06-03-2009, 21:10:45
viana Wrote:El abad de cuca (luego repuesto a su título anterior, de abad de la cucaña) le comenta que entiende que eso es sólo válido para las medidas de protección (Capítulo –no Título como dice el Abad- IV de la Ley) pero no para la sentencia; a lo que Empe le reitera que no es así ya que la ley prevé la condena con la única prueba de la denuncia (más o menos y matices aparte).
En primer lugar, a ver si vamos dejando en paz a mi «cuca», que con el cachondeíto se me queda cabizbaja. ¡Qué afición tenéis agunos a meter los dedos en las heridas del pójimo! Mi abadía, rica, alegre y goliardesca es la de la tierra de Cucaña, donde los jamones crecen en los árboles.
En cuanto a mi cita de la ley, efectivamente, quería referirme al capítulo cuarto del título V.
