23-12-2010, 14:05:45
Bien; tras leer despacio la sentencia, y advirtiendo que soy un lego en Derecho cuyas impresiones no pretenden ir más allá de meras opiniones, me reafirmo en que la Sentencia es, en el fondo, una serie de excusas, buscadas y halladas, para no tener que condenar a Pedro Jota.
Y no es que crea que los Magistrados GARCÍA PAREDES, GARCÍA DE LEÁNIZ Y SALCEDO RUIZ están bien predispuestos hacia “El Mundo” o mal hacia Sánchez Manzano.
Simplemente, las leyes españolas protegen la Libertad de Expresión de los periodistas –más que la del resto de los mortales- hasta un punto tal, que los jueces saben que, al fin y al cabo, todas estas querellas serán aparcadas, bien en el Superior de Justicia, bien en el Supremo, incluso en el Constitucional o el TSDDHH Estrasburgo.
Véase, si no, cómo incluso la Sentencia que condenó a Federico a pagar a Zarzalejos 100000 € por llamarle “carcalejos”, “excremento” y qué se yo cuántas barbaridades ha sido anulada por la Audiencia Provincial, aunque Zarzalejos pensaba recurrir. Sólo la de Ruiz Gallardón persiste, y apuesto a que algo tendrá que ver que las acusaciones de Federico mezclaban a las Víctimas del Terrorismo.
Y, así, como a nadie le gusta que las instancias superiores le den un revolcón, pues se cortan ellos mismos y dictan una sentencia que esté a gusto con lo que, al final, creen que va a ser dictado.
Es decir, según mi tesis, quizás los jueces no estén tan convencidos de la Justicia (mayúscula) de desestimar la querella de Sánchez Manzano, como de la necesidad de hacerlo así
¿Qué diferencia hay? ¿Por qué digo esto?
Pues porque, en mi opinión, y con todos los respetos, algunos –muchos- de los argumentos y procesos lógicos de la Sentencia están muy traídos por los pelos. Ojo, no me refiero a los argumentos legales, sino a los razonamientos que se siguen para luego poder aplicar la Ley; a veces hay saltos poco menores que el Gran Cañón del Colorado.
Tiempo tendremos para analizarlos pero, a mi, motivos como “los abogados de la parte demandada se lo han currado”,“no se trataba de poner a juicio los sucesos del 11-M”,“las informaciones se van dando a medida que van apareciendo nuevos hechos”,“las informaciones periodísticas se mueven con la incertidumbre del horizonte que cambia con la escalada de una simple colina”,“situación social de conmoción”,“no se pueden poner límites a la prensa a la hora de abrir una nueva vía de investigación”,“la rabia por la verdad que probablemente se escapaba”, y muchos otros que documentaremos próximamente, me suenan demasiado a los “ayer fue el cumpleaños de mi padre” o “un perro se comió mis deberes” de mi infancia.
Empezando por el motivo por el que, según la Sentencia, no se consideraron válidos los editoriales y los artículos de opinión, y para el que pediré asesoramiento de algún jurista
"La parte demandante renunció al enjuiciamiento de los editoriales y de los artículos de opinión" dice. Ya veremos.
Y no es que crea que los Magistrados GARCÍA PAREDES, GARCÍA DE LEÁNIZ Y SALCEDO RUIZ están bien predispuestos hacia “El Mundo” o mal hacia Sánchez Manzano.
Simplemente, las leyes españolas protegen la Libertad de Expresión de los periodistas –más que la del resto de los mortales- hasta un punto tal, que los jueces saben que, al fin y al cabo, todas estas querellas serán aparcadas, bien en el Superior de Justicia, bien en el Supremo, incluso en el Constitucional o el TSDDHH Estrasburgo.
Véase, si no, cómo incluso la Sentencia que condenó a Federico a pagar a Zarzalejos 100000 € por llamarle “carcalejos”, “excremento” y qué se yo cuántas barbaridades ha sido anulada por la Audiencia Provincial, aunque Zarzalejos pensaba recurrir. Sólo la de Ruiz Gallardón persiste, y apuesto a que algo tendrá que ver que las acusaciones de Federico mezclaban a las Víctimas del Terrorismo.
Y, así, como a nadie le gusta que las instancias superiores le den un revolcón, pues se cortan ellos mismos y dictan una sentencia que esté a gusto con lo que, al final, creen que va a ser dictado.
Es decir, según mi tesis, quizás los jueces no estén tan convencidos de la Justicia (mayúscula) de desestimar la querella de Sánchez Manzano, como de la necesidad de hacerlo así
¿Qué diferencia hay? ¿Por qué digo esto?
Pues porque, en mi opinión, y con todos los respetos, algunos –muchos- de los argumentos y procesos lógicos de la Sentencia están muy traídos por los pelos. Ojo, no me refiero a los argumentos legales, sino a los razonamientos que se siguen para luego poder aplicar la Ley; a veces hay saltos poco menores que el Gran Cañón del Colorado.
Tiempo tendremos para analizarlos pero, a mi, motivos como “los abogados de la parte demandada se lo han currado”,“no se trataba de poner a juicio los sucesos del 11-M”,“las informaciones se van dando a medida que van apareciendo nuevos hechos”,“las informaciones periodísticas se mueven con la incertidumbre del horizonte que cambia con la escalada de una simple colina”,“situación social de conmoción”,“no se pueden poner límites a la prensa a la hora de abrir una nueva vía de investigación”,“la rabia por la verdad que probablemente se escapaba”, y muchos otros que documentaremos próximamente, me suenan demasiado a los “ayer fue el cumpleaños de mi padre” o “un perro se comió mis deberes” de mi infancia.
Empezando por el motivo por el que, según la Sentencia, no se consideraron válidos los editoriales y los artículos de opinión, y para el que pediré asesoramiento de algún jurista
"La parte demandante renunció al enjuiciamiento de los editoriales y de los artículos de opinión" dice. Ya veremos.
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
