11-06-2007, 16:21:11
morenohijazo Wrote:Luego añade otra, que dice ha pedido alguien antes, pero para mí que se le ha ocurrido a él y como le da vergüenza reconocer que la tontería es suya recurre al conocido truco de "me dice un pajarito"No solamente tontería: inconstitucionalidad flagrante.
Quote:No sé quién ha pedido la nulidad de la vista pública por ser ésta televisada, pero yo hubiera hecho lo mismo.:lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
Gracias a que fue televisada los que declararon después vieron en qué mentían y cómo los que declararon antes.
Es más, vieron también cómo House silvaba y se miraba al espejo mientras le contaban la trola primero en verso y luego en prosa.
11-M entiranula
Enviado por trola el día 11 de Junio de 2007 a las 15:30 (#701)
Creo que el Barça quiere pedir la nulidad del partido del sábado por ser televisado. Y si cuela...
Artículo 24 de la Constitución:
2. Asimismo, todos tienen derecho (...) a un proceso público...
Artículo 120 de la Constitución:
1. Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones que prevean las Leyes de procedimiento.
¿Qué se creerá este tontaina que significa la palabra público?
He aquí lo que dice el Tribunal Constitucional, un día cualquiera, sobre el principio de la publicidad: «Hemos de empezar señalando que el principio de publicidad, estatuido por el art. 120.1 de la Constitución, tiene una doble finalidad: Por un lado, proteger a las partes de una justicia substraída al control público, y por otro, mantener la confianza de la comunidad en los Tribunales, constituyendo en ambos sentidos tal principio una de las bases del debido proceso y uno de los pilares del Estado de Derecho. (...) En los mismos términos se encuentra reconocido el derecho a un proceso público en el art. 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, habiendo sostenido al respecto el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en idéntica dirección que la que acabamos de señalar, que «la publicidad del procedimiento de los órganos judiciales, establecida en el art. 6.1 del referido Convenio, protege a las partes contra una justicia secreta que escape al control público; por lo que constituye uno de los medios de preservar la confianza en los Jueces y Tribunales». De acuerdo con ello, la publicidad del proceso ocupa una posición institucional en el Estado de Derecho que la convierte en una de las condiciones de la legitimidad constitucional de la administración de justicia».
