10-11-2007, 09:09:36
(This post was last modified: 10-11-2007, 09:11:42 by morenohijazo.)
Sobre el respaldo de la instrucción de Juan del Olmo, yo he entenddo la frase de Gobi como que no existe ningún párrafo en el que se jalee explícitamente el trabajo de De Olmo y de la Fiscalía. (Al estilo de "Del Olmo, del Olmo, del Olmo es ********, como del Olmo, no hay ninguno"
)
Ello, según lo consideres, puede ser verdad, pero toda la Sentencia es un respaldarazo a la instrucción. Encuentras por toda ella párrafos en los que se desestiman los recursos y los arumentos que se han ido desgranado contra el trabajo del juez instructor.
Por ejemplo, elijo uno al azar:
Además, supongo que no es común en las sentencias extenderse en párrafos laudatorios de la labor instructuora. Eso se da por hecho, y sentaría un precedente que no estoy seguro de que fuera bueno. Los conspis, la próxima vez que un juzgado no alabase el esfuerzo de los anteriores, dirían ¿ve?, no ha dicho que la instrucción fuera buena.
Por otro lado, yo no pude oír la lectura de las entencia, pero quizás antes de leerla sí que dijera algo sobre el trabajo de del Olmo, que no queda, lógicamente, incluido en la sentencia. ¿Os suena?
) Ello, según lo consideres, puede ser verdad, pero toda la Sentencia es un respaldarazo a la instrucción. Encuentras por toda ella párrafos en los que se desestiman los recursos y los arumentos que se han ido desgranado contra el trabajo del juez instructor.
Por ejemplo, elijo uno al azar:
Quote:3. El matiz que parece querer introducir la defensa de que lo que no hay es autorización del Juzgado Central de Instrucción núm. 6 -juzgado instructor de este sumario- es inane a los efectos de una posible vulneración del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones -art. 18.3 CE-.Y otro:
Quote:Así pues, el juez de guardia, en unas diligencias declaradas secretas por el Juzgado Central de Instrucción núm. 6, es informado de la detención de una nueva persona, se le solicita la incomunicación y, para la búsqueda de documentos, prueba y otros vestigios, se le pide que autorice la entrada y registro en su domicilio, todo ello a raíz de las investigaciones para el esclarecimiento de los atentados del 11 de Marzo de 2004.Y así varias decenas.
A la luz de esa circunstancias la decisión es proporcional y adecuada a la enorme gravedad del hecho y se adoptó con todas las garantías y requisitos legales (véase el razonamiento segundo).
Además, supongo que no es común en las sentencias extenderse en párrafos laudatorios de la labor instructuora. Eso se da por hecho, y sentaría un precedente que no estoy seguro de que fuera bueno. Los conspis, la próxima vez que un juzgado no alabase el esfuerzo de los anteriores, dirían ¿ve?, no ha dicho que la instrucción fuera buena.
Por otro lado, yo no pude oír la lectura de las entencia, pero quizás antes de leerla sí que dijera algo sobre el trabajo de del Olmo, que no queda, lógicamente, incluido en la sentencia. ¿Os suena?
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
