15-05-2008, 14:19:12
morenohijazo Wrote:La trascendencia es que si el informe radiológico se realizó tanto tiempo después que los análisis de ADN, los radiólogos podrían (o deberían) haber utilizado esos datos a la hora de elaborar sus conclusiones.pinganilla Wrote:La fecha del estudio es de noviembre de 2004, aunque se supone que es un error porque durante el juicio se dijo que el oficio que acompañaba éste tenía fecha de salida del IAF del mes de abril... pero bueno... el informe de ADN del Instituto de Toxicología en el que se había determinado la presencia de 7 perfiles genéticos es también de abril, y de él se desprende que el resto 1 era la mitad de arriba del cadáver 625, y el resto 14 (columna vertebral) corresponde al cadáver 630, así que de 6 cuerpos, nada de nada, ya podrían haberlo sabido los radiólogos al emitir su informe.Sí. ya se comentó el el Juicio. No tiene la menor trascendencia.
Quote:sentencia pags. 448 y ss dijo:concretamente, tres autorizaciones para otros tantos cadáveres.
Así, en los folios 101 y sigs. de la pieza separada de Leganés, aparecen las autorizaciones judiciales del Juzgado Central de Instrucción núm. 3 -competente en aquel momento- para el traslado de restos de diversos varones sin identificar al instituto anatómico forense,
Quote:(detalle: son los del IAF los que solicitan autorización al juzgado para realizar un estudio de los cadáveres, no el juzgado el que ordena hacer un estudio. ¿curioso, no? ¿o es normal?)
morenohijazo Wrote:Sí, es normal. El juzgado nº 3 solicita el consurso del IAF, firmando el Forense del Juzgado (Dr. Canelada) con la autorización del Juez. Pero para determinadas prácticas, esudios, análisis, etc, los forenses del IAF deben contar con la autorización del juez. Todo, todo, todo, tiene que ser autorizado por un juez.Verá, creo que no me he explicado bien.
1º El juzgado ordena el traslado de los cadáveres, pero no su estudio o autopsia
2º El IAF, mediante llamada telefónica, solicita al juzgado el permiso para hacer un estudio de los cadáveres y para toma de muestras para estudio de ADN .
3º El juzgado nº 3 autoriza mediante escrito y por fax al laboratorio de antropología, el estudio antropológico de los cadáveres y la toma de muestras para análisis genético por los técnicos del I. de toxicología y por miembros de la policía científica.
Eso es lo que me extraña. ¿es normal que del juzgado no ordenen realizar autopsias? ¿que tenga que ser un forense el que lo solicite?
