04-08-2010, 23:00:03
Al parecer, en este caso particular se trata de un transtorno por estrés post-traumático.
Copio aquí los requisitos que se piden para el diagnóstico en el DSM IV, el manual americano de clasificación de enfermedades mentales.
Como veis, el diagnóstico se basa casi exclusivamente en la historia del paciente, y aunque existen mecanismos en los test psicológicos para evaluar la sinceridad de la persona, no resulta muy difícil eludirlos si estás advertido.
En todo caso, la imposibilidad de pruebas objetivas da como resultado que sea un transtorno relativamente fácil de simular, pero también que una persona que verdaderamente lo padezca pueda ser tachada de mentiroso equivocadamente.
La cosa se complica si pensamos que, para la misma agresión psicológica, a veces mínima, hay personas que reaccionan superando el trauma, y hay personas pusilánimes que nunca se adaptarán. Los servicios psiquiátricos de Madrid estuvieron atendiendo a personas que "alguna vez cogían esos trenes", pero que el día 11-M ni se habían acercado a ellos, y declaraban no poder dormir, o sufrir de ansiedad porque, por ejemplo, "sin ir más lejos, quince días antes había ido a Madrid en uno de esos trenes".
En este caso parece que había dudas bastante fundadas (según leo en PUBLICO, tanto el Ministerio del Interior como la Audiencia Nacional dudaban de la veracidad de los síntomas) pero el Tribunal Supremo ha fallado a su favor.
Curiosamente, siempre según PUBLICO, el Supremo se basa en que la sentencia de la Audiencia Nacional del 11-M y los Servicios Sociales la recogen como víctima con ese diagnóstico. Sin embargo, la propia AN dio, posteriormente, la razón al Ministerio del Interior, y los servicios sociales no hacen más que aplicar los recursos según la información que se les facilita, pero no son quiénes para establecer los diagnósticos, así que, a falta de conocer mejor la sentencia, tengo la impresión de que le Supremo ha fallado según un criterio de "en la duda, a favor de la víctima..."
Copio aquí los requisitos que se piden para el diagnóstico en el DSM IV, el manual americano de clasificación de enfermedades mentales.
Quote:1.La persona ha estado expuesta a un acontecimiento traumático en el que se ha presentado lo siguiente:
1.la persona ha experimentado, presenciado o le han explicado uno o más acontecimientos caracterizados por muertes o amenazas para su integridad física o la de los demás
2.la persona ha respondido con temor, desesperanza u horror intensos. En los niños estas respuestas pueden expresarse mediante comportamientos desestructurados o agitados
2.El acontecimiento traumático es reexperimentado persistentemente a través de una o más de las siguientes formas:
1.recuerdos del acontecimiento recurrentes e intrusos que provocan malestar y en los que se incluyen imágenes, pensamientos o percepciones. En los niños pequeños esto puede expresarse en juegos repetitivos donde aparecen temas o aspectos característicos del trauma
2.sueños de carácter recurrente sobre el acontecimiento. En los niños puede haber sueños terroríficos de contenido irreconocible
3.el individuo actúa o tiene la sensación de que el acontecimiento traumático está ocurriendo. Se incluyen la sensación de revivir la experiencia, ilusiones, alucinaciones y flashbacks. Los niños pequeños pueden reescenificar el acontecimiento traumático específico
4.malestar psicológico intenso al exponerse a estímulos internos o externos que simbolizan o recuerdan un aspecto del acontecimiento traumático
5.respuestas fisiológicas al exponerse a estímulos internos o externos que simbolizan o recuerdan un aspecto del acontecimiento traumático
3.Evitación persistente de estímulos asociados al trauma y embotamiento de la reactividad general del individuo, tal y como indican tres o más de los siguientes síntomas:
1.esfuerzos para evitar pensamientos, sentimientos o conversaciones sobre el suceso traumático
2.esfuerzos para evitar actividades, lugares o personas que motivan recuerdos del trauma
3.incapacidad para recordar un aspecto importante del trauma
4.reducción acusada del interés o la participación en actividades significativas
5.sensación de desapego o enajenación frente a los demás
6.restricción de la vida afectiva
7.sensación de un futuro desolador, pesimismo
4.Síntomas persistentes de aumento de la activación, tal y como indican dos o más de los siguientes síntomas:
1.insomnio de conciliación o de mantenimiento
2.irritabilidad
3.dificultades para concentrarse
4.hipervigilancia
5.sobresaltos
El tiempo mínimo de evolución de los síntomas de es un mes. Las alteraciones provocan malestar clínico significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.
Como veis, el diagnóstico se basa casi exclusivamente en la historia del paciente, y aunque existen mecanismos en los test psicológicos para evaluar la sinceridad de la persona, no resulta muy difícil eludirlos si estás advertido.
En todo caso, la imposibilidad de pruebas objetivas da como resultado que sea un transtorno relativamente fácil de simular, pero también que una persona que verdaderamente lo padezca pueda ser tachada de mentiroso equivocadamente.
La cosa se complica si pensamos que, para la misma agresión psicológica, a veces mínima, hay personas que reaccionan superando el trauma, y hay personas pusilánimes que nunca se adaptarán. Los servicios psiquiátricos de Madrid estuvieron atendiendo a personas que "alguna vez cogían esos trenes", pero que el día 11-M ni se habían acercado a ellos, y declaraban no poder dormir, o sufrir de ansiedad porque, por ejemplo, "sin ir más lejos, quince días antes había ido a Madrid en uno de esos trenes".
En este caso parece que había dudas bastante fundadas (según leo en PUBLICO, tanto el Ministerio del Interior como la Audiencia Nacional dudaban de la veracidad de los síntomas) pero el Tribunal Supremo ha fallado a su favor.
Curiosamente, siempre según PUBLICO, el Supremo se basa en que la sentencia de la Audiencia Nacional del 11-M y los Servicios Sociales la recogen como víctima con ese diagnóstico. Sin embargo, la propia AN dio, posteriormente, la razón al Ministerio del Interior, y los servicios sociales no hacen más que aplicar los recursos según la información que se les facilita, pero no son quiénes para establecer los diagnósticos, así que, a falta de conocer mejor la sentencia, tengo la impresión de que le Supremo ha fallado según un criterio de "en la duda, a favor de la víctima..."
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
