Por partes. Yo respeto a la justicia y a los jueces, pero no considero que las sentencias no puedan criticarse. Yo considero criticables algunos aspectos de la sentencia redactada por Bermúdez. La diferencia es si yo atribuyo esos aspectos criticables a que uno es un prevaricador conspiracionista, filogolpista, etc. o simplemente señalo tal o cual elemento y argumento el porqué de mi discrepancia.
Dicho esto, sigo sin estar de acuerdo con Elkoko y Moreno. La sentencia sí avala las publicaciones de El Mundo. Lo dice multitud de veces, aunque para ello tenga que cometer lo que a mí me parecen manifiestos errores de apreciación. Añado, además, que atendiendo a la redacción y a algunos detalles, no parece que la juez se haya dejado apabullar por el miedo a una represalia de PJ. La referencia impertinente a los GAL, la insistencia en mencionar los puntos más llamativos (el "extravagante periplo" de la mochila, que si debía estar en poder del juzgado sin indicar por qué y sin recordar que el propio Del Olmo consideró en su auto "suficientemente aclarado" este incidente)... No creo estar ante una juez arredrada, sino ante una que bien podría considerar El Mundo "su periódico" (supuestamente, hipotéticamentee, presuntamente).
La Sra. juez da por cierta la existencia de irregularidades en la investigación, asumiendo los eslóganes conspis de toda la vida. Algunos párrafos notables:
Otra perlita:
1) Como ya dije, es factualmente inexacto lo que afirma sobre la cuantificación del DNT. Sobre las muestras se realizaron análisis cuantitativos de los que, según insistieron el propio Iglesias y sus aliados en el juicio, no se podían extraer conclusiones sobre la composición cuantitativa del hipotético explosivo original porque, decían, “no tenía sentido”. De hecho, irónicamente, los peritos oficiales insistían una y otra vez que la teoría de la contaminación ambiental se veía sustentada por que todas las muestras presentaban proporciones muy similares de DNT y NG y eran los peritos “independientes” los que decían que el análisis cuantitativo de unas muestras explosionadas era absurdo y bla, bla, bla. Por tanto, la juez se equivoca y se equivoca gravemente, a mi juicio.
2) Lo que más me perturba, en cambio, es que me da la impresión de que la Sra. Juez hace, a efectos prácticos, algo que ni siquiera el Supremo puede hacer: una nueva e independiente valoración de la prueba practicada ante la Sala de la AN. No me estoy expresando en términos jurídicos, ojo. Pero tengamos en cuenta que el lavado de las muestras se discutió explícita y extensamente durante la vista. Que todas las muestras se lavaron es una afirmación de los peritos independientes que los oficiales discutieron y negaron. De hecho, el propio informe pericial recoge que la M-6-12-A, “es opinión de algunos de los peritos firmantes que no se encuentra lavada en su totalidad.” Durante la vista, el día 29.5.07, el mismo Bermúdez, ante la insistencia de algunas partes, terció: “GB: Le recuerdo al señor Letrado que sobre esto los peritos han declarado ampliamente y han aclarado que hay alguna otra muestra, y lo hacen constar así, que puede no estar lavada en su totalidad.”
Y lo mismo cabe decir respecto a la supuesta irregularidad de no haber conservado el agua y la acetona. Es y fue una afirmación conspi que en el juicio fue discutida por los oficialistas. Valga por todos este pasaje (sesión de 28.5.07), con intervención del presidente del tribunal:
Podría decir más cosas, pero ando desanimado y con poco tiempo. Sí quiero indicar, porque lo trae a colación Lejianeutra, que la columna que él menciona de Losantos sí se recoge en la querella, pero curiosamente, sólo en la parte que tiene por principal reproche: “Engañando al juez del Olmo […] están Sánchez Manzao y su tedaxa”. No en la parte en la que Losantos lo incluye entre los “falsificadores” y “golpistas”. Es obvio que la Sra. Juez parece tener (supestamente, presuntamente) problemas de “reading comprehension”. Véase si no este otro articulo de PJ de 26.11.06: “… el ministerio de Interior parece haber decidido mantenerlo en el cargo pese a todos sus engaños, chapuzas y manipulaciones bajo la investigación del 11-M…” O esta otra afirmación de Losantos recogida en la querella: “Es que Manzano y sus manzanitas han mentido y han ocultado pruebas”. ¿Cómo diablos puede la juez decir que “ninguno de los artículos atribuye categóricamente al actor una manipulación intencionada de las pruebas o la Comisión de hechos susceptibles de constituir delito, pues no se afirma ello como un hecho cierto sino con potencialidad...”? Pero también me temo que el abogado de S-M no debe ser muy fino. Para el recurso habrá que currárselo mucho más, amigos. ¿Cómo es posible que Iglesias y ese otro perito que no sé quién es (tal vez Escribano) declaren en este juicio a satisfacción de la Sra. Juez y no sean literalmente triturados por el abogado de S-M en su credibilidad? Hay que hacer los deberes.
En fin, qué decepción.
Dicho esto, sigo sin estar de acuerdo con Elkoko y Moreno. La sentencia sí avala las publicaciones de El Mundo. Lo dice multitud de veces, aunque para ello tenga que cometer lo que a mí me parecen manifiestos errores de apreciación. Añado, además, que atendiendo a la redacción y a algunos detalles, no parece que la juez se haya dejado apabullar por el miedo a una represalia de PJ. La referencia impertinente a los GAL, la insistencia en mencionar los puntos más llamativos (el "extravagante periplo" de la mochila, que si debía estar en poder del juzgado sin indicar por qué y sin recordar que el propio Del Olmo consideró en su auto "suficientemente aclarado" este incidente)... No creo estar ante una juez arredrada, sino ante una que bien podría considerar El Mundo "su periódico" (supuestamente, hipotéticamentee, presuntamente).
La Sra. juez da por cierta la existencia de irregularidades en la investigación, asumiendo los eslóganes conspis de toda la vida. Algunos párrafos notables:
Quote:Que no obstante carecer el laboratorio de los Tedax de instrumentos cualificados para realizar una pericial científica eficaz sobre las muestras de los focos de las explosiones, el demandante lejos de remitirlos para su análisis a la policía científica, que sí contaba con los medios técnicos y humanos precisos para ello, designó expresa y exclusivamente a una perito de los Tedax para llevar a cabo la analítica referida, la cual, como ya se ha expuesto, no expresaba componente alguno detectado, justificando el demandante en el acto del juicio oral tal decisión en que nunca se habían enviado los restos no pesables […] cuando lo cierto es que […] entre los años 2000 y 2006, ambos inclusive 10 informes lo fueron de sustancias no pesables, de restos de explosivo no pesable analizados por la policía científica”.Observación inmediata: los años pertinentes deberían ser 2000-11 marzo 2004. Lo que se hiciera después del 11-M no puede contar como “precedente”. Teniendo en cuenta que la perito 17632 era la única del laboratorio TEDAX y que se cogería vacaciones, estaría de viaje dando cursos o de baja por enfermedad algún día, 10 informes en 7 años no parecen justificar que se hayan roto los protocolos…
Otra perlita:
Quote:La Sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional indica respecto de las discusiones que en el plenario se generaron en torno a los componentes de los explosivos de los focos […] que las mismas estarían en gran parte resueltas de haberse incorporado a los autos el primer pertinente análisis verificado el 11 de marzo por la perito química de los Tedax.Pero omite referir cómo continúa esa frase de la sentencia:
Quote:… [si] se hubiera incorporado a los autos, defecto que se subsanó parcialmente con la incorporación, durante la declaración de ésta en la vista, de las notas manuscritas que tomó durante esos análisis […]No tengo tiempo para elaborar mucho mi opinión, pero para mí lo principal se resume en el párrafo que ya señalé:
Quote:En el plenario no pudo tampoco llegarse a una conclusión unívoca sobre la presencia de tales componentes toda vez que, mientras unos afirmaban que el DNT era componente del explosivo de los focos de los trenes al estar presente en todos los focos, (aunque no se pudiese determina su exacta proporción cuantitativa ya que no había quedado suficiente sustancia para efectuar un análisis con las debidas garantías, entre otras cosas, por haberse lavado las muestras con agua y acetona y no guardarse muestra alguna de dicho líquido)…Si la juez hubiera absuelto a El Mundo basándose en que, desde el momento en que había discrepancia entre los químicos que declararon en la pericial, está amparado por la libertad de expresión que un periódico coincida en su opinión con la de unos peritos, con independencia de la realidad objetiva o no de lo publicado, no me parecería preocupante. Me parecería discutible, pero legítimo. Para mí, el problema es que la Sra. Juez absuelve a los acusados por considerar que sus informaciones eran verdaderas y, para ello, incurre, a mi juicio (presuntamente, supuestamente, hipotéticamente, etc…) en alguna flagrante falsedad y en un comportamiento que no sé cómo calificar jurídicamente.
1) Como ya dije, es factualmente inexacto lo que afirma sobre la cuantificación del DNT. Sobre las muestras se realizaron análisis cuantitativos de los que, según insistieron el propio Iglesias y sus aliados en el juicio, no se podían extraer conclusiones sobre la composición cuantitativa del hipotético explosivo original porque, decían, “no tenía sentido”. De hecho, irónicamente, los peritos oficiales insistían una y otra vez que la teoría de la contaminación ambiental se veía sustentada por que todas las muestras presentaban proporciones muy similares de DNT y NG y eran los peritos “independientes” los que decían que el análisis cuantitativo de unas muestras explosionadas era absurdo y bla, bla, bla. Por tanto, la juez se equivoca y se equivoca gravemente, a mi juicio.
2) Lo que más me perturba, en cambio, es que me da la impresión de que la Sra. Juez hace, a efectos prácticos, algo que ni siquiera el Supremo puede hacer: una nueva e independiente valoración de la prueba practicada ante la Sala de la AN. No me estoy expresando en términos jurídicos, ojo. Pero tengamos en cuenta que el lavado de las muestras se discutió explícita y extensamente durante la vista. Que todas las muestras se lavaron es una afirmación de los peritos independientes que los oficiales discutieron y negaron. De hecho, el propio informe pericial recoge que la M-6-12-A, “es opinión de algunos de los peritos firmantes que no se encuentra lavada en su totalidad.” Durante la vista, el día 29.5.07, el mismo Bermúdez, ante la insistencia de algunas partes, terció: “GB: Le recuerdo al señor Letrado que sobre esto los peritos han declarado ampliamente y han aclarado que hay alguna otra muestra, y lo hacen constar así, que puede no estar lavada en su totalidad.”
Y lo mismo cabe decir respecto a la supuesta irregularidad de no haber conservado el agua y la acetona. Es y fue una afirmación conspi que en el juicio fue discutida por los oficialistas. Valga por todos este pasaje (sesión de 28.5.07), con intervención del presidente del tribunal:
Quote:GB: …¿no guardan una muestra pera un contraanálisis? Para un análisis…Se trata, por tanto, de una discusión planteada en prueba pericial practicada ante el tribunal sentenciador que éste “valorará”, es decir, valoró, como consideró oportuno y todos sabemos. Lo que hace la juez ahora, insisto, no es basarse en la falta de consenso para decir que es lícito opinar de una u otra manera, sino dar por cierta la afirmación de una de las dos “facciones” periciales expuesta en el juicio de la Casa de Campo sin haber convencido al tribunal pertinente. En cierto modo, esto equivale a una nueva valoración independiente y unilateral de la prueba que supone, virtualmente, una apelación de tapadillo. No sé si me explico.
Perito 17632: No, de eso no, porque se hacen esas disoluciones, esos extractos precisamente para realizar las analíticas.
Perito conspi: Señoría, nosotros tenemos guardados en toda la pericia… todas las…
GB: Sí, sí pero bueno lo que ustedes hayan hecho no es ahora objeto de… se trata de lo que se hizo, no de lo que usted haya hecho.
Perito conspi: No, perdón, perdón.
GB: ¿Sí?
Perito conspi 2: No, iba… iba a decir lo mismo que acaba de decir el compañero.
GB: Ya, ya pero el que ustedes lo hayan hecho así, bien, el tribunal valorará, pero se trata de que no se hizo según con… dice la perito.
Perito de la Guardia Civil: Yo quiero… yo quiero decir que… nosotros en el laboratorio nuestro de la Guardia Civil, entendemos que la práctica que ha efectuado la perito de los Tedax es normal y correcta, porque nosotros cuando recibimos una muestra de gran volumen que no podemos introducir en un vaso de precipitados para poder proceder a un lavado, lo que procedemos es a recortar una parte y sobre esa parte hacer los análisis y ya desecharlo guardando el resto sin lavar. Y creo que también que el hecho de que aparezcan los componentes amónicos del polvo de extintor es un claro indicio de que la muestra no ha sido lavada porque está claro que desaparecerían al lavarla.
Podría decir más cosas, pero ando desanimado y con poco tiempo. Sí quiero indicar, porque lo trae a colación Lejianeutra, que la columna que él menciona de Losantos sí se recoge en la querella, pero curiosamente, sólo en la parte que tiene por principal reproche: “Engañando al juez del Olmo […] están Sánchez Manzao y su tedaxa”. No en la parte en la que Losantos lo incluye entre los “falsificadores” y “golpistas”. Es obvio que la Sra. Juez parece tener (supestamente, presuntamente) problemas de “reading comprehension”. Véase si no este otro articulo de PJ de 26.11.06: “… el ministerio de Interior parece haber decidido mantenerlo en el cargo pese a todos sus engaños, chapuzas y manipulaciones bajo la investigación del 11-M…” O esta otra afirmación de Losantos recogida en la querella: “Es que Manzano y sus manzanitas han mentido y han ocultado pruebas”. ¿Cómo diablos puede la juez decir que “ninguno de los artículos atribuye categóricamente al actor una manipulación intencionada de las pruebas o la Comisión de hechos susceptibles de constituir delito, pues no se afirma ello como un hecho cierto sino con potencialidad...”? Pero también me temo que el abogado de S-M no debe ser muy fino. Para el recurso habrá que currárselo mucho más, amigos. ¿Cómo es posible que Iglesias y ese otro perito que no sé quién es (tal vez Escribano) declaren en este juicio a satisfacción de la Sra. Juez y no sean literalmente triturados por el abogado de S-M en su credibilidad? Hay que hacer los deberes.
En fin, qué decepción.
