23-02-2010, 22:26:46
He continuado viendo el programa ese de ayer, y se confirma la tremenda manipulación de las imágenes que sirvió ayer Veo 7, con oportunos cortes, selección de las escenas, y sobre todo ridículas interpretaciones de los gestos y palabras que no resisten el más mínimo análisis crítico. pero ya iré con ello.
También confirmo el flojo papel que hicieron los dos no conspiracionistas. Centrarse en el hecho de que la fábrica Maxam había sintetizado GOMA 2 EC, pero no saber, o no ser capaces de decir que la GOMA 2 Ec se vendió hasta, al menos, Marzo de 2004, y que en la prueba documental se encontraron decenas de cartuchos titulados como GOMA 2 EC en Mina Conchitaes poco bagaje para alguien que,como Schwartz, estuvo cubriendo el juicio.
Aún no he terminado de verlo, pero un punto me ha llamado la atención.
En la discusión sobre Dibutilftalato, al menos hasta donde yo he llegado, ninguno de los dos fue capaz de recordar a Casimiro que Iglesias y Romero recordaron a Vega que él dijo que "el dibutilftalato no era específico de la GOMA 2 ECO". Es decir, nuevamente, no sólo no es un hecho nuevo, es que tal objeción ya se planteó en su momento, con resultado nulo. (¿Qué estaba haciendo Schwartz, dicho sea con todo el cariño? ¿Mirando a alguna bella letrada? :lol
No para ahí la cosa, es que, según Casimiro, en la vista de la querella contra Sánchez manzano, Vega, propuesto por la defensa, ratificó lo que se le ve decir en el juicio: que él, por sí sólo, no considera al dibutilftalato específico de ningún explosivo.
Pero ¿es que dijo otra cosa en el juicio? Veamos; en el primer Corte Iglesias responde al perito P6 (que creo es Atoche) y en el segundo, Vega, P1, responde al juez Bermúdez, y deja claro que el Dibutilftalato puede aparecer, y aparece conmucha frecuencia, como contaminante, procedente de las propias bolsas :
Bueno, bueno, a lo mejor los peritos Atoche y Vega lo dijeron en el juicio, pero el caso es que la sentencia se basa en el Dibutilftalato para sentar que fue GOMA 2 ECO..
¿De verdad?
Pues veamos lo que dice el Tribunal Supremo, precisamente a esa cuestión:
También confirmo el flojo papel que hicieron los dos no conspiracionistas. Centrarse en el hecho de que la fábrica Maxam había sintetizado GOMA 2 EC, pero no saber, o no ser capaces de decir que la GOMA 2 Ec se vendió hasta, al menos, Marzo de 2004, y que en la prueba documental se encontraron decenas de cartuchos titulados como GOMA 2 EC en Mina Conchitaes poco bagaje para alguien que,como Schwartz, estuvo cubriendo el juicio.
Aún no he terminado de verlo, pero un punto me ha llamado la atención.
En la discusión sobre Dibutilftalato, al menos hasta donde yo he llegado, ninguno de los dos fue capaz de recordar a Casimiro que Iglesias y Romero recordaron a Vega que él dijo que "el dibutilftalato no era específico de la GOMA 2 ECO". Es decir, nuevamente, no sólo no es un hecho nuevo, es que tal objeción ya se planteó en su momento, con resultado nulo. (¿Qué estaba haciendo Schwartz, dicho sea con todo el cariño? ¿Mirando a alguna bella letrada? :lol

No para ahí la cosa, es que, según Casimiro, en la vista de la querella contra Sánchez manzano, Vega, propuesto por la defensa, ratificó lo que se le ve decir en el juicio: que él, por sí sólo, no considera al dibutilftalato específico de ningún explosivo.
Pero ¿es que dijo otra cosa en el juicio? Veamos; en el primer Corte Iglesias responde al perito P6 (que creo es Atoche) y en el segundo, Vega, P1, responde al juez Bermúdez, y deja claro que el Dibutilftalato puede aparecer, y aparece conmucha frecuencia, como contaminante, procedente de las propias bolsas :
Quote: P6: O sea, estamos viendo en la M1 los componentes nitroglicerina, nitroglicol, dinitrotolueno y ftalatos.]
MF1: Y ftalatos en más cantidad.
P6: Ftalatos, en más cantidad, componentes…
MF1: En la M1.
P6: …ausentes en la composición del Titadyne.
MF1: Es decir, y la presencia de más cantidad de ftalatos… el ftalato es un componente exclusivo de la goma 2 ECO.
P3: Pero a qué ftalato nos referimos…
MF1: Estoy preguntándole al perito.
GB: No, no, pero puede intervenir cualquiera.
GB: Uno a uno.
P3: A lo mejor no va a contradecir lo que hemos estado comentando muchas veces, cuando te he preguntado: oye, este ftalato, a cuál nos referimos. ¿Hay un ftalato real? Y me dijiste: mira, aunque hubiera una goma 2 ECO…
GB: No, no le quite usted el micrófono.
P3: Aunque hubiera una goma 2 y supiera que ha explotado, y veo el ftalato, no te puedo decir que es de la goma 2. Eso lo has dicho tú pocos días antes del final de la pericia.
P2: Y eso es cierto, y lo ratifico yo también.
P8: Bien, a mí me gustaría aclarar un pequeño matiz. El hecho de que encontremos ftalatos, lo que da idea es que la muestra está contaminada. Por eso, yo no puedo valorar esos componentes que tenemos ahí.
Quote:P1: No… no lo sé. No hemos analizado si estaban quemados o no los detonadores. Estábamos buscando, era componentes explosivos. Me dice la muestra, por favor, ¿la muestra 7-4?
GB: M-7-4, por ejemplo.
P1: M-7-4.
GB: Ahí aparece dibutil-ftalato. Dibutil-ftalato, por ejemplo. Página 74 de su informe.
P1: Eh… según dice la leyenda de la muestra, dice: restos de 5 detonadores eléctricos explosionados. Yo, leyendo esto, supongo que serían de las pruebas que hicieron los TEDAX y nos los remitieron al laboratorio. Supongo. No lo sé más.
GB: ¿Y el dibutil-ftalato es normal en ese caso?
P1: El dibutil-ftalato, hemos dicho ya que puede aparecer como contaminante de las propias bolsas.
GB: O sea, que es algo normal.
Bueno, bueno, a lo mejor los peritos Atoche y Vega lo dijeron en el juicio, pero el caso es que la sentencia se basa en el Dibutilftalato para sentar que fue GOMA 2 ECO..
¿De verdad?
Pues veamos lo que dice el Tribunal Supremo, precisamente a esa cuestión:
Quote:…desde el punto de vista del tipo objetivo, que es lo que aquí se cuestiona, el aspecto relevante para establecer la responsabilidad penal del recurrente en los hechos por los que es condenado como cooperador necesario es si puede establecerse que la dinamita y los detonadores suministrados por él fueron utilizados en los atentados del día 11 de marzo. A los efectos de la determinación de su responsabilidad, es indiferente que el autor utilizara, además, otra dinamita diferente.
De los informes periciales, cuyo contenido no se cuestiona en el motivo, tal como son recogidos en la sentencia, resulta que en todos los focos de los trenes han aparecido restos de componentes de Goma 2 ECO, que es dinamita utilizada en Mina Conchita, especialmente el dibutilftalato en un porcentaje superior al 1%. Según el razonamiento del Tribunal, está acreditado que el recurrente proporcionó dinamita procedente de Mina Conchita a Jamal Ahmidan, y a otras personas que lo acompañaban, en fechas anteriores y cercanas temporalmente al 11 de marzo de 2004, y que el citado Jamal estaba directamente involucrado en los atentados, como resulta especialmente de los hallazgos obtenidos en el desescombro del piso de Leganés tras la explosión. Es razonable, por lo tanto, concluir que la dinamita proporcionada por el recurrente a Jamal, Goma 2 ECO procedente de Mina Conchita, fue utilizada por éste en los atentados del 11 de marzo.
Es cierto que también aparecen, en menor porcentaje, restos de componentes que pudieran corresponder a Goma 2 EC o a Titadyne, como ocurre con la nitroglicerina o el dinitrotolueno FJ III.5 de la sentencia impugnada). Sin embargo, tal hallazgo, además de que, como hemos dicho, no afectaría a la responsabilidad criminal del recurrente, no impide de forma absoluta la anterior conclusión. De un lado porque el propio Tribunal no excluye la utilización de pequeñas cantidades de otra dinamita diferente; y de otro lado porque de la inspección ocular efectuada en la mina y de la testifical del Guardia Civil que intervino en la misma resulta, y así se establece por el Tribunal en la fundamentación jurídica (FJ III.5.5), que se comprueba la existencia, en la galería nº 1, de dos bolsas de dinamita Goma 2 ECO y además otras dos de dinamita Goma 2 EC, en buenas condiciones. Las bolsas de esta última clase de dinamita son de 2,5 kilogramos, tamaño que dejó de suministrarse en el año 2002, según se afirma en la sentencia. Por lo tanto, también podía proceder de Mina Conchita alguna cantidad de Goma 2 EC que hubiera sido suministrada a la explotación minera con fecha anterior a dicho año 2002. Además, en el nivel 2 de la mina se encuentra otra bolsa de Goma 2 EC con 16 cartuchos, de lo que se desprende que la presencia de esa clase de dinamita no puede considerarse absolutamente excepcional y pudo igualmente ser suministrada por el recurrente al grupo de Jamal mezclada con mayores cantidades de Goma 2 ECO.
Por lo tanto, aunque el Tribunal no descarte la utilización de otra clase de dinamita, afirma que se ha utilizado Goma 2 ECO, lo cual vincula al recurrente con los hechos, y de los informes periciales, tal como son recogidos en la sentencia sin que en el motivo se haya alegado error por la vía del artículo 849.2º de la LECrim, unidos a la inspección ocular, también resulta que esa otra dinamita podría haber sido Goma 2 EC, igualmente procedente de Mina Conchita.
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
