09-07-2009, 14:17:00
Lo de la firma de un solo perito es ya un viejo tema que quedó zanjado en la propia sentencia de la AN y del TS, si no recuerdo mal. La afirmación de que los informes de los TEDAX no tienen nigún valor probatorio es de chiste, pero, por si acaso, pego aquí algunas referencias de jurisprudencia del TS y de la AN:
Quote:SAN, Penal sección 3 del 26 de Septiembre del 2008 ( ROJ: SAN 5733/2008)
Recurso: 43/2004 | Ponente: MARIA DE LOS ANGELES BARREIRO AVELLANEDA
In fine, la pericial del Tedax, ratificada por el funcionario NUM028 ya revela que los restos del explosivo del atentado coinciden posiblemente con el de Salamanca habida cuenta la capacidad rompedora de la dinamita en cuanto al compuesto Nitrato amónico nitroglicerina, en razón de los efectos producidos en el lugar de la explosión.
Quote:Audiencia Nacional (Sala de lo Penal, Sección 2ª)
Sentencia núm. 39/2008 de 25 septiembre
ARP 2009\129
Especialmente significativa resulta en este particular el informe pericial de los TEDAX de 20 de mayo de 1985 (folios 263 a 278). Al plenario comparecieron los funcionarios con carnet profesional NUM014 , NUM015 y NUM016 , ratificando su informe y afirmando que la carga explosiva estaba compuesta de 20 o 25 kilos de goma 2 y 50 kilos de tortillería en cada una de las cajas de los que se utilizan habitualmente en la vía férrea, tenía un dispositivo de radio control, las dos cargas estaban enfocadas para causar grandes daños si hubieren llegado a explotar. Así se acredita al folio 277 de las actuaciones, ñeque aparece formando parte del citado informe pericial un croquis con la situación del coche bomba, y del lugar donde habitualmente estacionan los vehículos de la Policía Nacional, a una distancia de unos 7 metros escasos.
Como ya señalamos con anterioridad el informe pericial que nos ocupa, contiene expresiones altamente significativas en relación a las dimensiones del artefacto, los efectos que el mismo pudiera producir y la finalidad que la banda terrorista perseguía con su colocación.
Todo lo cual sirve para enervar el derecho a la presunción de inocencia que asistía al acusado.
Quote:SAN, Penal sección 3 del 24 de Noviembre del 2008 ( ROJ: SAN 5727/2008)
Recurso: 10/1995 | Ponente: GUILLERMO RUIZ POLANCO
1) Prueba de la pertenencia de Soledad a ETA: […]
3) Prueba del transporte de los objetos -arma y explosivos- al repetido piso […].
4) Prueba de la clase y naturaleza de las sustancias halladas en tal registro: informes periciales policiales a los ff. 957 a 985, elaborados por los funcionarios Nº NUM013 y NUM014 (Tedax), ratificados en el plenario.
Quote:SAN, a 13 de Octubre del 2008
ROJ: SAN 5686/2008 Nº Recurso: 52/2005 Sección: 3
Ponente: MARIA DE LOS ANGELES BARREIRO AVELLANEDA
Paralelamente los agentes núm. NUM011 y NUM012 integrantes de los Tedax ratificaron su informe sobre de explosivos e instrumentos electrónicos y eléctricos; poniendo el acento en que también las granadas constituían material habitual de E.T.A. Estaba en buen funcionamiento todo, destacaron que había preparativos a base de elementos eléctricos y electrónicos pero que se necesitan conocimientos técnicos para su utilización.
Quote:Tribunal Supremo (Sala de lo Penal)
Auto núm. 1099/2006 de 11 mayo
RJ 2006\3338
A) Alega el recurrente que la sentencia da como probado aunque sólo sea sobreentendido que el artefacto, que no explotó sino que deflagró, es un explosivo de gran potencia y ello no es así, como señalan los informes de los TEDAX –folios 154 y 155 y 848 a 850– estamos ante un artefacto que produjo una deflagración y no causó daños materiales. […]
El recurrente menciona que «como han señalado los informes de los TEDAX obrantes a los folios 154 y 155 y a los folios 848 a 850 estamos ante un artefacto que produjo una deflagración y no causó daños materiales aunque sí quemaduras a mi poderdante y otra persona»
Quote:Tribunal Supremo (Sala de lo Penal)
Sentencia núm. 532/2003 de 19 mayo
RJ 2003\4454
A mediados del mes de mayo de 1998, decidieron iniciar una campaña mediante la colocación de artefactos explosivos compuestos por botellas de camping-gas, una olla, un reloj de pulsera, cable, un tiristor y una bombilla, del informe de los Tedax se desprende que todos los artefactos tienen un sistema de iniciación idéntico, eléctrico y temporizador por medio de un reloj de pulsera de la marca Casio transformado por tiristor y bombilla pequeña de casquillo. La carga explosiva es cloratita iniciada con pólvora. Así, colocaron las siguientes bombas: […]
Quote:Audiencia Nacional (Sala de lo Penal, Sección 1ª)
Sentencia núm. 10/2008 de 19 febrero
ARP 2009\11
…el Tribunal ha dispuesto de las siguientes pruebas:
[…]
3 El informe pericial sobre la composición del artefacto consta en el folio 121 y ss y ha sido ratificado en el acto del juicio oral por los miembros del Tedax que lo realizaron, de ese informe se desprende la composición del artefacto: 7 kilos de amosal, reforzado con un kilo de amerital, 3 cartuchos de camping gas, para aumentar su poder provocando un incendio, pilas y un circuito detector de luz.
Quote:Audiencia Nacional (Sala de lo Penal, Sección 1ª)
Sentencia núm. 6/2007 de 7 febrero
ARP 2007\222
Respecto de la tenencia o elaboración de componentes de artefactos explosivos, este Tribunal ha valorado la pericial, obrante a folios 1917 y siguientes, ratificada en el plenario por los funcionarios del TEDAX con carnets profesionales números NUM016 y NUM017, relativo al material intervenido, entre éste, en la CALLE000 n° NUM006 de Santa Coloma de Gramanet, domicilio del testigo […]
Quote:Audiencia Nacional (Sala de lo Penal, Sección 2ª)
Sentencia núm. 9/2008 de 22 febrero
JUR 2009\96548
…las claras afirmaciones de participación personal realizadas en el Sumario con todas las garantías, que, además, vienen corroboradas objetivamente por cuanto el informe pericial ratificado y aclarado en juicio por los Tedax NUM006 y NUM007 , determina que el artefacto empleado en los hechos de autos era del tipo usualmente empleado por los GRAPO, al analizarse una pieza del temporizador utilizado que quedó entre los restos de la explosión, que coincidía con igual tipo de artilugio intervenido a los GRAPO en Francia con ocasión de la detención, registros y desarticulación de su cúpula en la zona de París el 9/11/00 […]
