11-02-2012, 17:40:56
Rujpi Wrote:¡Por fin puedo registrarme después de meses de intentos!
Lo primero, un cariñoso abrazo al comisario Sánchez Manzano y la la perito de la unidad TEDAX, así como a su familia. Se les ha causado un daño ya irreparable y creo que se deberían exigir responsabilidades a la responsable.
Otro abrazo para los componentes de DL. Llevo siguiéndoos más de cinco años ya. Siempre habéis sido un referente de rigor intelectual, honestidad y, lo que es más difícil, imparcialidad política. Enhorabuena por este gran esfuerzo y, sobre todo, ¡gracias!
Un solo comentario del auto de la AP de Madrid. Deja muy claro que no entra en el fondo del asunto porque concurre cosa juzgada. Ahora bien, nada le habría impedido entrar en él (lo he visto en docenas de ocasiones. ¿Por qué no lo ha hecho ahora? Siempre se puede entender que meterse en el fondo (declarar que procede el SL porque los hechos objeto de la querella no son constitutivos de infracción penal alguna) supone un buen marrón: mucho curro añadido y cabrear aún más al conspiracionismo. No lo creo en absoluto. Lo primero porque los jueces suelen ser mucho más serios, más aun en un caso de la trascendencia de éste. Lo segundo porque all ambiente conspiracionista le iba a dar tanto lo uno como lo otro: ya hemos visto su reacción histérica.
Mi opinión es que la AP no ha querido meterse en el fondo porque ha visto TAN clara la cosa juzgada (y lo expone en un auto técnicamente impecable) que tiene una total certidumbre de que el TS confirmará dicho auto.
Todo esto viene a cuento de las dudas que aquí se han planteado acerca de la posibilidad de que el TS tumbe el auto y que, si se hubiera entrado en el fondo, hqbría más garantías de confirmación. Entiendo la AP ha considerado que entrar en el fondo era innecesario, habiendo una cosa juzgada tan clara.
En primer lugar, gracias por tu ingreso en nuestro grupo, y lamentamos mucho que no pudieras inscribirte antes. lamentablemente, tuvimos un problema informático del que no nos percatamos hasta que alguien nos lo hizo notar (y yo, personalmente, soy un merluzo en informática; de no ser por Lareán y Castigador, podríamos haber seguido por los siglos de los siglos así sin enterarnos) y se solucinó. Debimos parecer como Luis del pino, sin admitir nueva gente. Dios mío, que vergüienza.
Esperamos que comentes con nosotros de ahora en adelante todos los temas que, sin duda, surgirán.
Y, en segundo lugar, dado que debo ser yo el "cenizo" que he dado lugar al malentendido, te diré que estoy seguro al 99 % de que el Supremo va a pasar de estos tipos como del guano. Y no hay cosa que más desee. He pasado (como la mayoría, si no todos, los compañeros) malos ratos pensando en el injusto sufrimiento de Sánchez Manzano y su familia, todo porque se atrevió a ridiculizar a "El Mundo" ante la Comisión de Investigación. Pero eso, precisamente, es lo que me hace ser aún cauteloso; Rasmo lo expresaba con su "alegría contenida" y yo diria con un "de estos cabrones no me fío ni un pelo".
Sobre el Auto de lña Audiencia Provincial, quizás me he expresado mal: la Audiencia NO PUEDE hacer otra cosa que lo que ha hecho: opinar sobre el recurso presentado por los abogados de SM; NO PUEDE (por más que los conspiracionistas se agarren a que no lo hace) opinar sobre la culpabilidad de los imputados.
De hecho, va analizando las causas de nulidad presentadas por el abogado (esta no, esta tampoco...) y a la tercera, encuentra una causa jurídicamente válida de "causa juzgada". Y termina la exposición con esta coletilla (Pg 26): "Al haber sido apreciado el anterior motivo de apelación deviene innecesario entrar a tratar el resto de los motivos de apelación alegados".
Así que no lamento que la Audiencia no haya entrado en el fondo de las acusaciones, porque no puede hacerlo; lo que yo decía era, simplemente (un poco en plan aguafiestas, lo sé) esque la derrota definitiva aún no se ha producido; los abogados de SM y la perito tendrán que trabajar duro contra un previsible recurso. Y si el Supremo no les diese la razón, estariamos exactamente como hace unos días (ignoro si el caso se le devolvería a Coro Cillán -si no se le ha empurado- o iría nuevamente a reparto).
Lo que sí lamentaba es que a la juez Coro Cillán, que recibe una collejita por no haber derivado el caso al juzgado nº 6 en cuanto se dio cuenta, no reciba un COLLEJÓN por ello; porque es claro, palmario, y le fue advertido por los abogados de SM, que ésto era así. Y no sólo no lo hizo, sino que se lió a pedir pruebas y testimonios esramb´çoticos, caros y costosos en tiempo para los testigos, y en sufrimiento para los encausados, cuando debiera haber quedado claro que no debía hacerlo. Hombre, que yo creo que eso sí podía hacerse. Que recuerdo que, en el archivo de la causa de AEs, el juez se quejaba, con muchísimo salero, de "haberse tenido que leer el libro Tytadin" (que, supongo lo sabrá, es el libro más horrorosamente escrito desde los tiempos de la escritura cuneiforme... por lo menos)
Bueno, pues encantado de tenerle con nosotros.
EDITO: Leo tu comentario, amigo Quetza, y puede que tengas razón: en caso de una anulación del Auto de la Audiencia, quizás lo suyo sea devolver a la misma Audiencia para que estudie el resto de los recursos.
Pero sobre lo que hubiese debido hacer Coro Cillán, el Auto no ofrece duda:
Quote:Establece el art. 300 de la LECr. que “cada delito de que conozca una autoridad judicial será objeto de un sumario”.
Por lo tanto, si los hechos denunciados son los mismos, no cabe duda que dichos hechos solamente deben ser objeto de instrucción en un mismo y único procedimiento y por un mismo juzgado, de tal forma que al presentarse una segunda denuncia (la presentada por la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11M) denunciando los mismos hechos, en una rigurosa y no siempre fácil aplicación de las Normas de Reparto de Asuntos entre los Juzgados de Instrucción de Madrid -de preceptiva aplicación para garantizar el derecho al juez natural
predeterminado-, debería haberse repartido o turnado al Juzgado de Instrucción nº 6, pues la Norma Octava establece que “las querellas o denuncias conocidas ya por un juzgado atraen la competencia sobre cualquier otra querella o denuncia presentada después por los mismos hechos”
Es decir, en cualquier momento que se conozca, dentro de los procedimientos, de un sumario por los mismos delitos y con el mismo acusado, debe ser remitido al primer juzgado que estudió la causa.
No sé, puedo estar equivocado, pero en el caso Coro Cillán no cabe ya el beneficio de la duda de que "ella creía que no eran los mismos delitos", puesto que su batería de pruebas y testigos NO TENÍAN NADA QUE VER CON ESOS DELITOS
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
