15-11-2006, 16:29:29
Hola otra vez PPlanduska
Ababo de ver tu contestación a diversas cuestiones que se han planteado en el foro. Desgracidamente salgo en este momento de viaje, pero no quería hacerlo sin aclarar una cuestión.
Señalas que:
"Gracias Lejíaneutra. Ahora leamos bien el texto pegado y observemos que la labor del Jefe de Laboratorio no es revisar los borradores de los informes periciales sino los informes periciales. Esto es importante porque durante bastante tiempo se sostuvo en este mismo foro, por Santano en la Cuatro y en la Nota informativa de la Comisaría General de Policía Científica “que el otro documento al que se hace referencia en el citado diario [el informe original de los peritos], es un simple borrador.” Bueno, ya sabemos que no era un borrador sino un informe pericial sometido a revisión. El propio Auto de Garzón consideraba el “borrador” documento oficial, pero insisto en este tema porque fueron muchos los que repitieron y repitieron que el informe original era un borrador. Luego se ha corrido un tupido velo sobre aquellas explicaciones, tanto en este foro como en la VO, que ya no habla de borrador. (¿¿??)"
Yo soy uno de los que denomina "borrador" a primer documento, y quiza va siendo hora de examinar si lo hago correctamente.
Tal y como señalas, el primer documento era un "informe pericial sometido a revisión". ¿Qué significa eso? Bueno, teniendo en cuenta que "revisión" es el acto de revisar, y que "revisar" es "Someter algo a nuevo examen para corregirlo, enmendarlo o repararlo", nos encontramos con que el primer documento era un informe pericial pendiente de ser sometido a nuevo examen para corregirlo o enmendarlo. Por una curiosa coincidencia, "borrador" es "Escrito provisional en que pueden hacerse modificaciones". ¿Pueden realizarse modificaciones en un "informe pericial sometido a revisión"? Pues sí, ya que, como hemos dicho, se ecuentra sometido a examene para corregirlo o enmendarlo.
Puede parecer triste, pero, en castellano, un "informe pericial sometido a revisión" es un "borrador".
Espero seguir con tu interesante mensaje en un par de días, pero creo que había que dajar clara esta importante trivialidad
Un saludo
Ababo de ver tu contestación a diversas cuestiones que se han planteado en el foro. Desgracidamente salgo en este momento de viaje, pero no quería hacerlo sin aclarar una cuestión.
Señalas que:
"Gracias Lejíaneutra. Ahora leamos bien el texto pegado y observemos que la labor del Jefe de Laboratorio no es revisar los borradores de los informes periciales sino los informes periciales. Esto es importante porque durante bastante tiempo se sostuvo en este mismo foro, por Santano en la Cuatro y en la Nota informativa de la Comisaría General de Policía Científica “que el otro documento al que se hace referencia en el citado diario [el informe original de los peritos], es un simple borrador.” Bueno, ya sabemos que no era un borrador sino un informe pericial sometido a revisión. El propio Auto de Garzón consideraba el “borrador” documento oficial, pero insisto en este tema porque fueron muchos los que repitieron y repitieron que el informe original era un borrador. Luego se ha corrido un tupido velo sobre aquellas explicaciones, tanto en este foro como en la VO, que ya no habla de borrador. (¿¿??)"
Yo soy uno de los que denomina "borrador" a primer documento, y quiza va siendo hora de examinar si lo hago correctamente.
Tal y como señalas, el primer documento era un "informe pericial sometido a revisión". ¿Qué significa eso? Bueno, teniendo en cuenta que "revisión" es el acto de revisar, y que "revisar" es "Someter algo a nuevo examen para corregirlo, enmendarlo o repararlo", nos encontramos con que el primer documento era un informe pericial pendiente de ser sometido a nuevo examen para corregirlo o enmendarlo. Por una curiosa coincidencia, "borrador" es "Escrito provisional en que pueden hacerse modificaciones". ¿Pueden realizarse modificaciones en un "informe pericial sometido a revisión"? Pues sí, ya que, como hemos dicho, se ecuentra sometido a examene para corregirlo o enmendarlo.
Puede parecer triste, pero, en castellano, un "informe pericial sometido a revisión" es un "borrador".
Espero seguir con tu interesante mensaje en un par de días, pero creo que había que dajar clara esta importante trivialidad
Un saludo
