06-08-2009, 00:25:06
Isocrates Wrote:Green Sleeves, se lo voy a decir con mayor claridad:
No es cierto que ni las terminales empleadas en las llamadas desde Leganés, IMEI 350926350970531 Mitsubishi MO-70 e IMEI 448835113464910 MOTOROLA V3670, ni las tarjetas SIM utilizadas para dichas llamadas, las correspondientes a los números 628469210 y 618840587, tuviesen ninguna actividad después de la explosión.
Así que el "conceto" es que lo que usted dice no es cierto; el detalle es ninguno de los dos terminales empleados en Leganés tuvo actividad "después"; la fineza es que ni los terminales (IMEI) ni los números de teléfono (tarjetas SIM) sobrevivieron a la llamada y que la relación de números empleados y llamadas efectuadas se encuentra en la página 596 del auto.... y la dispersión es seguir dando vueltas a hechos cuya falsedad está más que demostrada.
Así que, como usted mismo dijo que se iba "a centrar en un único aspecto"... y el único aspecto en el que ha decidido centrase es falso.... podrá imaginarse la impresión que produce que eso sea lo mejor que puede usted traer al debate.
Ya os digo que entre las orejeras y el pienso... hay que ir despacito, así que vamos a partir desde el principio.
Y en el principio fue la sentencia ¿o era al revés y la sentencia fue el final? ¿había aquí alguien que decía algo sobre remitirse a los datos, la sentencia... o recuerdo mal?
Hijo mio, Ice O Krates ¿pero tu te has leido la sentencia? ¿te has leido los autos de aclaración posteriores? ¿de qué teléfonos me hablas?
Yo te hablo de este: 653026047
Revisaos el segundo auto de aclaración a la sentencia, página 12, punto 9.2
¿Os tengo que poner algún enlace?
Por fin nos podemos poner con el hito 2, claro que dada la agudeza mental de la que se hace gala, no me extrañaría que necesitemos todo el mes.
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Todo tiene su fin - Los Módulos
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