lejianeutra Wrote:De todos modos la coletilla dice textualmente «información veraz aunque [este extremo] no haya sido probado en el juicio Y no se recoja en la sentencia».
Y tranquilos, que ante ese razonamiento tan pedrojotiano de
Quote:¿Se dan cuenta ustedes de las implicaciones que tienen estas palabras? La juez está sugiriendo [¡] que si la misma prueba que se practicó ante sus narices se hubiera practicado ante las del tribunal del 11-M...
... más de un lector avieso se preguntarà (o debería hacerlo) por qué entonces no se hizo, por qué tal extremo no sólo no ha sido probado en el juicio sino que ni siquiera se ha intentado probar, y por qué El Mundo o esa asociación de víctimas tan afín o alguna de las defensas nunca han presentado un peritaje tan "valioso" como ése ante un juzgado de instrucción o ante la Audiencia Nacional con ocasión del juicio, que son las únicas instancias ante las que tendría verdadero efecto en relación a los atentados, sino que se han limitado a presentarlo ante un Juzgado de 1ª Instancia con el único fin de salvar el culo y la pasta.
De todos modos, aún están a tiempo ¿Lo harán? No, no lo harán.
Lejia, lo que yo creo es que Lledó trata de aplicar a este supuesto fáctico cierta analogía con la jurisprudencia que cita en el punto tercero de los fundamentos jurídicos, aunque lo hace con poca fortuna, porque queda un poco discordante tanto en las formas como en el fondo.
Fundamentos jurídicos (Tercero):
Quote:(…)
Es de destacar que está reconocido que el juicio sobre la “veracidad” no puede realizarse “ex post” es decir cuando la verdad ha sido ya establecida, al menos en instancias oficiales, pues en ningún caso la libertad de información aparece condicionable de modo absoluto por el resultado del proceso penal y su efectividad o prevalencia no depende de que el hecho no se haya declarado probado en el mismo, alcanzando la tutela constitucional también a las informaciones que puedan resultar erróneas o simplemente no probadas en juicio (SS. T.C. 11 diciembre 2000, y T.S. 4 diciembre 1997, 23 febrero 199B, 31 mayo 2001 y 5 octubre 2004) .
Aquí la jurisprudencia lo que viene a refrendar es que el criterio de veracidad que concede una investigación rigurosa previa, se mantiene aunque posteriormente la información se haya demostrado errónea durante un juicio penal, o no se haya probado (ni acertada ni errónea)
Y creo errónea en las formas el copiado casi literal de ese fundamento jurídico en los hechos fácticos “constatados” porque aquí, precisamente por constatados, ya no cabe el subjuntivo. Y en el fondo, porque el juicio de veracidad no hay que hacerlo “ex post” ni para lo bueno ni para lo malo, y cuando establece que las averiguaciones realizadas son "avaladas por" - que no "basadas en" - el dictamen pericial, reconoce que el dictamen es posterior a la información, luego no vale para realizar el juicio de veracidad, al igual que no vale, para “no avalar”, que la sentencia posterior recoja en sus hechos probados que la alarma y la hora estuviesen configuradas.
Y además hay que tener en cuenta que Casimiro ya conocía la declaración de los peritos, tan inocentes o tan culpables como S-M, que se ratifican, refrendan, avalan… durante el juicio su informe pericial. Declaraciones que son anteriores y conocidas por Casimiro antes de realizar la información, no son declaraciones en juicio "ex post". Además la jurisprudencia que cita la propia Lledó habla de "probadas en el juicio" y no exclusivamente de "recogida en la sentencia".
Pero el colmo es que la sentencia sí lo ha probado, por lo que ya no tiene sentido poner el subjuntivo en negativo: “aunque no haya sido probado…”, porque para su argumentación de no considerar válidas las demostraciones “ex post” es innecesaria esa partícula negativa, y hubiese sido mucho más ajustado a la realidad, a la jurisprudencia que cita, y sobre todo habría resultado mucho menos confuso, menos ambiguo y levantado muchas menos suspicacias nuestras y malentendidos malintencionados de El Mundo poner: “aunque haya sido probado en el juicio y se recoja en la sentencia”; así, sin el no delante
