para determinar la existencia de conducta falsaria es la comparación del os dos informes, no la adecuación a la realidad del de los mandos. Quote:Pero reconocían haber presentado un documento oficial modificado (falseado) ante el juez Del Olmo, produciendo los efectos jurídicos de la prueba pericial, y haberlo hecho deliberadamente.En ningún caso reconocieron haber presentado un documento oficial modificado, ya que siempre mantuvieron que el único documento oficial era el que ellos presentaron. Quote:Será tentativa si los datos falsos que he introducido en el borrador no llegan al informe definitivo, y será en grado de consumación si, por el motivo que sea. sí llegan. Además, estarás de acuerdo en que es poco absurdo que exista un delito que solo pueda cometerse en grado de tentativa. La tentativa se produce porque, por algo ajeno a mi voluntad, los datos falsos que he introducido no llegan a constar en el documento final que se envía al juzgado -o a donde corresponda-, pero si finalmente los datos falsos sí constan... de tentativa nada. Delito consumado como una casa ¿Y si no de qué era la tentativa?Isocrates Wrote:Vaya, otra cuestión en la que tampoco estoy de acuerdo. También puedo cometer delito de falsedad si introduzco una en el borrador que va servir para dar origen al documento. Para ir a los sencillo, imaginemos que el resultado de análisis no fuera en realidad ácido bórico sino... cocaina, o semtex -lo que más rabia nos de-. Es perito que falsifica los resultados no puede luego decir que él solo incorporó los resultados falsos a un borrador -que luego pudo incluso firmar otro-.No, no puedes cometer delito de falsedad en documento oficial en el borrador. Todo lo más puedes hacerlo en grado de tentativa. No puedes ser acusado de haber falseado un documento oficial si pones las falsedades en un borrador que no es presentado donde y cuando pueda producir efectos jurídicos. Sencillamente no puedes. Si esto no queda claro, es imposible comprender lo que ha pasado. Quote:Tribunal Supremo (Sala de lo Penal)Observarás que el TS considera que el acta provisional alterada sí tiene eficacia oficial, al utilizarse para la confección de la definitiva -que tampoco es oficial hasta que la firman los mienbros del Tribunal, por cierto- En todo caso creo que debe ser evidente que si existe la posibilidad de un delito en grado de tentativa, debe existir la posibilidad de consumarlo. Quote:Algo de eso menciona el Auto de la Sección 3ª de 9 de enero de 2007. Lo he puesto antes, te lo copio:Pues hombre, yo diría que eso quiere decir que de haber permitido los "mandos" que el informe original siguiera su curso, se habría consumado el delito. ¿No? Quote:Y yo, y yoIsocrates Wrote:Sin embargo nada de ello es recogido por la juez instructora, y del relato que efectúa en el auto solo puede desprenderse que considera la de "los tres peritos" como documento oficial válido -informe pericial en este caso-De esto creo que ya he hablado ![]() ![]() Quote:No, es lo que pienso yoIsocrates Wrote:Ya te digo que considero que eso no es correcto. Todo informe pericial parte de unos datos que son proporcionados por la realización de una pruebas técnicas, el falseamiento de esos resultados -que sabemos van a incorporarse al documento oficial- solo puede tipificarse como falsedad documental por mucho que se encuentre en fase de "borrador" o que no adquiera el carácter de "oficial" hasta que le da el VB el cargo correspondiente.No puedo dejar de señalar que esto no es, evidentemente, ni lo que piensa Gallego ni lo que piensa Garzón. ![]() Quote:Garzón se toma muchas molestias para encontrar un resquicio que le permita considerar oficial el informe de los 3 Peritos, porque sabe que si no, no puede hacer nada. Por eso dice:Podía, en este caso concreto, haber tentativa, que es delito y es perseguible ¿O la tentativa ya no es delito? Quote:Pues no es eso lo que dice. En ninguna parte, de ninguna forma y ninguno de los dialectos o hablas del castellano que existen el la faz de la tierra.Isocrates Wrote:Como ya te he comentado, esa es parte de la cuestión. La juez instructora nunca apreció que el informe de los peritos no fuera "documento oficial". De hecho, imputó a los mandos por modificarlo.No. Imputó a los mandos porque presentaron ante el JCI 6 (Del Olmo) un documento oficial (con el sello del Servicio Central de Analítica y el Registro de Salida) en el que se omitían hechos acaecidos y se afirmaban hechos falsos. Quote:Sí. Fue ante Garzón, porque recordarás que uno de los peritos no llegó a declarar ante la instructora.Isocrates Wrote:Y pasando al final...Yo no lo sé y por eso he dicho creo. Veo que tampoco te consta. No es que sea fundamental, pero me gustaría saberlo. Quote:Pero que la AP hiciera referencia ello en su auto no significa que la juez lo hubiera tenido en consideración. Son cosas distintas.Isocrates Wrote:2-Me consta, porque así lo dice la propia sentencia en su página 42, que la hoja de custodia de muestras fue hallada en otro archivo después de haber acabado la jueza Gallego sus actuaciones, y que fue aportada al inicio de las sesiones del juicio oral.No la hizo la instructora, pero sí la hizo la Sección 3ª de la Audiencia Provincial en su auto de 23 de febrero de 2007, abundando con bastante extensión en los argumentos para imputar a Ramírez y a los otros. Lo he puesto antes, te lo copio de nuevo: Quote:(...) resulta de especial trascendencia la referencia a la persona receptora de las muestras, cuya variación se vio acompañada de la desaparición de la hoja de custodia (...), sobre cuya importancia en los informes periciales no es preciso argumentar, bastando remitirnos a la copiosa jurisprudencia que se ha generado al respecto por su continua invocación a la hora de impugnar los informes periciales.Bueno, la expresión correcta no parece "aclarar", sino "especular" Porque no es que no constara expresamente, es que no constaba en forma o modo alguno. DE hecho, leyendo el auto, dime ¿Alterar la hoja de custodia, el libro de muestras y el sobre en el que se remiten haciendo contar en ellos información falsa...? ¿No puede ser constitutivo de delito? ¿No? ¿Si?A mi a abrazos no me ganas ![]() Y un beso de propina ¿Y si el informe falsificado es el primero? - Isocrates - 16-07-2008 Lior Wrote:No, respecto al contenido del informe de los tres peritos. ¿Por qué? Porque todos los apartados del auto son referidos a las diferencias con el informe de los tres peritos. Todos ellos.Isocrates Wrote:Respecto a lo que se pedía concretamente por parte de la Comisaría General.Lior Wrote:a) Ramírez alteró el objeto de la petición solicitada por el Oficio de la Comisaría requirente¿Alteró respecto a que? Quote:No. Eso no es verdad y ya se sabía. En el momento de dictarse el auto ya se sabía que un solo perito se había hecho cargo de las muestras, que ese perito se las pasó a otro y no participó en ninguna pruebas. Lo que se "suprime" es lo que consta en el informe de los tres peritos, no "la verdad".Isocrates Wrote:Ya sabes la respuesta, que los peritos eran quienes habían hecho la práctica del análisis.Lior Wrote:b) Ramírez suprimió que los peritos 9 , 11 y 155 “se hicieron cargo de lo recibido”¿Suprimió respecto a qué? Quote:Pero eso ahora resulta indiferente. Olvídate un momento de "oficial" o "no oficial". ¿De qué se está acusando a los mandos? En la redacción del auto, sin ninguna duda, de modificar un documento en que se decía que unos señores se habían hecho cargo de unas muestras etc... ¿Por qué sin ninguna duda? Porque la descripción de la conducta presuntamente delictiva lo que describe es la diferencias entre el primer documento y el segundo, no que el segundo documento dijera algo que no fuera verdad.Isocrates Wrote:Porque a esas alturas ya se sabía que los tres peritos no se habían hecho cargo de lo recibido y que uno de ellos ni tan siquiera había realizado prueba alguna. Si la conducta falsaria es la "inveracidad" lo que "hizo mal" Ramirez fue "decir que él se hizo cargo de las muestras cuando en realidad quien las recogió fue X"Pero el informe de los peritos no era oficial y el de Ramírez sí. Diferencia fundamental, según entiendo. Y ahora volvemos a la cuestión del "documento oficial". Si la juez mantuviera que el primer documento no es oficial y que, por lo tanto y en principio, modificarlo no es delito ¿Cómo describiría el hecho delictivo? La descripción que la juez instructora hace de la conducta presuntamente falsaria toma como supuesto previo que el primer documento es oficial y que, por lo tanto, al modificarlo los mandos cometieron delito. Si no lo es, modificarlo no es delito y la conducta debe describirse de otra forma -como hizo la AP- Quote:Exacto, pero ten en cuanta que yo no estoy diciendo que el perito original cometise delito, sino que de la descripción de la conducta falsaria que realiza el auto se desprende que la juez considera el primer informe como documento oficial ¿Por qué? Porque en caso contrario "modificarlo" resultaría, en principio, irrelevante.Isocrates Wrote:Mismo razonamiento que para el anterior caso.Lior Wrote:c) Ramírez se atribuyó él mismo la recepción de las muestras yCabe señalar que en el informe de los tres peritos se atribuyen los tres la recepción, cuando únicamente las recibió uno -el que luego no hizo ninguna prueba-. Quote:No hace falta que sea directo. Si te acuso de asesinato por haber matado a "richard" estoy dando por supuesto -aunque no lo diga- que Richard es un persona, y no un loro. Es un elemento necesario del tipo para poder entenderlo tal y como9 lo describoIsocrates Wrote:Solo puede reprocharse la eliminación de los "autores del informe" dando al "informe" un rango de oficialidad que impida esa modificación. Para la juez instructora los mandos lo que hacen es alterar un documento oficial: el de los peritos, y lo que hace es describir las discrepancias entre los dos informes, no entre el segundo y la realidad.Este punto es el que no veo tan claro. Tú mismo indicas que es la jueza instructora quien no expresa directamente la consideración legal que otorga al borrador de los peritos. Quote:No. Si el documento original no es un documento oficial no poner en mi informe las mismas observaciones nunca puede constituir ningún tipo de falsedad. Al decir que no poner las observaciones es una de las conductas presuntamente delictivas estoy dando a esas observaciones una protección que solo pueden tener si están incorporadas a un documento oficial -o destinado a tener efectos oficiales- ¿Por qué es presuntamente delictivo no poner esas observaciones? No hay alteración de la verdad, no hay discordancia con los hechos. Solo hay discordancia con el informe de los tres peritos, y esa discordancia no puede ser considerada delictiva por la instructora si no da valor de documento oficial al informe.Isocrates Wrote:Eso es una interpretación tuya.Lior Wrote:f) Ramírez eliminó tres de las técnicas que habían practicado los tres peritosLo que -al margen de la redacción, indica claramente que la juez toma el documento de los tres peritos por un documento oficial válido que ha sido alterado por los mandos, sino el hacer constar técnicas realizadas no sería en ningún caso falsedad -ni tan siquiera ideológica- y tampoco lo sería el no hacer constar unas "observaciones" que no son propias y con las que no se está de acuerdo. Quote:Como yo lo veo, que puedo estar equivocado, es del siguiente modo. En relación a un objeto se han realizado determinados actos. Como ese objeto ha acabado siendo un documento oficial se procede analizar esos hechos por si alguno pudiera ser constitutivo de algún delito y la redacción del auto es tan nefasta que nos lleva a confundir según que cosas.La redacción puede no ser excelente, pero que de la misma se deprende que la juez considera que el delito cometido por los mandos es modificar el informe de los tres peritos me parece bastante evidente. De hecho, eso es lo que dota de unidad de acción a lo que hace la instructora. Si considerase que el delito es no haber reflejado fielmente la verdad, entonces sí debiera haber seguido el procedimiento contra los peritos que tampoco reflejaron fielmente la verdad -y ella lo sabía-, y que ese delito fuera finalmente en grado de tentativa en vez de en grado de consumación resulta irrelevante a esos efectos. Pero la juez estima que el delito no es eso, y por eso no "empura" a los peritos y sí a los mandos. Porque los segundos fueron los que modificaron un informe pericial que, a u entender, debió ser remitido al juzgado sin modificaciones. Es decir, que era documento oficial. Quote:A cualquiera que no esté ciego, sordo y muertoIsocrates Wrote:sin embargo no estoy de acuerdo en que la juez instructora -ni la Audiencia al resolver el recurso- lo considerasen como borrador en ningún momento. La juez, y parece evidenteEs que yo no lo veo tan "evidente" y muy evidente no debe ser cuando tú mismo dices "parece". ![]()
¿Y si el informe falsificado es el primero? - morenohijazo - 16-07-2008 Creo que ya lo voy pillando: - Unos peritos (un perito) redactan un borrador con varias elucubraciones carentes de sentido crítico. - Sus superiores les piden (le piden) que rehagan su borrador para poder darle salida como informe. - El (Los) peritos se niegan, por lo que el Jefe redacta su informe propio, firmándolo, ya que el (los) peritos se han negado a hacerlo. - Año y pico después, los (el) peritos recuperan su borrador (que no es informe oficial) y tratan de colarlo como informe pericial... - ... pero ese borrador de los peritos no se puede considerar informe oficial, ya que, como dice Hermanita... siendo precisamente la conducta de sus superiores, no admitiendo el informe pericial en lo relativa a las conclusiones que se establecían, lo que impidió su consumación. - Así que, concluyendo, la juez hace bien en imputar a los mandos, porque habían alterado, y modificado, un borrador, cuyos autores no pueden ser acusados de falsificación pese a que cometieron inexactitudes, inveracidades, y reflejando elucubraciones sin base científica, porque los mismos mandos acusados de falsificación impidieron que el borrador se transformase en informe oficial, lo que habría permitido acusar a los peritos de falsificación. Todo muy lógico. Me alegra que se expliquen las cosas tan bien. Ahora, díganme dónde, en el Razonamiento del Auto de incoación, que dice: Quote:Los hechos anteriormente descritos se deducen de lo actuado en las diligencias practicadas, y en concreto, de la documental consistente endónde establece la juez alguna diferencia entre ambos informes, que nos permita suponer que, efectivamente, considera al de los peritos como un mero borrador, sin posibilidad, por tanto, de pèrmitir la acusación de falsificación documental para sus autores. O en http://estaticos.elmundo.es/documentos/2006/11/06/reforma_peritos.pdf observen en la página 3, donde para razonar el levantamiento de la imputación de Garzón, entrecomilla (usando las palabras del juez del nº 5) "oficial" y "producir un efecto ofical en un documento que nunca lo fue", y sin embargo, en el punto 4, dando respuesta al auto de Garzón, cita varias veces el documento citándolo como informe, informe pericial, etc. Respecto a otros puntos que habéis discutido... Quote:Como tales peritos no quisieron hacerlo , Ramírez conconocimiento y anuencia de los otros imputados, y modificó el realizado por los otros peritos, de manera que, para que no constara en el informe ninguna de tales observaciones... se refiere indudablemente a modificar el informe. No puede referirse a modificar el análisis hecho ni a ninguna otra cosa de la realizada por Escribano, pues lo hecho, hecho está, y Ramírez sólo modificó el informe, nada más. Respecto a cuándo se conoció que Manrique no había hecho los análisis, fue en un momento muy inicial. Recuerdo que, en el Foro, Manel e Isócrates afirmaron desde el principio que no había manera de salvar a los peritos si se encausaba por firmar quien no había hecho las pruebas. Mala fue, realmente la instrucción, si la juez no se enteró de lo que figuraba ya por mentideros y corrillos. Del otro, del perito que tuvo la primera visión del ácido bórico, no lo sé. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - El abad de Cucaña - 17-07-2008 El problema es que para levantar la imputación el borrador era borrador y, a la hora de imputar, el borrador se convirtió en documento público. Pero las dos cosas no pueden ser a la vez. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - inquietud - 17-07-2008 No puedo evitar aplaudir con las orejas a Hermanita. ¡que currada! Una de las cosas que venimos haciendo aquí es defender el sistema legal que tenemos y si bien esta sujeta a crítica la actuación de cualquier persona no soy partidario de señalar con el dedo acusador al estilo de como lo hacen los peones. Es evidente que los jueces no son infalibles y que la objetividad absoluta es difícil de encontrar y que, como todos, se pueden dejar llevar por los inevitables sesgos en su forma de pensar y de interpretar la realidad. Pero la labor de un juez es eminentemente técnica y la política y otros motivos espureos quedan fuera de las sentencias. Otro pequeño punto que ya se ha dicho pero que recalco. El "caso bórico" es un arma más en manos de los conspiracionistas. La resolución es lo de menos (aunque para ellos ha pasado de tanque a petardo) puesto que ellos ya estan en posesión de la verdad, ya saben que los poderes públicos estan pringados y que nos ocultan la terrible verdad así que cualquier cosa sirve para hacer palanca. En este caso ya SABEN que el Gobierno había dado instrucciones de que ETA no saliera por ningún lado así que eso les sirve para explicarlo todo (curiosamente en una busqueda rápida sale nombrada 17 veces en el Auto de procesamiento y los TEDAX nombran a la banda en sus informes periciales como se reproduce en la página 131 "Aunque el teléfono móvil no es el más común de los sistemas de activación en los artefactos explosivos, su uso, para determinadas acciones, si se ha extendido a muchos grupos terroristas, entre otros ETA, IRA y fundamentalistas Islámicos" o en la página 143 "El 4 de Marzo de 2002, ETA utiliza la técnica del chaleco para introducir un artefacto explosivo en el edificio de la Bolsa de Bilbao."). Una cosa que a mí personalmente me llama la atención y que no recuerdo que se haya comentado mucho aquí es lo que lleva a un perito de la Policía Científica con muchos años de servicio, que posiblemente contaba con el respeto de sus compañeros y que seguramente habra contribuido con su labor a las resulución de muchos casos a concluir su carrera de esta forma tan lamentable. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - Mangeclous - 17-07-2008 Sí, yo a veces pienso que simplemente fue un error. Que querían destacarse por haber descubierto una pista de algo y que la actitud de sus superiores sacó a la luz un resentimiento que probablemente ya albergaban. Un resentimiento mu, mu gordo, obviamente, si no no se explica. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - Isocrates - 17-07-2008 El abad de Cucaña Wrote:El problema es que para levantar la imputación el borrador era borrador y, a la hora de imputar, el borrador se convirtió en documento público. Pero las dos cosas no pueden ser a la vez.No, no lo creo. Al levantar la imputación la juez instructora examina todos los requisitos que debe cumplir la falsedad en documento oficial para, al concluir que no concurren, levantar la imputación. No lo considera "borrador" a la hora de levantar la imputación. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - viana - 17-07-2008 inquietud Wrote:Una cosa que a mí personalmente me llama la atención y que no recuerdo que se haya comentado mucho aquí es lo que lleva a un perito de la Policía Científica con muchos años de servicio, que posiblemente contaba con el respeto de sus compañeros y que seguramente habrá contribuido con su labor a la resolución de muchos casos a concluir su carrera de esta forma tan lamentable.Una posible explicación puede ser que cuando alguien se junta con los conspiranoicos acaba razonando como ellos. Me explico. Los abducidos delpinianos y el propio Gran Sacerdote insinúan, cuando no lo dicen abiertamente, que decenas o tal vez centenares de policías y funcionarios públicos participaron en la terrible masacre del 11 de marzo para que ganara el PSOE las elecciones ¡y les ascendieran en sus puestos! ¿No resulta posible que Escribano y sus adláteres pensaran que su pequeña contribución a las tesis PPianas, Elmundianas y Libelodigitalianas les ayudasen en su carrera una vez el PP, con esta particular forma de hacer oposición, ganase las elecciones? ¿Y si el informe falsificado es el primero? - inquietud - 17-07-2008 Mangeclous Wrote:Sí, yo a veces pienso que simplemente fue un error. Que querían destacarse por haber descubierto una pista de algo y que la actitud de sus superiores sacó a la luz un resentimiento que probablemente ya albergaban. Un resentimiento mu, mu gordo, obviamente, si no no se explica.¡Pero de hecho no descubren ninguna pista! Por las fechas en que se analiza el ácido bórico ya llevamos mucha conspiración y los peritos podrían estar influidos por esta. De ser así no sería tan extraño que el rechazo a sus especulaciones lo interpreten en esa clave pero la especulación en si no tiene fundamento, da la sensación de ser el resultado de un convencimiento previo confirmado por un dato escasamente relevante. viana Wrote:Una posible explicación puede ser que cuando alguien se junta con los conspiranoicos acaba razonando como ellos. Me explico.Me parece bien la posible explicación (es decir que fueron "peonizados") pero la forma en que hacen público su informe no parece la mejor carta de presentación para ninguna carrera (no me puedo creer que no fueran conscientes de que se la estaban jugando). Supongo que la personalidad de Escribano debe ser bastante fuerte y ha llevado su errado convencimiento contra viento y marea sin pararse ante posibles consecuencias. Me cuesta mucho pensar que todo parta de un acto deliberado de mala fe. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - lejianeutra - 17-07-2008 Pues lo siento, pero igual que trato de defender hasta donde es posible la labor de la jueza Gallego, y trato de entenderla, los peritos Escribano y Lopez Cidad para mí han dado suficientes pruebas de para dónde tiraban y qué es lo que perseguían. Díme con quien te juntas y te diré quién eres. No es que lo diga yo, es que lo dice la Sentencia. A modo de resumen, a los superiores los llama "chapuceros" por el modo de actuar, pero no ve en ellos ningún ánimo de falsedad. De Escribano en cambio dice que su actitud genera "no pocas suspicacias", por algo será. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - nituniyo - 17-07-2008 comparar lo que ha hecho/dicho Moreno con lo que han hecho/dicho los peones es un dislate total. Moreno no ha ido a manifestaciones, no ha firmado manifiestos, no ha montado campañas de desprestigio contra Gallego. Ha dado una opinión personal reconociendo que no tiene pruebas. Lo ha hecho una vez, en una frase, mucho tiempo después de haber demostrado una actitud impecablemente desértica, con los peones ya derrotados en los tribunales. Después de reconocer que no puede tener pruebas de prevaricación, ha cerrado esta vía y ha abierto un debate limpio y honesto con los demás foreros sobre las posibles deficiencias de la instrucción. Yo me daría con un canto en el pecho si esta hubiese sido la actitud de los peones desde el principio hasta el final, que hubiese sido un final rápido si esa actitud hubiese sido firme y verdadera tal vez como PRIMERO dio su opinión subjetiva, alguien pueda pensar que su posterior razonamiento se basa en ella, y NO AL REVES. Eso me parece un (leve) insulto a su inteligencia. Tal vez alguien piense que si una asociación ciudadana ("pies sucios" pongamos por caso) denunciara a Gallego y el Supremo le diera la razón a ella, Moreno seguiría anclado comoun titán atalántico a su certeza subjetiva. Tal vez fuera así, no podemos saberlo claro que se pueden criticar autos y sentencias judiciales. Y la certezas subjetivas las tenemos todos, y en nuestras palabras siempre hay insinuaciones. Yo no critico a los peones por creer que ZP es el mal hecho carne, sino por INTENTAR IMPONER sus certezas subjetivas por encima del racionalismo judicial. Moreno no ha hecho eso, de ninguna manera. Otra cosa es que se prefiera que aquí no se hagan comentarios de ese tipo, lo cual respeto absolutamente. Pero entonces ni con Gallego, ni con Pedro Jota (con el cual yo me he lucido con insinuaciones) ¿Y si el informe falsificado es el primero? - Lior - 17-07-2008 Yo sólo dije Quote:¿Ves lo que pasa con los mongoloids, Errante?Y que cada cual se las arregle con sus actos. Sólo me referiré a la primera frase de 'Nituniyo' y termino aquí, por mi parte, con esta pavada. Nituniyo Wrote:comparar lo que ha hecho/dicho Moreno con lo que han hecho/dicho los peones es un dislate total.Y como nadie ha hecho tal cosa es absurdo el resto del comentario. ¡Circulen, circulen! gracias.
¿Y si el informe falsificado es el primero? - morenohijazo - 17-07-2008 Muchas gracias por tus palabras, Nituniyo, con las cuales, huelga decir que estoy completamente de acuerdo . Pero de todos modos yo preferiría que el debate sobre la instrucción de Gallego, dado que puede generar ásperos enfrentamientos en el Foro, se dejase allí cerrado.Y comprendo, y comparto, lo que quieres decir: es admisible la crítica a un médico si dice una cosa contraria al conocimiento científico (Baladía y la carboxihemoglobina para detectar lacrimógenos, Fontela que quería reproducir los trenes y volarlos) o aquellos peritos de "El Mundo", o Peregrin y las normas ISO... Pues, opino, debería admitirse también la crítica a un juez (que no es lo mismo que la justicia, ojo), máxime cuando la Sentencia le ha dado semejante tunda. No obstante, repito, desearía que, al menos por el momento, y por lo que a mi respecta, cerremos el tema instrucción de Gallego, para evitar peleas que no nos conducirían a nada. Bueno, sí, a mosqueos y abandonos del Foro por calentamientos "globales", como ha pasado alguna vez. Y si he puesto el párrafo anterior, muchachos, no es para reabrir heridas, sino para mostrar a nituniyo, a quien agradezco sobremanera su defensa, que no callo ofendido, enfadado, molesto, ni cabreado. Y lo publico para que nadie dude que no habrá resquemor por mi parte. ¿Y si el informe falsificado es el primero? - Lior - 17-07-2008 ¡Yo me voy de aquí! ¡Esto es una desfachatez! ¡Exijo un desagravio! Voy a formar los Deserticos Obscuros Libres y vereis. Haré que toda la verdad de este sitio y los pagos de Moraleda queden al descubierto. ¿Moreno médico? Pero si lo único que hizo fue un ciclo de marketing y luego lo ascendieron en la agencia de publicidad a la que pertenecemos porque es un trepa. Lo dicho ¿¡Quién está conmigo!? ¡Revolución o peón! :lol: ¿Y si el informe falsificado es el primero? - ultramort - 17-07-2008 Lior Wrote:¡Revolución o peón!Antes que peón ladron o cualquier cosa.. Revolutioon!!! ¿Y si el informe falsificado es el primero? - lejianeutra - 17-07-2008 Quote:Otra cosa es que se prefiera que aquí no se hagan comentarios de ese tipo, lo cual respeto absolutamente. Pero entonces ni con Gallego, ni con Pedro JotaComparar a Gallego con Pedro Jota es tan dislate como comparar a Moreno con los Peones, cosa que por cierto nadie ha hecho. Para empezar Pedro Jota es el Director de un periodicucho de amplísima tirada, al cual personalmente me la renfanfinfla si se le inunda el despacho o se le queman las rotativas. Gallego en cambio es una jueza que pertenece al mismo sistema judicial que Del Olmo, Bermúdez y Garzón, ese sistema judicial que forma parte de las mismas instituciones para las que aquí siempre hemos pedido respeto. Segundo, Pedro Jota ha seguido desde siempre una trayectoria de divo, de manipulador y de vendehumos. De Gallego en cambio nadie aquí sabía absolutamente nada antes del ácido bórico y probablemente nada sabremos de ella después, solo que pertenece a la Asociación Conservadora de Jueces, lo cual no es pecado. Que no estemos de acuerdo con toda o con parte de su instrucción, no es óbice para que le debamos el mismo respeto que reclamamos para los jueces del 11-M. Yo personalmente no critico que se critiquen sus autos, yo critico que se dude de su imparcialidad. Y quiero aclarar que no he tratado en ningún momento de sacar los colores a nadie en particular, aunque centrara el discurso en Moreno. Porque no incluyo solamente a Moreno en el saco de los que en algún momento, fruto de la pasión del debate, han atravesado en mi opinión la frontera de lo admisible en la crítica (por ejemplo, aquí), sino que incluyo también a otros... entre ellos a mí mismo, cuando por ejemplo dije en su momento algo así como... Quote:Creo que Gallego le ha querido dar a los conspiracionistas los titulares que no va a poder darles en la Sentencia...que resulta ser tan grave como lo dicho por Moreno. Así que, repito, no trataba de criticar a nadie en particular sino a una manera de razonar y actuar que nos acerca muy peligrosamente a los Peones. Insultar siempre es insultar, aunque lo quieras vestir de opinión. Acusar a alguien sin pruebas no deja de ser acusar a alguien sin pruebas, aunque también lo vistas de opinión. Que por cierto es la excusa que utilizan personajillos como Federico y Pedro Jota para justificar sus insultos y sus acusaciones sin pruebas, la libertad de opinión. Y yo, y creo que nadie aquí, quiere parecerse lo más mínimo a estos dos. Punto también por mi parte. Y un abrazo a todos. |