08-07-2009, 18:16:22
ElKoko Wrote:Querella contra Sánchez Manzano Wrote:Pocos días después, la Policía Científica aseguraba al mismo Juez que la bomba de la T-4 estaba compuesta por amonal o amosal con metenamina.En ocasiones veo...
Querella contra Sánchez Manzano Wrote:En la sesión del juicio del 11-M correspondiente al 28 de mayo de 2007, la perito querellada se ratificó, a preguntas del Ilmo. Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional, en que recibieron en la unidad esos mismos materiales (“metal, plástico, telas, clavos diversos, restos de material aislante, tierras y sustancia pulverulenta de color rosado...”).
Conclusión: un ejército de TEDAX estuvo varios días (al menos el 11 y el 12 de marzo) recogiendo kilos y kilos de muestras de los doce focos de explosión: tierra de los cráteres, componentes electrónicos, impregnaciones en agua y en acetona, etc.
[Todas las negritas son del texto original de la querella]
Que sepáis que los clavos y tornillos los recogían a paladas, y las tierras con excavadoras.
No había leido la querella y, al leerte la conclusión, pensé que era cosa tuya, elkoko, que estabas en plan irónico, de cachondeo; pero no, lo dice De Pablo. Lo raro es que no dijera toneladas en lugar de kilos. Menudo disparate.
Quote:TERCERO.- Inciso: protocolo de actuación de la Policía Nacional para
investigar la marca del explosivo empleado en cualquier
atentado terrorista.
Antes de continuar con los hechos, haremos un breve esbozo del
protocolo de actuación que –desde hace décadas— siguen las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad para investigar el tipo de explosivo utilizado en
cualquier atentado terrorista.
En la investigación sobre el tipo de explosivo utilizado en cualquier
atentado terrorista participan siempre dos laboratorios policiales distintos:
el laboratorio de la Unidad Central de Desactivación de Explosivos y
NRBQ y el laboratorio de la Policía Científica.
El primero de ellos, el laboratorio de la Unidad Central de los
TEDAX-NRBQ, es un laboratorio con muy pocos medios materiales y
humanos que ni está homologado ni tiene el carácter de laboratorio oficial,
y que solo dispone de un único perito químico: la querellada perito con
carnet profesional 17632. Es un laboratorio que carece de medios
materiales para realizar análisis con valor científico.
He leido hasta este punto, y antes de continuar leyendo se me ocurre comentar lo siguiente sobre los protocolos: no es material querellable por ningún sitio, independientemente de que tratan de colar la especie de que el de los tedax no es un labotario oficial, cosa que ya está desmentida en la sentencia de referencia.
Esto es como lo del bórico. El cumplimiento o incumplimiento de "los protocolos" de trabajo podrá ser, en todo caso, objeto de sanción de tipo administrativo (que no la ha habido) o regularidad/irregularidad en el cumplimiento de normas o instrucciones internas, pero en ningún caso penal -no tiene correspondencia con ningún tipo de delito- como pretende la Asociación de tendencia conspiradora Pedrojotiana. Hasta donde he leido, este hecho tres, es todo una argumentación falaz, totalmente especulativa, que se adentra más en el juicio de intenciones de los querellados, preparando la atribución al alza de conductas delictivas en el desempeño de sus funciones, que no basada en pruebas. Se desmonta, con más o menos facilidad, desde ya su inicio:
No obstante de exponer De Pablo que se considere la querella de forma independiente a la sentencia de los atentados, para evitar la "cosa juzgada", pidiendo la apertura de diligencias previas para investigar los "hechos" relatados presuntamente delictivos, el abogado no puede evitar hacer continua referencia a dicha sentencia, que le sirve de base principal para plantear la querella. Por tanto, no es desligable una cosa de otra, y el fiscal habría de informar teniendo en cuenta, inescapablemente, esta circunstancia en su contexto más amplio.
Quote:Que siguiendo instrucciones de mi mandante, por medio del
presente escrito formulo QUERELLA CRIMINAL contra DON JUAN
JESÚS SÁNCHEZ MANZANO, contra la PERITO DEL CUERPO
NACIONAL DE POLICÍA CON CARNET PROFESIONAL Nº 17632,
y contra el resto de personas que la instrucción determine como
presuntos autores de los siguientes delitos:
• Un delito de omisión del deber de perseguir delitos (art. 408
del Código Penal).
• Un delito de encubrimiento por ocultación de pruebas (art.
451.2º del Código Penal)
• Un delito de falso testimonio (arts. 458, 459 y 460 del Código
Penal).
Asi pues, de unos hechos expuestos, relatados por el querellante tomando como referencia concretos hechos correspondientes a un juicio sentenciado, en cuyo procedimiento y transcurso ocurrieron los presuntos delitos de 1. omisión del deber de perseguir delitos y 2. encubrimiento por ocultación de pruebas...; si, precisamente, del resultado de las investigaciones sobre los explosivos (entre otras pruebas, que hábilmente omiten para hacer pender el todo en una sola parte) realizadas por los querellados (entre otros investigadores) llevan al tribunal a concluir una sentencia coherente y no contradictoria con dichos resultados, ¿dónde está la omisión de perseguir delitos y el encubrimiento (¿de qué delincuentes no encausados y condenados?) por ocultación de pruebas?. No; precisamente, la sentencia de la Audiencia y, posteriormente, el TS son el mejor aval de que no ha habido ni una cosa ni la otra. A esta querella, pues, bien que la podrían calificar como lo hizo el TS contra la de Manos Limpias.
Lo del falso testimonio, casi otro tanto. En cualquier caso, sufre de defecto procedimental, ya que es -creo- ante la Audiencia donde habrían de solicitar, razonadamente, la deducción de testimonio. Significativo es que se haga este mezcladillo en la querella para que, sabedores de su poco recorrido, que el destino que le espera es el archivo, les ofrezca al menos un lavado de cara; una excusa para que puedan acudir una vez más al victimismo y decir: "nosotros hemos cumplido; otra vez los conspiradores contra la verdad no quieren que se sepa la verdad", que ya se encargará Pedro J. y Losantos de clamarlo a los cuatro vientos: la criatura necesita alimento para afianzar el mito.

