25-05-2009, 17:59:56
Quetza Wrote:Ilustre Colegio Oficial de Químicos de Madrid
COMUNICADO
En relación con las noticias aparecidas en varios medios de comunicación sobre el informe de D. Antonio Iglesias García relativo a los análisis de los explosivos utilizados en el atentado del 11-M, este Colegio Oficial de Químicos de Madrid desea informar:
1.(...)
2. El Colegio Oficial de Químicos de Madrid, al igual que los demás Colegios Profesionales, tiene entre sus competencias el visado de proyectos, informes, análisis, dictámenes, estudios o cualquier otro documento profesional de sus colegiados, cuyo visado acredita la titulación y competencia profesional del autor.
3. Los informes periciales firmados por un colegiado y visados por el Colegio, garantizan a la Sociedad que están hechos con imparcialidad por un profesional competente en la materia, ... El informe redactado por el Sr. Iglesias fue presentado en este Colegio a efectos de su visado que le fue otorgado por los requisitos expresados anteriormente, de la misma manera que los más de 1.400 visados efectuados por profesionales colegiados y tramitados hasta este momento.
4. La propiedad intelectual de los trabajos visados por el Colegio pertenece exclusivamente a sus autores y en ningún caso son de acceso a ningún otro profesional, sea colegiado o no.
5. El Colegio Oficial de Químicos de Madrid es completamente ajeno al contenido y uso, que de sus trabajos, puedan hacer los autores de los mismos.
La Comisión Permanente
Madrid, 18 de mayo de 2009
Hay algo que no entiendo muy bien.
Por un lado, el Colegio afirma que el objeto del visado es acreditar dos cosas: la titulación y competencia profesional del autor del informe (punto 2). Con lo cual -es evidente- el Colegio es por completo "ajeno al contenido y uso, que de sus trabajos, puedan hacer los autores de los mismos" (punto 5), pues no entra dentro de su cometido y alcance del visado el hacer valoraciones interpretativas, solo el comprobar que cumple con los requisitos.
Entre un punto -requisitos de titulación y competencia profesional- y otro -irresponsabilidad sobre el contenido y uso de lo visado-, lo que no alcanzo a comprender es qué pinta la referencia a la imparcialidad de los autores colegiados: "Los informes periciales firmados por un colegiado y visados por el Colegio, garantizan a la Sociedad que están hechos con imparcialidad por un profesional competente en la materia" (punto 3). De acuerdo en que el visado acredita la competencia profesional en la materia, pero ¿imparcialidad con respecto a qué y quiénes? ¿Es la imparcialidad otro requisito además de la capacitación y competencia profesional? ¿Cómo y qué determina la imparcialidad de un trabajo, tratándose de una cualidad valorativa del contenido del mismo, siendo al mismo tiempo que el Colegio no entra en el fondo del informe, que, sin embargo, se valora como imparcial? ¿? Y hablo en términos genéricos, independientemente del perito colegiado de que se trate.
Pero repito la pregunta principal: ¿Imparcialidad con respecto a qué y a quiénes garantiza el Colegio a la Sociedad que han sido hechos los informes por ellos visados?
Esa parte del comunicado no queda clara. Que me lo expliquen.
Y una última cosa. "...visado que le fue otorgado por los requisitos expresados anteriormente, de la misma manera que los más de 1.400 visados efectuados por profesionales colegiados y tramitados hasta este momento."
Si el químico colegiado peticionario de visado en su trabajo particular cumple los expresados requisitos de capacitación (titulación) y competencia profesional (¿¿y de imparcialidad??), ¿puede su Colegio negar el visado por cualquier otro motivo no contemplado en los requisitos?
