19-10-2008, 17:19:27
morenohijazo Wrote:Espero que te equivoques...Ya que no te contestan los juristas que frecuentan el foro, te voy a dar mi opinión de lego, aunque interesado por estos temas. Debería empezar como empiezan los peones "Yo no tengo ni puta idea de leyes ni de procedimientos pero creo de que...". Así pues mis disculpas si cometo algún error.
Pregunta no capciosa, sino de lego: en caso de haber sido no competente para juzgar (por ser competencia de la AN los ataques a las instituciones) o juzgar que corresponde a los particulares defender el honor lesionado ¿no debería haberlo dicho ya el juez?
No sé, me parece que el Auto del otro día es una buena noticia: el juez parece estar dispuesto a ir a juicio.
Lo que ha solicitado el juez no es la apertura del juicio oral sino que ha requerido a las partes para que decidan si lo solicitan o no. En este punto la pelota está en el tejado de los abogados del SUP ya que es ahora cuando deben concretar la denuncia en un escrito de acusación e indicar qué preceptos legales ha incumplido supuestamente Losantos.
Si el SUP alega lo que dije en mi post anterior; bien defensa del honor de policías concretos, bien defensa del honor de la institución policial, la defensa o el ministerio fiscal podrán alegar lo que igualmente dije antes: falta de representatividad de SUP y/o falta de competencia del juzgado.
Tanto una carencia como otra la puede determinar el propio juez instructor o la sala a la que está adscrito, y ambas pueden producirse en cualquier momento del procedimiento.
Recordemos que la idoneidad (competencia) para juzgar un caso llega, en algunos casos, hasta el final del proceso: la propia sentencia del juicio oral. En el caso del ácido bórico la mitad de la sentencia se dedicó a justificar por qué el juzgado era competente para dilucidar en el asunto. Entonces, lo que argumentaban las defensas era, desde la fase de instrucción, que no se podía iniciar juicio oral porque no existía acusación particular o pública que apoyara la imputación.
Si el juzgado de Madrid en que se está tratando el caso determina en algún momento que no es competente para juzgar el asunto éste quedará en una especie de limbo jurídico ya que llegó hasta la Audiencia de Madrid desde la Audiencia Nacional que fue donde inicialmente se presentó la denuncia.
En aquel momento, el fiscal Gordillo se mostró partidario de intervenir en la causa por considerar a la Policía como una de las instituciones del Estado pero el juez Pedraz consideró que no era así y lo derivó a la Audiencia de Madrid.
Lo peor, para mí, que puede suceder si Losantos se libra de esta denuncia por razones de procedimiento es la lectura que de ello harán sus seguidores. No entenderán que los delitos existen o pueden existir y que estaba mal planteada la denuncia sino que darán por hecho que se "ha demostrado" que Losantos tenía razón y que decenas de policías, jueces y funcionarios del Estado están implicados en la masacre.
Algo parecido sucedió con la denuncia que le puso Pilar Manjón que si la hubiera puesto por injurias o calumnias creo que hubiera seguido adelante pero que, al ponerla por humillar a las víctimas del terrorismo, fue desestimada.
