02-03-2009, 15:38:51
Entiendo que se ha corregido la ley para ampliarla a casos de especial desvalimiento. locual me parece razónable.
Lo que no me parece claro es que se esté aplicando de manera que resulte discriminatoria para el hombre. No soy un experto, pero según tengo entendido, la ley sigue penando de manera distinta la misma agresión, según quién la realiza (lo que dice larean de "mal redactada")
Si no veo mal (ruego me indiquéis, en su caso, un enlace donde consultar la Ley completa) el Código Penal ha quedado como sigue:
Artículo 147. 1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de seis meses a tres años, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
Con la misma pena será castigado el que, en el plazo de un año, haya realizado cuatro veces la acción descrita en el artículo 617 de este Código.
2. No obstante, el hecho descrito en el apartado anterior será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses, cuando sea de menor gravedad, atendidos el medio empleado o el resultado producido.
Artículo 148. Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido:
1.º Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
2.º Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía.
3.º Si la víctima fuere menor de doce años o incapaz.
4.º Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
5.º Si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
La pena del que agrede a su mujer queda automáticamente agravada, aunque ésta sea mayor que un mallo y el esposo un pitufo. Y la agresión cometida, fíjense, equiparable al que lesiona a un niño menor de doce años, un oligofrénico, un paralítico...
Efectivamente, todo queda en función del juez, que puede decidir, leo, imponer la pena en su mitad inferior... pero ahí viene la segunda parte. Dicho juez, en muchas ocasiones, es estigmatizado como "machista" (¡aunque sea una mujer!) y a la segunda o tercera sentencia que disguste a la Asociación de turno, aparece en la prensa, siempre ávida de dichas noticias. Y esa es, también, la explicación de que haya tan pocas denuncias contra quienes las ponen. Los jueces tienen malas experiencias cuando se salen de lo "políticamente correcto". En Sanidad sucede una cosa parecida. Hay muchísimas falsas denuncias, algunas clarísimamente llevadas por el asunto crematístico, pero pocos jueces intervienen contra ellas. Habitualmente, incluso, ni siquiera les hacen pagar costas, con lo que la mayoría salen de rositas.
Pero no es mi intención, ojo, defender al sexo débil (el varón) por defenderlo. Pienso que deberían imponerse duras sanciones a quien cometa agresiones... sea hombre o mujer. Y debería evitarse las falsas denuncias mediante duras sanciones.
Y estoy de acuerdo con Arautiam sobre la diferencia entre "violencia machista" y bronca ocasional. Imaginen una discusión por aparcamiento, o por un motociclista que se nos cruza, un ceda el paso que no se hace, con unas palabras de más; es cosa que ocurre miles de veces en cada una de nuestras ciudades. ¿Alguien vería normal tratar ese caso como "violencia ciudadana" y sancionarlo como lesiones? Pues, en muchos casos, en los juzgados se presentan casos de supuesta "violencia psíquica" que consiste en un insulto proferido en una discusión, una frase despreciativa del tipo "pues tu medre es una verdulera", y quesuelen ser frases dichas por las dos partes, en el acaloro de la bronca, pero que sistemáticamente recibirán mayosr consideración los insultos del marido que los de la esposa... ¿qué pareja no discute unas decenas de veces en veinte años de relación?. No es comparable eso a la verdadera violencia machista. Y pagan justos por pecadores, personas cuyo corazón es de oro, y cuya vida queda arruinada.
La propia prensa colabora en esto. Sistemáticamente, en los casos en que una esposa asesina a su amante, la estrategia defensiva casi siempre reposa en los malos tratos sufridos. (recordemos la "dulce Neus", el caso del asesoramiento del Tribunal Constitucional, etc) La prensa, inicialmente, siempre concede credibilidad a las protestas de la supuesta víctima de malos tratos, que en algunos casos cuentan la verdad, pero en otros no son más que personas sin escrúpulos que buscan burlar la ley. La prensa suele aclarar algunos (no todos) de éstos últmos casos, pero generalmente no con el mismo alarde tipográfico con que denunciaron que el asesinado hacía objeto de malos tratos a su pareja...
Lo que no me parece claro es que se esté aplicando de manera que resulte discriminatoria para el hombre. No soy un experto, pero según tengo entendido, la ley sigue penando de manera distinta la misma agresión, según quién la realiza (lo que dice larean de "mal redactada")
Si no veo mal (ruego me indiquéis, en su caso, un enlace donde consultar la Ley completa) el Código Penal ha quedado como sigue:
Artículo 147. 1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de seis meses a tres años, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
Con la misma pena será castigado el que, en el plazo de un año, haya realizado cuatro veces la acción descrita en el artículo 617 de este Código.
2. No obstante, el hecho descrito en el apartado anterior será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses, cuando sea de menor gravedad, atendidos el medio empleado o el resultado producido.
Artículo 148. Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido:
1.º Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
2.º Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía.
3.º Si la víctima fuere menor de doce años o incapaz.
4.º Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
5.º Si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
La pena del que agrede a su mujer queda automáticamente agravada, aunque ésta sea mayor que un mallo y el esposo un pitufo. Y la agresión cometida, fíjense, equiparable al que lesiona a un niño menor de doce años, un oligofrénico, un paralítico...
Efectivamente, todo queda en función del juez, que puede decidir, leo, imponer la pena en su mitad inferior... pero ahí viene la segunda parte. Dicho juez, en muchas ocasiones, es estigmatizado como "machista" (¡aunque sea una mujer!) y a la segunda o tercera sentencia que disguste a la Asociación de turno, aparece en la prensa, siempre ávida de dichas noticias. Y esa es, también, la explicación de que haya tan pocas denuncias contra quienes las ponen. Los jueces tienen malas experiencias cuando se salen de lo "políticamente correcto". En Sanidad sucede una cosa parecida. Hay muchísimas falsas denuncias, algunas clarísimamente llevadas por el asunto crematístico, pero pocos jueces intervienen contra ellas. Habitualmente, incluso, ni siquiera les hacen pagar costas, con lo que la mayoría salen de rositas.
Pero no es mi intención, ojo, defender al sexo débil (el varón) por defenderlo. Pienso que deberían imponerse duras sanciones a quien cometa agresiones... sea hombre o mujer. Y debería evitarse las falsas denuncias mediante duras sanciones.
Y estoy de acuerdo con Arautiam sobre la diferencia entre "violencia machista" y bronca ocasional. Imaginen una discusión por aparcamiento, o por un motociclista que se nos cruza, un ceda el paso que no se hace, con unas palabras de más; es cosa que ocurre miles de veces en cada una de nuestras ciudades. ¿Alguien vería normal tratar ese caso como "violencia ciudadana" y sancionarlo como lesiones? Pues, en muchos casos, en los juzgados se presentan casos de supuesta "violencia psíquica" que consiste en un insulto proferido en una discusión, una frase despreciativa del tipo "pues tu medre es una verdulera", y quesuelen ser frases dichas por las dos partes, en el acaloro de la bronca, pero que sistemáticamente recibirán mayosr consideración los insultos del marido que los de la esposa... ¿qué pareja no discute unas decenas de veces en veinte años de relación?. No es comparable eso a la verdadera violencia machista. Y pagan justos por pecadores, personas cuyo corazón es de oro, y cuya vida queda arruinada.
La propia prensa colabora en esto. Sistemáticamente, en los casos en que una esposa asesina a su amante, la estrategia defensiva casi siempre reposa en los malos tratos sufridos. (recordemos la "dulce Neus", el caso del asesoramiento del Tribunal Constitucional, etc) La prensa, inicialmente, siempre concede credibilidad a las protestas de la supuesta víctima de malos tratos, que en algunos casos cuentan la verdad, pero en otros no son más que personas sin escrúpulos que buscan burlar la ley. La prensa suele aclarar algunos (no todos) de éstos últmos casos, pero generalmente no con el mismo alarde tipográfico con que denunciaron que el asesinado hacía objeto de malos tratos a su pareja...
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
