08-07-2009, 20:57:15
Lior Wrote:Hermanita ¿los dos querellados podrían -una vez el tribunal le haga ¡zas, en toa la boca! a De Pablo y su querella- contraquerellarse (permítaseme el término)?
Yo supongo que sí. Al igual que el juez de la querella de AES estipuló que (según los peones) "se pusiera en conocimiento del mismo, a las personas que "oblicuamente", se mencionan en el escrito de denuncia: por si " pudiera existir alguna lesiòn dde sus derechos personalisimos"", o que el en caso de la querella de Manos Limpias se dedujera "testimonio de lo actuado con remisión al Juzgado Decano de los Madrid para su ulterior reparto al de Instrucción que por turno corresponda por si las mismas fueran constitutivas de un delito previsto y penado en el Capitulo V del Titulo XX del Código Penal", no veo por qué este caso va a ser distinto, por mucha "asociación de víctimas" que haya interpuesto la querella.
