28-09-2009, 23:15:48
Creo que sí lo cambia, hasta donde entiendo. Como bien dices, no se ha enjuiciado a El Mundo por la totalidad de artículos o editoriales publicados en sus páginas en los que se haya vilipendiado a Sánchez Manzano, solo se ha enjuiciado determinados artículos publicados por determinadas personas en las páginas de El Mundo, tal como se recoge en el Fundamento Jurídico Primero que has citado.
Solo en la medida que se hubiera condenado a alguna de esas personas se podría haber condenado a El Mundo como responsable civil. Y por tanto, en el fallo no se absuelve a El Mundo por la totalidad de sus informaciones, que no han sido objeto de juicio, sino solo en su calidad de responsable civil.
Habiendo sido demandado El Mundo, aunque sea en calidad de responsable civil, es obligatorio que en el Fallo la Jueza resuelva sobre su su condena o su absolución.
Solo en la medida que se hubiera condenado a alguna de esas personas se podría haber condenado a El Mundo como responsable civil. Y por tanto, en el fallo no se absuelve a El Mundo por la totalidad de sus informaciones, que no han sido objeto de juicio, sino solo en su calidad de responsable civil.
Quote:Para mí que, en esas condiciones fijadas previamente, la juez no debería haber resuelto expresamente nada sobre el diario, que si ha quedado al margen de enjuiciamiento también debió quedar al margen de resolución. ¿No?
Habiendo sido demandado El Mundo, aunque sea en calidad de responsable civil, es obligatorio que en el Fallo la Jueza resuelva sobre su su condena o su absolución.
