20-09-2006, 08:13:25
Antes que nada, mis felicitaciones a los autores de desiertoslejanos. Creo que hacéis un trabajo riguroso y éticamente necesario.
Aquí va mi duda:
Ayer publicaba en Libertad Digital Luis del Pino un artículo (http://www.libertaddigital.com:83/php3/n...cion=ESP_D) en el que afirmaba que "La declaración de uno de los policías que transportó los bultos de El Pozo está manipulada". LdP escribe:
"Existía una contradicción evidente entre los testimonios de los seis nuevos policías y los de los policías que habían declarado antes: la diferencia estaba en si se había hecho una parada en la comisaría de Puente de Vallecas antes de ir a IFEMA. Sin embargo, el juez no llamó de nuevo a los dos policías que ya habían declarado en julio de 2004. Podría ser que Del Olmo considerara que el tema no tenía mayor importancia, pero la sorpresa salta al comprobar que en el Auto de Procesamiento redactado por el juez Del Olmo la contradicción ha desaparecido por el procedimiento de alterar la declaración prestada por uno de los policías en julio de 2004.
Así, en el resumen de esa declaración incluido en el auto de procesamiento, las referencias a la comisaría de Vallecas Villa han desaparecido, siendo sustituidas por referencias a la comisaría de Puente de Vallecas o siendo directamente eliminadas."
Aunque no me creo nada de lo que dice este señor, lo cierto es que los enlaces a los documentos que incluye en el artículo sí muestran esa discrepancia entre "Vallecas Villa" en la declaración original y "Puente de Vallecas" en el auto de procesamiento. Supongo que sólo es un error, que, como hace siempre, LdP atribuye a la mala fe, ¿tenéis información adicional al respecto?
Aquí va mi duda:
Ayer publicaba en Libertad Digital Luis del Pino un artículo (http://www.libertaddigital.com:83/php3/n...cion=ESP_D) en el que afirmaba que "La declaración de uno de los policías que transportó los bultos de El Pozo está manipulada". LdP escribe:
"Existía una contradicción evidente entre los testimonios de los seis nuevos policías y los de los policías que habían declarado antes: la diferencia estaba en si se había hecho una parada en la comisaría de Puente de Vallecas antes de ir a IFEMA. Sin embargo, el juez no llamó de nuevo a los dos policías que ya habían declarado en julio de 2004. Podría ser que Del Olmo considerara que el tema no tenía mayor importancia, pero la sorpresa salta al comprobar que en el Auto de Procesamiento redactado por el juez Del Olmo la contradicción ha desaparecido por el procedimiento de alterar la declaración prestada por uno de los policías en julio de 2004.
Así, en el resumen de esa declaración incluido en el auto de procesamiento, las referencias a la comisaría de Vallecas Villa han desaparecido, siendo sustituidas por referencias a la comisaría de Puente de Vallecas o siendo directamente eliminadas."
Aunque no me creo nada de lo que dice este señor, lo cierto es que los enlaces a los documentos que incluye en el artículo sí muestran esa discrepancia entre "Vallecas Villa" en la declaración original y "Puente de Vallecas" en el auto de procesamiento. Supongo que sólo es un error, que, como hace siempre, LdP atribuye a la mala fe, ¿tenéis información adicional al respecto?
