15-07-2009, 21:55:51
(This post was last modified: 15-07-2009, 22:03:25 by lejianeutra.)
Errante, yo creo que la querella le parecerá artificiosa, toda ella, a cualquiera con dos dedos de frente, pero para mí la palma se la lleva la parte que precisamente has extractado, la del Resultado (Apartado décimoprimero):
Y es que claro, de alguna manera tienen que venderle al Tribunal que se le ha hecho a la investigación del 11-M un daño irreparable, y para éso nada mejor que soltar generalidades, falsedades, medias verdades y paridas como:
1) "La actuación de los dos querellados (y de quienes les ordenaron actuar como actuaron)...", dando por sentado que la instrucción va a determinar que si actuaron de modo irregular fue por órdenes y obviando que sólo los superiores jerárquicos pueden dar órdenes, y que en esa fecha se trataban de Cuadro Jaén, Díaz Pintado, Díaz de Mera y... oh, cielos.... Astarloa, Acebes y Aznar. Supongo que el juzgado de Instrucción deberá investigar a algunos de ellos y el resto de la causa deberá asumirla el TSJM o el Supremo... en busca de la verdad.
2) "evitando primero que la Policía Científica pudiera analizar los vestigios de los focos de las explosiones", lo cual es falso desde el mismo momento en que la M-1 llegó a manos de Escribano, Cidad y Vega.
3) "haciendo desaparecer después la inmensa mayoría de esos vestigios antes de que los peritos designados por el Tribunal pudieran analizarlos", acusando gratuitamente a estas personas y obviando que, aún en el caso de que fuera cierto que han desparecido vestigios, hay muchas otras personas, y no necesariamente la perito o Sánchez Manzano, que podrían haberlos hecho desaparecer, si no aportan más pruebas que la mera desaparición. Obvian por supuesto que SM fue destituído como Comisario de los Tedax el 15 de Diciembre de 2006 y que la pericial fue ordenada por el Tribunal el 23 de Enero siguiente, por lo que difícilmente tendría SM control sobre esos vestigios en ese lapso de tiempo.
4) "impidió que la Policía Científica determinara la marca concreta del explosivo empleado en los atentados", lo cual es directamente falso desde el mismo momento en que no está demostrado que la Policía Científica hubiera conseguido dar con la marca de explosivo, y que si acaso, en el único análisis que ésta hizo de un foco de explosión, dio con 4 (de 5) componentes de la Goma 2 ECO y con ninguno del Titadyn. Nada orientará más al Tribunal en este sentido que el ser informado por la defensa de SM y de la perito de que 8 peritos, precisamente dos de ellos testigos de la acusación, analizando casi 100 muestras durante 3 meses no fueron capaces de determinar la marca del explosivo.
5) "Nótese, por ejemplo, que cuando, tres años después de los atentados, el Tribunal ordenó a ocho peritos analizar los pocos vestigios de los focos que la Unidad Central TEDAX no había hecho desaparecer,los peritos encontraron, en todos los focos, todos y cada uno de los componentes específicos de la dinamita Titadyn (DNT, nitroglicerina, y nitroglicol)", lo cual no solo es una ENORME FALSEDAD fácilmente comprobable que va a poner a la Acusación en una postura muy complicada a los ojos del Juzgado, sino que para colmo de despropósitos contradice su propia tesis de que la Pericial no pudo disponer de muestras válidas suficientes por culpa de SM y la perito.
6) "si este hallazgo lo hubiera hecho la Policía Científica en su momento —marzo de 2004— y no en 2007, se podría haber abierto una línea de investigación para tratar de identificar a la/s persona/s que proporcionaron dinamita de esa marca a los terroristas del 11-M.", obviando que la linea de ETA fue abierta por la Policía y por Acebes desde el principio de los tiempos, e incluso por el propio Juzgado y Tribunal, que encargaron informes sobre su posible participación e incluso permitieron testificar a varios etarras en la vista oral, y obviando que, fuera de ETA, nunca aparecieron restos de cartuchos ni envoltorios de Titadyn ni detonadores ni otro tipo de pruebas que pudieran apuntar a personas concretas distintas de aquéllas que fueron procesadas.
7) "La principal consecuencia de todos estos hechos la resumió el Tribunal del 11-M en una frase de la Sentencia: “No se sabe con absoluta certeza la marca de la dinamita que explotó en los trenes”., obviando que esa misma Sentencia dice, unos párrafos más abajo, que "La falta de determinación exacta de la marca de la totalidad del explosivo no impide llegar a conclusiones jurídico-penalmente relevantes respecto de la intervención de los procesados en los hechos enjuiciados y su consiguiente responsabilidad criminal"
querella para conocer la verdadera verdad Wrote:La principal consecuencia de todos estos hechos la resumió el Tribunal del 11-M en una frase de la Sentencia: “No se sabe con absoluta certeza la marca de la dinamita que explotó en los trenes”. (Sentencia 65/2007, Sala de lo Penal, Sección Segunda, de la Audiencia Nacional, Fundamento Jurídico III.5, página 537)
Seguro que si los querellados no hubieran ocultado primero los vestigios de los focos a la Policía Científica, ni hubieran hecho desaparecer después la mayoría de estos vestigios, la sentencia podría haber determinado con certeza la marca de la dinamita empleada. Y seguro que si los querellados hubieran dicho la verdad cuando se les preguntó por ello,conoceríamos el verdadero motivo por el que ocultaron esos vestigios a la Policía Científica.
(...)
Los querellados, con su labor de entorpecimiento de la investigación sobre los explosivos del 11-M ayudaron de un modo eficaz a parte de sus autores (y concretamente a los que proporcionaron dinamita Titadyn para su comisión [¿según ha demostrado científicamente el testigo Iglesias e informado la prensa libre e independiente?]), impidiendo que ya desde marzo de 2004 se pudieran abrir las líneas de investigación pertinentes. Esa labor continúa a día de hoy, por lo que estamos, también, ante un delito continuado.
Y es que claro, de alguna manera tienen que venderle al Tribunal que se le ha hecho a la investigación del 11-M un daño irreparable, y para éso nada mejor que soltar generalidades, falsedades, medias verdades y paridas como:
1) "La actuación de los dos querellados (y de quienes les ordenaron actuar como actuaron)...", dando por sentado que la instrucción va a determinar que si actuaron de modo irregular fue por órdenes y obviando que sólo los superiores jerárquicos pueden dar órdenes, y que en esa fecha se trataban de Cuadro Jaén, Díaz Pintado, Díaz de Mera y... oh, cielos.... Astarloa, Acebes y Aznar. Supongo que el juzgado de Instrucción deberá investigar a algunos de ellos y el resto de la causa deberá asumirla el TSJM o el Supremo... en busca de la verdad.
2) "evitando primero que la Policía Científica pudiera analizar los vestigios de los focos de las explosiones", lo cual es falso desde el mismo momento en que la M-1 llegó a manos de Escribano, Cidad y Vega.
3) "haciendo desaparecer después la inmensa mayoría de esos vestigios antes de que los peritos designados por el Tribunal pudieran analizarlos", acusando gratuitamente a estas personas y obviando que, aún en el caso de que fuera cierto que han desparecido vestigios, hay muchas otras personas, y no necesariamente la perito o Sánchez Manzano, que podrían haberlos hecho desaparecer, si no aportan más pruebas que la mera desaparición. Obvian por supuesto que SM fue destituído como Comisario de los Tedax el 15 de Diciembre de 2006 y que la pericial fue ordenada por el Tribunal el 23 de Enero siguiente, por lo que difícilmente tendría SM control sobre esos vestigios en ese lapso de tiempo.
4) "impidió que la Policía Científica determinara la marca concreta del explosivo empleado en los atentados", lo cual es directamente falso desde el mismo momento en que no está demostrado que la Policía Científica hubiera conseguido dar con la marca de explosivo, y que si acaso, en el único análisis que ésta hizo de un foco de explosión, dio con 4 (de 5) componentes de la Goma 2 ECO y con ninguno del Titadyn. Nada orientará más al Tribunal en este sentido que el ser informado por la defensa de SM y de la perito de que 8 peritos, precisamente dos de ellos testigos de la acusación, analizando casi 100 muestras durante 3 meses no fueron capaces de determinar la marca del explosivo.
5) "Nótese, por ejemplo, que cuando, tres años después de los atentados, el Tribunal ordenó a ocho peritos analizar los pocos vestigios de los focos que la Unidad Central TEDAX no había hecho desaparecer,los peritos encontraron, en todos los focos, todos y cada uno de los componentes específicos de la dinamita Titadyn (DNT, nitroglicerina, y nitroglicol)", lo cual no solo es una ENORME FALSEDAD fácilmente comprobable que va a poner a la Acusación en una postura muy complicada a los ojos del Juzgado, sino que para colmo de despropósitos contradice su propia tesis de que la Pericial no pudo disponer de muestras válidas suficientes por culpa de SM y la perito.
6) "si este hallazgo lo hubiera hecho la Policía Científica en su momento —marzo de 2004— y no en 2007, se podría haber abierto una línea de investigación para tratar de identificar a la/s persona/s que proporcionaron dinamita de esa marca a los terroristas del 11-M.", obviando que la linea de ETA fue abierta por la Policía y por Acebes desde el principio de los tiempos, e incluso por el propio Juzgado y Tribunal, que encargaron informes sobre su posible participación e incluso permitieron testificar a varios etarras en la vista oral, y obviando que, fuera de ETA, nunca aparecieron restos de cartuchos ni envoltorios de Titadyn ni detonadores ni otro tipo de pruebas que pudieran apuntar a personas concretas distintas de aquéllas que fueron procesadas.
7) "La principal consecuencia de todos estos hechos la resumió el Tribunal del 11-M en una frase de la Sentencia: “No se sabe con absoluta certeza la marca de la dinamita que explotó en los trenes”., obviando que esa misma Sentencia dice, unos párrafos más abajo, que "La falta de determinación exacta de la marca de la totalidad del explosivo no impide llegar a conclusiones jurídico-penalmente relevantes respecto de la intervención de los procesados en los hechos enjuiciados y su consiguiente responsabilidad criminal"
