17-05-2007, 14:18:41
3diasdemarzo Wrote:Apuntes de datadiar a propósito de la huelga de hambre:Pues la verdad, no entiendo por qué Datadiar, que es una web profesional mete esto ya que la decisión del tribunal nada tiene que ver con "las penas privativas de libertad" ni con la legislación penitenciaria. Los procesados no son penados, así que no tienen ninguna PENA privativa de libertad. El tribunal se refirió a la desobediencia o actitud que impida el desarrollo del juicio y otras normas que afectan al desarrollo de la vista oral.... No obstante, es verdad que siendo presos preventivos el tribunal velará por su integridad. No me cabe la menor duda que les hidratarán o alimentarán cuando sea necesario pero tampoco, desde luego, de que ellos vayan a marcar cuándo o por quién quieren ser juzgados. Por otra parte me ha chocado una parte del "comunicado " que al parecer han hecho público y que he oído en la radio... Dicen que "no quieren presionar al tribunal" que lo que tratan de evitar es "una sentencia política" (sic). De lo que no cabe duda es de que no necesitan a nadie que les explique cómo funciona la vida político-mediática española......
http://www.datadiar.tv/juicio11m/hhambre.htm
Quote:Como pilar básico de esta materia y en la cúspide piramidal de nuestro ordenamiento, el artículo 25.2 de la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978 (CE) determina que:y mucho más.
“Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozara de los derechos fundamentales de este Capitulo (artículos 14 a 38), a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
Así pues, dada la remisión expresa contenida en el precepto anterior, por aplicación del artículo 15 de la Constitución, los presos tienen derecho a la vida y a su integridad física y moral, quedando abolida la pena de muerte.
(...)
