28-09-2006, 14:02:29
La Audiencia Nacional dijo que en cualquier caso el presunto delito no era enmarcable en los arts. 17.3 y 17.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, o sea, que no se hizo (si se confirma) ni para cometer actos terroristas ni para favorecer la impunidad de los mismos.
