07-03-2011, 16:16:36
¿Algún leguleyo de guardia puede arrojar algo de luz sobre el hecho de que un juzgado redacte una providencia que diga una cosa, de la cual se derive un oficio que diga otra más escueta? ¿Qué efecto tiene marcar un plazo de entrega en una providencia cuando el receptor del oficio correspondiente no es notificado del mismo?
