18-04-2007, 05:53:59
Reproduzco un texto (he cambiado una palabra y dos nombres, que señalo en negrita y al final del texto indico cuál era el contenido original) que nos puede dar una idea de lo que pueden ser las conclusiones finales de las defensas y de algunas acusaciones:
¿No os suenan los argumentos?
18/98 Unplugged Wrote:Como es natural una parte importante del esfuerzo de los abogados se dedicó no ha construir una versión de los hechos alternativa a la del fiscal, sino simplemente a cuestionar las bases en las que éste se había apoyado para establecer su relato. Todo lo que él había traído a la vista oral – documentos intervenidos, grabaciones telefónicas, declaraciones de los acusados, opiniones de los peritos, etc- fue sucesivamente objetado e impugnado hasta que al final llegaron a la conclusión de que ni una sola de las pruebas que se habían presentado tenía validez ante un tribunal.La palabra cambiada es "euskera", y los nombres reales de los abogados son "Jone Goirizelaia" y "Elosua". El texto está extraido de aquí y se refiere al Sumario 18/98 (ETA, sí, ETA).
El testimonio de los peritos, tanto los de la Guardia Civil como los de la Policía Nacional, fue rechazado en bloque por razones fundamentalmente técnicas ya que según dijeron –ya lo habían dicho en su momento- no tenían que haber sido nunca admitidos como peritos, sino como testigos en todo caso. Las declaraciones policiales de los acusados –las incriminatorias, claro, las otras no- tenían también que ser forzosamente rechazadas ya que habían sido obtenidas mediante tortura como todo el mundo sabe (esto último no es una ironía, es lo que ellos decían), y las declaraciones judiciales –esas que se realizan delante de un juez, abogados, etc- tampoco eran validas porque los acusados al realizarlas aún estaban confusos después de tanta tortura (sigue sin ser una ironía). Las grabaciones telefónicas no valían porque por una causa o por otra –fecha de las autorizaciones, titular del teléfono intervenido, etc.- todas eran ilegales. Los documentos informáticos tampoco podían ser tenidos en cuenta porque no habían sido volcados con las debidas garantías o por causas parecidas, los documentos que estaban en papel porque eran fotocopias, o porque no eran suficientemente legibles, o porque no constaban específicamente en los listados que se hacen al efectuar un registro, o por lo que sea. Las traducciones de documentos que en original constaban en árabe también fueron impugnadas en su totalidad por su mala calidad. Así que como digo todo, absolutamente todo lo que de una manera u otra podía incriminar a los acusados, carecía de cualquier validez legal en opinión de sus abogados.
Esto, creo yo, es algo bastante normal en cualquier juicio. Lógicamente la defensa no va a decir que una prueba que la acusación ha presentado es valida, sino que prácticamente está obligada a decir –con fundamento o sin él- que ninguna lo es. Es lógico, pero en este y en otros casos eso lleva a situaciones bastante ridículas. Por ejemplo aquí Abogado Pepe llegó a decir que el hecho de que un acusado llevara bajo el brazo un ordenador personal no quería decir que fuera suyo. No dio más explicaciones y lo dejo así, supongo que para que el tribunal llegara a la conclusión de que igual que hay gente a la que le introducen un paquete de coca en la maleta, a este señor le habían metido un portátil bajo el brazo. Otro ejemplo bastante claro de ese absurdo fue cuando Abogado Juan habló de las traducciones y dijo que aunque ellos habían renunciado a una prueba pericial para cuestionarlas, el fiscal debería haber propuesto su propia pericial para demostrar que esas impugnaciones no estaban justificadas. O sea, que aunque yo no me moleste en intentar demostrar que una cosa está mal, tú sí tienes que molestarte en responder a esa argumentación que yo no he hecho (y que conste que no estoy diciendo que las traducciones estén bien o mal, sino que el argumento para desestimarlas es ridículo).
¿No os suenan los argumentos?
