10-11-2007, 08:30:27
Hola a todos.
Llevo mucho tiempo leyéndoos, por ser una de las Web más objetivas para mí. Debido a continuos debates con algunos compañeros, a pesar de la sentencia, decidí realizar un pequeño trabajo con el que zanjar el tema. He escuchado en estos días, que ETA no sale en la sentencia, que no se conoce el explosivo, y que queda claro que no fue Al Qaida.
Si yo no me equivoco, todo estas polémicas son fruto exclusivamente de los medios de comunicación que utilizan, además de no querer contrastar las informaciones que reciben.
Me gustaría que echaseis un vistazo al resumen que he hecho, por si tuviera alguna imprecisión o pudiera ser mejorado en algo.
No he encontrado nada en la sentencia que respalde la instrucción del Juez Del Olmo. Si en algún sitio hubiera alguna referencia, os agradeceré me señaléis la ubicación de ésta.
Gracias de antemano y un saludo
Capítulo I. Vagones y autopsias suicidas. Querella y resolución.
http://www.difusionjuridica.com/HTML/por...ticia=3138
Resulta que el querellante “Manos limpias” basó su querella en informaciones periodísticas (podemos imaginarnos de quién), no garantizando la exactitud de los hechos descritos.
“Completísimo informe” de los expertos del TEDAX y Guardia Civil sobre los restos de los vagones.
Respecto a los suicidas: “no se efectuaron unas autopsias convencionales y burocráticas, sino que se procuró -y consiguió- extremar las precauciones” y se realizó “un amplísimo y muy documentado informe antropológico y radiológico".
http://www.elmundo.es/cronica/2005/490/1110063605.html
“El Mundo”, relatando el reciclado de los vagones de RENFE… y no, entonces no le pareció nada anormal. Ninguna crítica al procedimiento.
Resolución: El tribunal supremo archiva la querella e inicia una instrucción contra “Manos Limpias”.
Capítulo II. Pruebas falsas. Resumen Sentencia.
“Se aísla un dato -se descontextualiza- y se pretende dar la falsa impresión de que cualquier conclusión pende exclusivamente de él, obviando así la obligación de la valoración conjunta de los datos que permita, mediante el razonamiento, llegar a una conclusión según las reglas de la lógica y la experiencia" (Lectura de la sentencia de Javier Gómez Bermúdez).
http://www.datadiar.tv/juicio11m/resumen.htm
Nulidad de autopsias: Aunque ya descartado en el capítulo anterior, volvió a ser utilizado por los abogados defensores. Es considerado un argumento “falaz” por el tribunal.
Renault Kangoo: el tribunal considera que se actuó de forma escrupulosa. No hay duda de la coincidencia de los detonadores encontrados con la finca de Morata de Tajuña, la mochila de El Pozo y el piso de Leganés.
Bolsa de deporte (procedente de la estación del pozo): Se trata de una pieza de convicción válida sin que se aprecie ruptura en la cadena de custodia.
Tipo de explosivo: Capítulo siguiente.
Y esas fueron las que se tomó en serio el tribunal y presentó la defensa, porque ésta no se atrevió a utilizar disparates como el de los “pelanas congelaos”.
Capítulo III. Explosivos
http://www.datadiar.tv/juicio11m/#
Enlace: Hechos probados
Enlace.: Fundamentos Jurídicos y Fallo
Todo o gran parte del utilizado en el 11-M y Leganés procedía de Mina Conchita.
No se puede determinar la marca de explosivo utilizado en los trenes. El utilizado fue dinamita plástica tipo Goma. No obstante “El tribunal, siguiendo un razonamiento lógico concluye que está probada la presencia de Goma 2 ECO en todos los trenes” e “impide descartar la presencia de pequeñas cantidades de otras marcas o clases de dinamitas”.
La guardia civil encontró en Mina Conchita Goma 2 EC y Goma 2 ECO, esta última en mejor estado.
Desfase de anotado/consumido en los libros, de 50 Kg. Goma 2 ECO en el consumo correspondiente al 1 de marzo de 2004.
El explosivo encontrado en las vías del AVE era Goma 2 ECO.
El explosivo detonado en Leganés y el encontrado posteriormente a la explosión, también era Goma 2 ECO.
“La falta de determinación exacta de la marca de la totalidad del explosivo no impide llegar a conclusiones jurídico-penalmente relevantes…, como se verá a continuación, está plenamente acreditado el tráfico de explosivos desde Asturias con destino al grupo terrorista que cometió los atentados de Madrid y Leganés”.
Capítulo IV. Autoría
http://www.datadiar.tv/juicio11m/#
Enlace: Hechos probados
Enlace.: Fundamentos Jurídicos y Fallo
ETA
La defensa de Jamal ZOUGAM presentó una amplia tesis alternativa, según la cual, los atentados los cometió ETA. Constan 9 informes. “Ninguna de estas pruebas, sometidas a contradicción en el plenario, avala la tesis alternativa de la defensa”.
Al Qaida
Leganés: “Entre las ruinas fueron encontradas dos cintas de vídeo”… “Las cintas contenían grabaciones con reivindicaciones de los atentados del 11 de Marzo y ambas eran de la marca TDK”…“Así mismo se recuperaron vídeos sobre campamentos de AL QAEDA y sobre la organización terrorista ANSAR AL SUNNAH, en concreto una referida al atentado contra los miembros del CNI español en Iraq el 29 de noviembre de 2003”.
http://www.abc.es/20071108/nacional-naci...81325.html
http://www.elmundo.es/elmundo/2007/11/08...23605.html
Vídeo revindicando los atentados, con sucesión de imágenes de la Guerra de Iraq, acompañadas de amenazas a Australia, Reino Unido, España y Estados Unidos, mostrando imágenes de las personas a las que consideran responsables: George W. Bush, José María Aznar y Tony Blair. Incluyen hasta una de las famosas fotografías de las Azores.
“Durante su estancia el tío (Youssef BELHADJ) del procesado (Mohamed Moussaten) le dijo que era miembro de Al Qaeda, le mostró páginas web de acceso restringido con imágenes de preparación de individuos para cometer atentados suicidas”. “No está probado que Youssef BELJHADJ sea dirigente de uno de los grupos teroristas que se engloban bajo la denominación, cada vez más genérica, de Al Qaeda”.
Multiples referencias a la Yihad en la sentencia. Definiciones:
http://es.wikipedia.org/wiki/Islamismo_yihadista
http://es.wikipedia.org/wiki/Yihad
Los suicidas junto con los procesados, “son miembros de células o grupos terroristas de tipo yihadista que, por lo que ahora interesa, mediante el uso de la violencia en todas sus manifestaciones, pretenden derrocar los regímenes democráticos y eliminar la cultura de tradición cristiano-occidental sustituyéndolos por un Estado islámico bajo el imperio de la sharia o ley islámica en su interpretación más radical, extrema y minoritaria”.
Llevo mucho tiempo leyéndoos, por ser una de las Web más objetivas para mí. Debido a continuos debates con algunos compañeros, a pesar de la sentencia, decidí realizar un pequeño trabajo con el que zanjar el tema. He escuchado en estos días, que ETA no sale en la sentencia, que no se conoce el explosivo, y que queda claro que no fue Al Qaida.
Si yo no me equivoco, todo estas polémicas son fruto exclusivamente de los medios de comunicación que utilizan, además de no querer contrastar las informaciones que reciben.
Me gustaría que echaseis un vistazo al resumen que he hecho, por si tuviera alguna imprecisión o pudiera ser mejorado en algo.
No he encontrado nada en la sentencia que respalde la instrucción del Juez Del Olmo. Si en algún sitio hubiera alguna referencia, os agradeceré me señaléis la ubicación de ésta.
Gracias de antemano y un saludo
Capítulo I. Vagones y autopsias suicidas. Querella y resolución.
http://www.difusionjuridica.com/HTML/por...ticia=3138
Resulta que el querellante “Manos limpias” basó su querella en informaciones periodísticas (podemos imaginarnos de quién), no garantizando la exactitud de los hechos descritos.
“Completísimo informe” de los expertos del TEDAX y Guardia Civil sobre los restos de los vagones.
Respecto a los suicidas: “no se efectuaron unas autopsias convencionales y burocráticas, sino que se procuró -y consiguió- extremar las precauciones” y se realizó “un amplísimo y muy documentado informe antropológico y radiológico".
http://www.elmundo.es/cronica/2005/490/1110063605.html
“El Mundo”, relatando el reciclado de los vagones de RENFE… y no, entonces no le pareció nada anormal. Ninguna crítica al procedimiento.
Resolución: El tribunal supremo archiva la querella e inicia una instrucción contra “Manos Limpias”.
Capítulo II. Pruebas falsas. Resumen Sentencia.
“Se aísla un dato -se descontextualiza- y se pretende dar la falsa impresión de que cualquier conclusión pende exclusivamente de él, obviando así la obligación de la valoración conjunta de los datos que permita, mediante el razonamiento, llegar a una conclusión según las reglas de la lógica y la experiencia" (Lectura de la sentencia de Javier Gómez Bermúdez).
http://www.datadiar.tv/juicio11m/resumen.htm
Nulidad de autopsias: Aunque ya descartado en el capítulo anterior, volvió a ser utilizado por los abogados defensores. Es considerado un argumento “falaz” por el tribunal.
Renault Kangoo: el tribunal considera que se actuó de forma escrupulosa. No hay duda de la coincidencia de los detonadores encontrados con la finca de Morata de Tajuña, la mochila de El Pozo y el piso de Leganés.
Bolsa de deporte (procedente de la estación del pozo): Se trata de una pieza de convicción válida sin que se aprecie ruptura en la cadena de custodia.
Tipo de explosivo: Capítulo siguiente.
Y esas fueron las que se tomó en serio el tribunal y presentó la defensa, porque ésta no se atrevió a utilizar disparates como el de los “pelanas congelaos”.
Capítulo III. Explosivos
http://www.datadiar.tv/juicio11m/#
Enlace: Hechos probados
Enlace.: Fundamentos Jurídicos y Fallo
Todo o gran parte del utilizado en el 11-M y Leganés procedía de Mina Conchita.
No se puede determinar la marca de explosivo utilizado en los trenes. El utilizado fue dinamita plástica tipo Goma. No obstante “El tribunal, siguiendo un razonamiento lógico concluye que está probada la presencia de Goma 2 ECO en todos los trenes” e “impide descartar la presencia de pequeñas cantidades de otras marcas o clases de dinamitas”.
La guardia civil encontró en Mina Conchita Goma 2 EC y Goma 2 ECO, esta última en mejor estado.
Desfase de anotado/consumido en los libros, de 50 Kg. Goma 2 ECO en el consumo correspondiente al 1 de marzo de 2004.
El explosivo encontrado en las vías del AVE era Goma 2 ECO.
El explosivo detonado en Leganés y el encontrado posteriormente a la explosión, también era Goma 2 ECO.
“La falta de determinación exacta de la marca de la totalidad del explosivo no impide llegar a conclusiones jurídico-penalmente relevantes…, como se verá a continuación, está plenamente acreditado el tráfico de explosivos desde Asturias con destino al grupo terrorista que cometió los atentados de Madrid y Leganés”.
Capítulo IV. Autoría
http://www.datadiar.tv/juicio11m/#
Enlace: Hechos probados
Enlace.: Fundamentos Jurídicos y Fallo
ETA
La defensa de Jamal ZOUGAM presentó una amplia tesis alternativa, según la cual, los atentados los cometió ETA. Constan 9 informes. “Ninguna de estas pruebas, sometidas a contradicción en el plenario, avala la tesis alternativa de la defensa”.
Al Qaida
Leganés: “Entre las ruinas fueron encontradas dos cintas de vídeo”… “Las cintas contenían grabaciones con reivindicaciones de los atentados del 11 de Marzo y ambas eran de la marca TDK”…“Así mismo se recuperaron vídeos sobre campamentos de AL QAEDA y sobre la organización terrorista ANSAR AL SUNNAH, en concreto una referida al atentado contra los miembros del CNI español en Iraq el 29 de noviembre de 2003”.
http://www.abc.es/20071108/nacional-naci...81325.html
http://www.elmundo.es/elmundo/2007/11/08...23605.html
Vídeo revindicando los atentados, con sucesión de imágenes de la Guerra de Iraq, acompañadas de amenazas a Australia, Reino Unido, España y Estados Unidos, mostrando imágenes de las personas a las que consideran responsables: George W. Bush, José María Aznar y Tony Blair. Incluyen hasta una de las famosas fotografías de las Azores.
“Durante su estancia el tío (Youssef BELHADJ) del procesado (Mohamed Moussaten) le dijo que era miembro de Al Qaeda, le mostró páginas web de acceso restringido con imágenes de preparación de individuos para cometer atentados suicidas”. “No está probado que Youssef BELJHADJ sea dirigente de uno de los grupos teroristas que se engloban bajo la denominación, cada vez más genérica, de Al Qaeda”.
Multiples referencias a la Yihad en la sentencia. Definiciones:
http://es.wikipedia.org/wiki/Islamismo_yihadista
http://es.wikipedia.org/wiki/Yihad
Los suicidas junto con los procesados, “son miembros de células o grupos terroristas de tipo yihadista que, por lo que ahora interesa, mediante el uso de la violencia en todas sus manifestaciones, pretenden derrocar los regímenes democráticos y eliminar la cultura de tradición cristiano-occidental sustituyéndolos por un Estado islámico bajo el imperio de la sharia o ley islámica en su interpretación más radical, extrema y minoritaria”.
