25-05-2009, 19:21:16
No le deis tantas vueltas. Detrás de toda la palabrería no hay más que una certificación obligatoria de tu condición de colegiado.
Por que, y esto es importante, hay obligación de visar los trabajos como especifica el Real Decreto 104/2003:
Por que, y esto es importante, hay obligación de visar los trabajos como especifica el Real Decreto 104/2003:
Real Decreto 104/2003 Wrote:Artículo 12. Deberes de los colegiados en el ejercicio de su actividad profesional.
Serán deberes de los colegiados:
Cumplir con las prescripciones legales que sean de obligada observancia en los trabajos profesionales que realice.
Someter a visado del Colegio correspondiente toda la documentación técnica o facultativa, proyectos, informes o cualesquiera otros trabajos que suscriba en el ejercicio de su profesión, cualquiera que sea el cliente o destinatario de aquéllos.
