06-08-2009, 18:40:59
(This post was last modified: 06-08-2009, 18:42:19 by morenohijazo.)
Quizás alguien se haya sentido intrigado por mi última pregunta, aunque entenderé que, con esta caló, nadie se haya preocupado mucho por saber qué es lo que quería decir.
Ahora que tengo un poco de tiempo, voy a desentrañar la enésima más una patraña de Luis del Pino, que sus secuaces, sin ningún sentido crítico, repiten como papagayos, sin dedicar un minuto de su tiempo a comprobar si lo que sus gurús dicen es cierto, o no; y caso de serlo, si tiene o no relevancia.
Mi última pregunta era...
Bien, dado que Sleeves no se molestará mucho en buscar la respuesta, pues como ya ha demostrado, cuando es pillado en mentira se embarulla y no responde, se lo diré yo, usando fuentes de la investigacion.
El Auto de procesamiento (Pg 554), primero nos indica de dónde sale esta tarjeta. Forma parte de las "Treinta Tarjetas", nombre con resonancias oligárquicas:
Pg 559:
Esta es la primera y única llamada registrada con esta tarjeta: el día de la explosión, y múltiple suicidio, de Leganés.
Entonces ¿qué es lo que se activó cincuenta días después?
Probemos con el IMEI
Pg 560:
¡Anda! resulta que es el teléfono con ese IMEI el que registra una llamada el día 21 de mayo, con otra tarjeta distinta, la 615107447 .
Pero... es lo mismo ¿no? Si es el teléfono con ese IMEI el que estaba dentro del piso y no se encontró, ¿cómo se activa cincuenta días después?
Paciencia, que todo se andará. Observemos, simplemente, que la información de que el teléfono con ese IMEI se activó el 21 de Mayo está en el Auto de Procesamiento y el Sumario, a disposición de todo aquel que lo lea. Por lo tanto, no hubo ocultación ninguna de los datos
Continuemos revisando la información disponible sobre la tarjeta 653026047.
Pg 569
La expresión "653026047 (utilizada por presunta persona relacionada con la célula terrorista o miembro de ésta)" es muy reveladora, por cuanto evita cuidadosamente la afirmación de que la tarjeta se usase dentro del piso, o para realizar llamadas de despedida. Dado que se afirmó en un informe preliminar que se habían hecho llamadas de despedida, la no confirmación en el Auto de Procesamiento significa, necesaria,mente, que tuvieron que aparecer nuevas informaciones que negasen ese extremo.
Si estuviesen seguros de que la tarjeta estaba dentro del piso y había sido usada, por ejemplo por Ahmidan para despedirse de su madre ¿añadirían eso de "persona relacionada con la célula terrorista"?
Y ¿quién pudo utilizar esa tarjeta, desde Leganés, pero fuera del piso? Pues cualquier miembro del comando, amigo, simpatizante, etc, que al acercarse a la base del comando, aquel sábado 3 de Abril se encontrase con el tiroteo y decidiese avisar. Pudo ser incluso Bouchar. Vaya usted a saber. En todo caso, no debió ser "de despedida", puesto que entonces lo hubiera consignado el juez.
En el Auto de Procesamiento no figura la información sobre el teléfono aquien se dirigió la llamada. No hay que pensar nada extraño. El Auto de procesamiento sólo recoge el desglose de llamadas hasta el 30 de marzo. los muertos no fueron juzgados, por lo que el Procesamiento no les atañe a ellos.
Seguimos: Pg 571:
Nuevamente, se evita toda mención a que la tarjeta se encontrase "dentro de la casa".
Última mención en el Auto de Procesamiento: Pg 577:
Confirma una única utilización de la ya famosa tarjeta, el día del suicidio.
Podemos establecer, pues, las siguientes conclusiones:
1) La tarjeta 653026047fue relacionada en un primer momento con las llamadas de despedidas, pero posteriormente, en todos los informes policiales que conocemos y en el Auto de procesamiento, se niega este extremo, e incluso se hace mención de que pudo ser usada "por alguien relacionado con el comando terrorista"
2) Sabemos que tal tarjeta se utilizó, una única vez en Leganés, pero pudo ser fuera del piso.
3) El terminal con IMEI 350999101493269 si registra una llamada posterior el día 21 de mayo, pero con otra tarjeta distinta. No consta el teléfono a que llamó.
4) El contacto de este terminal el día 21 de mayo es conocido por los investigadores y por el Juez del Olmo, que lo incluye en el Auto de Procesamiento, son concederle ninguna importancia
5) Las tarjetas y los IMEI relacionados con las llamadas de despedida son, en principio, los siguientes: tarjetas 628469210 y 618840587 móviles IMEI 350926350970531 Mitsubishi MO-70 e IMEI 448835113464910 MOTOROLA V3670, sin perjuicio que hubiese otras tarjetas o móviles que quedaran destruidos en la explosión.
En la Sentencia por el 11-M, inicialmente, ta,mbién se hace una única mención, de pasada, sin conceder a esta tarjeta la menor importancia:
El terminal 350999101493269, ni se cita.
Y es en el Auto aclaratorio, cuando para corregir un error, se comete otro, asignando a una tarjeta las propiedades de otro, sin fijarse muy bien en que tal tarjeta, que en un primer minforme había sido considerado una de las usadas para despedirse, había sido desechada luego.
Ahopra bien, y esto es muy importante, no existe ninguna llamada posterior con esa tarjeta. Es decir, que sí pudiera ser cierto (si pensamos sólo en la tarjeta) que estaba en el piso de Leganés y resultó destruida. No, en cambio, que fue utilizada para llamadas, pues no hay nada que lo prueba.
Volvamos al IMEI. En principio, que se hiciera una llamada el 21 de Mayo es tan trascendente como si hubiera sido hecha una llamada con la tarjeta ¿no? Evidentemente, pudiera ser que el terminal con la tarjeta estuviesen juntos hasta las 20 horas, luego se sacase la tarjeta, tirasen el terminal por la ventana, de manera que el terminal fuese recogido luego desde el exterior y la tarjeta se quedase dentro... todo rarísimo. Dejemos las teorías marcianas para Del pino.
Por cierto, ¡qué pena que Del pino no se haya dado cuenta de que no es la tarjeta, sino el terminal, el que registró la llamada ¿no? Le seríría igual para su teoría, y además se ajustaría a la realidad...
¡Un momento! ¡Pero si lo sabe! http://www.libertaddigital.com/nacional/...276321530/
Entonces, ¿por qué insiste del pino emn hablar de "la tarjeta" con alambicadas expresiones como...
... cuando sería más fácil referirse, simplemente, al IMEI?
La respuesta:
1) En primer lugar porque, como ya he dicho, ni siquiera hay pruebas de que ese terminal estuiviese dentro del piso.
2) En segundo lugar, porque apuesto a que en el Sumario (que Luis del pino conoce, nosotros no) hay algún documento que prueba que ese IMEI no estuvo dentro del piso. por ejemplo, un informe de la policía, con el destinatario de la llamada del día 21 de Mayo. O un comunicado de la Policía descartando expresamente que ese terminal estuviese, aquel día, en el piso de los suicidas.
Por eso, porque es una cosa de más fácil desmentido, se ve obligado a hablar de una tarjeta que estaba dentro de un terminal que albergaba otra tarjeta que se usó el día 21 de Mayo.
Ahora que tengo un poco de tiempo, voy a desentrañar la enésima más una patraña de Luis del Pino, que sus secuaces, sin ningún sentido crítico, repiten como papagayos, sin dedicar un minuto de su tiempo a comprobar si lo que sus gurús dicen es cierto, o no; y caso de serlo, si tiene o no relevancia.
Mi última pregunta era...
morenohijazo Wrote:¿Puede decirme cuándo se usó la tarjeta 653026047 por última vez?
Bien, dado que Sleeves no se molestará mucho en buscar la respuesta, pues como ya ha demostrado, cuando es pillado en mentira se embarulla y no responde, se lo diré yo, usando fuentes de la investigacion.
El Auto de procesamiento (Pg 554), primero nos indica de dónde sale esta tarjeta. Forma parte de las "Treinta Tarjetas", nombre con resonancias oligárquicas:
Quote:El listado de las 30 tarjetas SIM es el siguiente:
652282947 Expedido.
...
653026047
...
653026053 (Activada en fecha 8.3.04 bajo cobertura BTS Morata)
653026298
653026303
653026304
Pg 559:
Quote:Número 653026047 (activada)
Es una tarjeta prepago que se activó en fecha 03/04/2004. siendo la última llamada el 03/04/2004.
No se dispone de ubicaciones de dicha tarjeta.
La tarjeta telefónica con dicho número se ha asociado con los siguientes IMEIs:
Imei Marca del Terminal Asociado Modelo del Terminal Asociado Fecha y Hora de Asociación
350999101493269 NOKIA 8310 03/04/2004 19:39
Esta es la primera y única llamada registrada con esta tarjeta: el día de la explosión, y múltiple suicidio, de Leganés.
Entonces ¿qué es lo que se activó cincuenta días después?
Probemos con el IMEI
Pg 560:
Quote:Con el IMEI 350999101493269 se han registrado, a su vez, los siguientes números:
N° de teléfono Fecha y Hora de Asociación
615107447 21/05/2004 16:30
652284025 09/03/2004 21:23
653026047 (de los 30) 03/04/2004 19:39
656720759 (posible usuario JAMAL AHMIDAN) 13/03/2004 16:26
¡Anda! resulta que es el teléfono con ese IMEI el que registra una llamada el día 21 de mayo, con otra tarjeta distinta, la 615107447 .
Pero... es lo mismo ¿no? Si es el teléfono con ese IMEI el que estaba dentro del piso y no se encontró, ¿cómo se activa cincuenta días después?
Paciencia, que todo se andará. Observemos, simplemente, que la información de que el teléfono con ese IMEI se activó el 21 de Mayo está en el Auto de Procesamiento y el Sumario, a disposición de todo aquel que lo lea. Por lo tanto, no hubo ocultación ninguna de los datos
Continuemos revisando la información disponible sobre la tarjeta 653026047.
Pg 569
Quote:De las 30 tarjetas que URITEL 2.000 S.A. vendió a SINDHU ENTERPRISE S.L y estos a su vez a JAWAL MUNDO TELECOM, se ha podido precisar que:
+ 17 fueron activadas (esto es, han hecho una primera llamada, y podían recibir y emitir llamadas):
652282948, 652283285, 652283305, 652283306 (la utilizaba Jamal Zougam en su terminal NOKIA al ser detenido), 652284038, 652284108. 652286626 (usada y recuperada en uno de los registros efectuados a JAWAL MUNDO TELECOM),
652286630, 652286633, 652287544, 653026053 (utilizada por presuntos miembros de la "célula terrorista'"). 653026298, 653026303, 653026304, 652287487, 652287644, 653026047 (utilizada por presunta persona relacionada con la célula
terrorista o miembro de ésta).
La expresión "653026047 (utilizada por presunta persona relacionada con la célula terrorista o miembro de ésta)" es muy reveladora, por cuanto evita cuidadosamente la afirmación de que la tarjeta se usase dentro del piso, o para realizar llamadas de despedida. Dado que se afirmó en un informe preliminar que se habían hecho llamadas de despedida, la no confirmación en el Auto de Procesamiento significa, necesaria,mente, que tuvieron que aparecer nuevas informaciones que negasen ese extremo.
Si estuviesen seguros de que la tarjeta estaba dentro del piso y había sido usada, por ejemplo por Ahmidan para despedirse de su madre ¿añadirían eso de "persona relacionada con la célula terrorista"?
Y ¿quién pudo utilizar esa tarjeta, desde Leganés, pero fuera del piso? Pues cualquier miembro del comando, amigo, simpatizante, etc, que al acercarse a la base del comando, aquel sábado 3 de Abril se encontrase con el tiroteo y decidiese avisar. Pudo ser incluso Bouchar. Vaya usted a saber. En todo caso, no debió ser "de despedida", puesto que entonces lo hubiera consignado el juez.
En el Auto de Procesamiento no figura la información sobre el teléfono aquien se dirigió la llamada. No hay que pensar nada extraño. El Auto de procesamiento sólo recoge el desglose de llamadas hasta el 30 de marzo. los muertos no fueron juzgados, por lo que el Procesamiento no les atañe a ellos.
Seguimos: Pg 571:
Quote:653026047 Utilizada el 3 de abril de 2004 a las 19:39, y relacionada con la célula terrorista.
Nuevamente, se evita toda mención a que la tarjeta se encontrase "dentro de la casa".
Última mención en el Auto de Procesamiento: Pg 577:
Quote:E) RELACIONES TARJETAS DE LOS GRUPOS DE LAS "30" Y DE LAS "200", Y TERMINALES TELEFÓNICOS.
Centrándose en las tarjetas correspondientes a los grupos de las "30" y de las "200", se aprecian los siguientes vínculos:
...
653026047 (es una de las 30 tarjetas): IMEI: 350999101493269 (primera vez: 03/04/2004, 19:39)
Confirma una única utilización de la ya famosa tarjeta, el día del suicidio.
Podemos establecer, pues, las siguientes conclusiones:
1) La tarjeta 653026047fue relacionada en un primer momento con las llamadas de despedidas, pero posteriormente, en todos los informes policiales que conocemos y en el Auto de procesamiento, se niega este extremo, e incluso se hace mención de que pudo ser usada "por alguien relacionado con el comando terrorista"
2) Sabemos que tal tarjeta se utilizó, una única vez en Leganés, pero pudo ser fuera del piso.
3) El terminal con IMEI 350999101493269 si registra una llamada posterior el día 21 de mayo, pero con otra tarjeta distinta. No consta el teléfono a que llamó.
4) El contacto de este terminal el día 21 de mayo es conocido por los investigadores y por el Juez del Olmo, que lo incluye en el Auto de Procesamiento, son concederle ninguna importancia
5) Las tarjetas y los IMEI relacionados con las llamadas de despedida son, en principio, los siguientes: tarjetas 628469210 y 618840587 móviles IMEI 350926350970531 Mitsubishi MO-70 e IMEI 448835113464910 MOTOROLA V3670, sin perjuicio que hubiese otras tarjetas o móviles que quedaran destruidos en la explosión.
En la Sentencia por el 11-M, inicialmente, ta,mbién se hace una única mención, de pasada, sin conceder a esta tarjeta la menor importancia:
Quote:Los treinta números de teléfono de esas tarjetas son los siguientes:
652282947
...
653026047
...
653026304
El terminal 350999101493269, ni se cita.
Y es en el Auto aclaratorio, cuando para corregir un error, se comete otro, asignando a una tarjeta las propiedades de otro, sin fijarse muy bien en que tal tarjeta, que en un primer minforme había sido considerado una de las usadas para despedirse, había sido desechada luego.
Quote:3. En la página 185 de la sentencia, en el hecho probado, aparece en negrita el número 653026304 -último de la lista- cuando debe aparecer en negrita el 653026047 y no el primero. Este error se arrastra a la página 189 donde literalmente se dice: "d) La tarjeta número 653 02 63 04, fue usada por los individuos que se suicidaron en la calle Martín Gaite de Leganés para despedirse de su familiares." Cuando debe decir: "d) La tarjeta número 653 02 60 47, fue usada por los individuos que se suicidaron en la calle Martín Gaite de Leganés para despedirse de sus familiares."
Ahopra bien, y esto es muy importante, no existe ninguna llamada posterior con esa tarjeta. Es decir, que sí pudiera ser cierto (si pensamos sólo en la tarjeta) que estaba en el piso de Leganés y resultó destruida. No, en cambio, que fue utilizada para llamadas, pues no hay nada que lo prueba.
Volvamos al IMEI. En principio, que se hiciera una llamada el 21 de Mayo es tan trascendente como si hubiera sido hecha una llamada con la tarjeta ¿no? Evidentemente, pudiera ser que el terminal con la tarjeta estuviesen juntos hasta las 20 horas, luego se sacase la tarjeta, tirasen el terminal por la ventana, de manera que el terminal fuese recogido luego desde el exterior y la tarjeta se quedase dentro... todo rarísimo. Dejemos las teorías marcianas para Del pino.
Por cierto, ¡qué pena que Del pino no se haya dado cuenta de que no es la tarjeta, sino el terminal, el que registró la llamada ¿no? Le seríría igual para su teoría, y además se ajustaría a la realidad...
¡Un momento! ¡Pero si lo sabe! http://www.libertaddigital.com/nacional/...276321530/
Quote:La tarjeta telefónica con la que se efectuaron las falsas llamadas de despedida tiene el número 653026047, y los datos aportados por las operadoras telefónicas demuestran que, efectivamente, dicha tarjeta fue utilizada en un terminal con número de serie 350999101493269 el día de la explosión del piso de Leganés (el 3 de abril de 2004) a las 19:39.
El problema es que ese terminal continuaba operativo un mes después de explotar el piso y no apareció al registrar los escombros, por lo que es imposible que fueran los propios habitantes del piso los que efectuaran esas llamadas.
Entonces, ¿por qué insiste del pino emn hablar de "la tarjeta" con alambicadas expresiones como...
Quote:la operadora telefónica Amena aportó al juez Del Olmo en su día los datos que demostraban que la tarjeta 653026047 se utilizó el 3 de abril en el teléfono con número de serie 350999101493269. Y ese mismo teléfono (que no apareció al desescombrar el piso de Leganés) se utilizó el 21 de mayo con otra tarjeta de número 615107447, lo que hace imposible que el teléfono perteneciera a los presuntos suicidas de Leganés.
... cuando sería más fácil referirse, simplemente, al IMEI?
La respuesta:
1) En primer lugar porque, como ya he dicho, ni siquiera hay pruebas de que ese terminal estuiviese dentro del piso.
2) En segundo lugar, porque apuesto a que en el Sumario (que Luis del pino conoce, nosotros no) hay algún documento que prueba que ese IMEI no estuvo dentro del piso. por ejemplo, un informe de la policía, con el destinatario de la llamada del día 21 de Mayo. O un comunicado de la Policía descartando expresamente que ese terminal estuviese, aquel día, en el piso de los suicidas.
Por eso, porque es una cosa de más fácil desmentido, se ve obligado a hablar de una tarjeta que estaba dentro de un terminal que albergaba otra tarjeta que se usó el día 21 de Mayo.
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
