23-07-2008, 20:00:58
Errante Wrote:Yo lo veo así de claro.ElKoko Wrote:Yo creo que sí es problema nuestro; existe una dicotomía entre proteger sus derechos fundamentales y proteger los derechos fundamentales de las posibles víctimas de una persona (de ideas radicales y violentas) que podría dar el paso que no ha podido ser probado en nuestro Estado de Derecho.Entonces, ¿estamos obligados a conceder asilo a todos los que, por razón de su acreditada vinculación con el extremismo radical de caracter yihadista, salen huyendo de sus paises y entran (o están ya) irregularmente en España?
Si tenemos datos que nos permiten sospechar fundadamente de una vulneración inminente de los derechos fundamentales de esa persona, es, bajo mi punto de vista, nuestra obligación evitar esa vulneración, ya que el paso que ha de dar esa persona para vulnerar los derechos fundamentales de terceros (que se le ocurra pasar a la acción y que cometa un atentado, vamos) es un futurible que puede que ocurra, pero también puede que no ocurra.
¿Qué hacemos con ellos, sino repatriarlos a sus lugares de origen cumpliendo la legalidad española?
