27-01-2008, 15:53:57
(This post was last modified: 27-01-2008, 15:59:21 by morenohijazo.)
Una cosa... Carmen Baladia ya no es Directora del Instituto Anatómico Forense. De hecho, el IAF ha quedado, creo, integrado en el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid. Ignoro como se hacía antes el nombramiento de Director, pero me imagino que no sería muy diferente a como es ahora, pues imagino que lo que ha producido es un traspaso y reorganización de servicios a la Comunidad de Madrid, tocando poco el organigrama
Veamos cómo es el Instituto de Medicina Legal:
http://www.madrid.org/wleg/servlet/Servi...cdestado=P
Si se sintió desplazada por el Gobierno actual cuando se eligiera otro Director, ello supondría un motivo de rencor contra la actual Administración.
El Doctor Pera, supongo que sería el Subdirector, tiene como funciones:
El Director, cuando se va, no nombra a nadie (salvo que el cargo de Subdirector estuviese vacante, que en el caso del 11-M bien podría ser) Pero aun en el caso de que nombre un Subdirector en funciones, de ninguna de las maneras podrá interferir en el Servicio que sea.
Para que sea más cercano... Si ustedes ingresan en un hospital con una neumonía, lo tratará el Servicio de Infecciosas. Y ya puede decir misa el Subdirector y opinar que hay que poner un antibiótico más barato o más caro, que (afortunadamente) los servicios gozan de una total autonomía en cuanto a su trabajo. En el caso que nos ocupa, el Servicio de Antropología Forense...
Ignoro si anteriormente al IML, el IAF funcionaba así, pero me juego el cuello a que sí.
Ni usurpación de funciones ni nada de nada.
¿La prueba? ¿Se creen que el Doctor Pera es tonto, hombre? Si le hubieran humillado públicamente ya hubiera protestado, ya. Y ¿a que no saben de quién depende el IML actualmente? De la Comunidad de Madrid, donde gobierna el PP.O sea, que si Prieto cometió una usurpación, ya lo tuvo que hacer bien, ya...
Veamos cómo es el Instituto de Medicina Legal:
http://www.madrid.org/wleg/servlet/Servi...cdestado=P
Quote:1. El Director del Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid será nombrado mediante el sistema de Libre Designación y conforme a lo establecido en el artículo 5.1 del Reglamento de los Institutos de Medicina Legal, aprobado por Real Decreto 386/1996, de 1 de marzo. (http://noticias.juridicas.com/base_datos...6.html#ddu)¡Ja! El Director del Instituto de Medicina Legal es un cargo de libre designación ¿Era también nombrado por la superioridad el Director del Instituto Anatómico Forense antes de ser absorbido? Imagino que sí. Consecuencias. El Director del Instituto no tiene que ser ni el mejor forense, ni el de mayor curriculo, ni el de mayor prestigio, y no tiene mayores funciones que:
Quote:a) Ejercer la representación del Instituto.Es decir, funciones representativas y organizativas, pero en ningún caso su opinión tiene mayor validez, en un caso determinado, que el de otro compañero. No puedo dejar de recordar, cuando leo el punto f) en Ramirez (el malo) que se atrevió a "velar por el prestigio y buen funcionamiento de su Servicio" y los conspiracionistas pidieron su encarcelamiento
b) Elaborar el plan anual de actuación del Instituto, que será aprobado por la Dirección General competente en materia de relaciones con la Administración de Justicia.
c) Coordinar y asignar de forma equitativa y ponderada los trabajos que tienen que realizarse.
d) Velar por el exacto cumplimiento de las funciones de los médicos forenses y del resto de personal que depende del Instituto, y prestarles la cooperación necesaria para el correcto ejercicio de sus funciones.
e) Organizar, en función de las áreas territoriales y a propuesta del Consejo de Dirección y en el marco de la normativa vigente, los turnos de guardia del personal del Instituto.
f) Velar en el orden administrativo y laboral por el buen funcionamiento de los Servicios Técnicos del Instituto, dirigiendo su actuación, impartiendo las órdenes oportunas y asumiendo la Jefatura de Personal respecto del personal integrante de los mismos.
g) Presentar ante la Dirección General a la que está adscrito la memoria anual elaborada por el Consejo, de los servicios, trabajos y actuaciones del Instituto.
h) Elaborar y presentar, previa aprobación del Consejo de Dirección, a la Dirección General competente en materia de relaciones con la Administración de Justicia, la propuesta anual de necesidades del Instituto.
i) Proponer a la Dirección General competente en materia de relaciones con la Administración de Justicia, las modificaciones de la relación de puestos de trabajo del Instituto, oído el Consejo de Dirección.
j) Ejercer todas las funciones que le vengan atribuidas por el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses y el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal.
Si se sintió desplazada por el Gobierno actual cuando se eligiera otro Director, ello supondría un motivo de rencor contra la actual Administración.
El Doctor Pera, supongo que sería el Subdirector, tiene como funciones:
Quote:1. El Subdirector del Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid será nombrado mediante el sistema de Libre Designación y conforme a lo establecido en el artículo 6.1 del Reglamento de los Institutos de Medicina Legal, aprobado por Real Decreto 386/1996, de 1 de marzo.Desde luego, en ningún caso existe una usurpación de funciones por Prieto ni chorradas por el estilo que denuncia Libertad Digital. Sólo alguien que desconozca cómo funcionan estos servicios, y tancándido, o malintencionado como un ppeón, puede creerse esa majadería de:
2. Corresponde al Subdirector auxiliar al Director en el ejercicio de las funciones de este y sustituirle en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
Quote:"En su lugar, Carmen Baladía había dejado como responsable del Instituto al doctor Pera, como director en funciones. Sin embargo, quien se hizo cargo de la situación tras la explosión del piso de Leganés no fue el doctor Pera, sino el jefe de la Sección de Antropología del Instituto, José Luis Prieto Carrero, que hizo caso omiso del director en funciones y se puso al mando de todo lo relacionado con los cuerpos de los “suicidas”, sin que el doctor Pera pudiera impedirlo."El Director de un Sevicio como el IML, y me imagino que antes el IAF funcionaría igual, no puede interferir en los trabajos, investigaciones, informes de los servicios qe dirige y coordina. ¡Estaría bueno! Sólo en caso de flagrante metedura de pata, como es el caso de Escribano con sus bóricos, puede darse el caso de que un Jefe desautorice a sus subordinados, por el prestigo del Instituto. Pero éste no es el caso.
El Director, cuando se va, no nombra a nadie (salvo que el cargo de Subdirector estuviese vacante, que en el caso del 11-M bien podría ser) Pero aun en el caso de que nombre un Subdirector en funciones, de ninguna de las maneras podrá interferir en el Servicio que sea.
Para que sea más cercano... Si ustedes ingresan en un hospital con una neumonía, lo tratará el Servicio de Infecciosas. Y ya puede decir misa el Subdirector y opinar que hay que poner un antibiótico más barato o más caro, que (afortunadamente) los servicios gozan de una total autonomía en cuanto a su trabajo. En el caso que nos ocupa, el Servicio de Antropología Forense...
Ignoro si anteriormente al IML, el IAF funcionaba así, pero me juego el cuello a que sí.
Ni usurpación de funciones ni nada de nada.
¿La prueba? ¿Se creen que el Doctor Pera es tonto, hombre? Si le hubieran humillado públicamente ya hubiera protestado, ya. Y ¿a que no saben de quién depende el IML actualmente? De la Comunidad de Madrid, donde gobierna el PP.O sea, que si Prieto cometió una usurpación, ya lo tuvo que hacer bien, ya...
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
