04-06-2007, 15:49:05
ikke_leonhardt Wrote:Hombre, yo creo que con la "traducción 2.0" la exculpación es casi segura (y á mí me parecería justa). Con eso lo máximo que puedes hacer es condenarle por pertenencia, y por eso ya está cumpliendo condena en Italia.Pues a ver que pasa entonces con esta pericial, porque a este paso queda Zouhier de ideólogo.
Contra El Haski y 'Mohamed el Egipcio' hay poquísimo. Y contra Youssef Belhadj que si su alias es o no es Abu Dujana, que si compró un móvil dando las fechas del 11-M y del atentado de Casablanca, que si estuvo días antes en Madrid...
¿Pero es que de eso a condenar por conspiración? Pego de elmundo.es:
Quote:Conspiración para delinquir. Existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo. A este respecto, la jurisprudencia ha estimado que no pueden ser sujetos de conspiración quienes no reúnan las condiciones para ser autores. En este sentido, la conspiración es incompatible con la iniciación ejecutiva material del delito, que supondría ya la presencia de coautores o partícipes de un delito intentado o consumado.
Por otro lado, aunque la conspiración no contempla la ejecución del delito sí es preciso que los conspiradores decidan el desarrollo de una actividad precisa y concreta que ponga de relieve su voluntad de delinquir no soportada por meras conjeturas o suposiciones. Además, es preciso que exista un lapso de tiempo entre el acuerdo de voluntades y la supuesta realización del delito, es decir, no podría considerarse conspiración el muto acuerdo surgido espontáneamente y de repente, es decir, cuando se aprecia la posibilidad inmediata de realización del delito sin reflexión alguna.
Conspiración para cometer homicidio terrorista. Toda conspiración está dirigida a la comisión de un delito, de modo que la pena que se imponga por dicha conspiración dependerá de la que se haya de aplicar al delito pretendido. En este sentido, la regla general es la impunidad de los actos preparatorios, pero hay que apuntar que la ley ha previsto expresamente sancionar los actos de consipiración cuando se trate de: homicidio y asesinato, asociación ilícita y terrorismo.
