GAVILAN Wrote:Los sumarios judiciales son por definición legal reservados, es decir, su conocimiento está reservado a las partes en el procedimiento. El enjuiciamiento se hace siguiendo el principio de oralidad y publicidad y allí es donde se practica la prueba, de manera que esta es la forma de acceso de los ciudadano. Luego existe la posibilidad de decretar el secreto de sumario por un periodo restringido, que se puede prorrogar, por una serie de motivos tasados por la ley como evitar la desaparición de pruebas durante el periodo de instrucción.Quote:Por lo tanto...En mi opinión, una vez dictada sentencia por el Supremo, no debe haber problema para hacer público el sumario, excepto:
-Bien pueden hacerlo público, y no lo hacen, con lo que se portan como el comunista aquel del chiste ("no, las moto no se socializan, que moto tengo..."); por lo tanto, no sé de qué protestan (véase capítulo pajas y vigas en ojos)
-Bien no pueden hacerlo público, por posibles problemas legales, y por lo tanto saben que quien tiene el Sumario tampoco puede hacerlo público.
--- Partes del sumario, que se incorporaran como clasificadas y entonces o después no se hayan desclasificado. (yo creo, que clasificadas al día de hoy son excepción)
--- Aquellas pruebas -esencialmente graficas- que puedan afectar la intimidad o al honor de alguna persona o a la dignidad de las victimas.
En estas partes puede haber problemas legales, por las limitaciones inherentes a dichos documentos escritos o gráficos.
Lo demás ¿por qué no?. Ya se hizo público en la vista oral televisada.
Es una opinión. ¿Alguien puede aportar una visión más completa, con incorporación de normas en que sustentar una u otra consideración?.
Lo de publicitar el sumario es de lo más interesante que, ahora, se puede hacer, sobre tdodo para los que somos estudiosos del tema a largo plazo.
Sucede en España que ya quedó claro en doctrina del TC que en la publicación del contenido de un sumario (en un medio) prima el derecho a la Información y que el deber de secreto afecta a quienes están obligados a guardarlo y lo conocen por motivo de su participación en el mismo. Por lo tanto, la única forma de castigar esa ruptura de la reserva de los papeles judiciales sería saber qué parte o funcionario los ha filtrado pero los periodistas tienen derecho constitucional a proteger sus fuentes, de modo y manera que la reserva de la documentación judicial se ha convertido en tal cachondeo en España que ya resulta que estamos convencidos de que el destino natural de los papeles judiciales es andar por todas partes. En Europa esto les alucina. No sucede para nada lo mismo en los países de nuestro entorno. De hecho en Alemania el Código Penal castiga directamente a los medios que lo publiquen de forma que se libran muy mucho de saltarse la norma.
En los sumarios se condensa una enorme cantidad de información sobre personas sometidas al procedimiento y otras a las que toca de refilón. Si a alguno de nosotros le sucediera verse implicado, aunque fuera de rebote como testigo, en un asesinato, por ejemplo, no le gustaría lo más mínimo que todos los datos sobre él y su intimidad que una investigación de este tipo deja al descubierto anduvieran colgados por internet.
En el caso del 11 M, por ejemplo, en el sumario están todas las fotos de los cadáveres en los trenes, etc.....
Por cierto ¡¡¡¡Feliz Año 2009 a todos!!!!
