17-09-2007, 09:51:53
(This post was last modified: 17-09-2007, 09:52:53 by Mangeclous.)
Vaya, se me había pasado esta noticia. La verdad es que pensaba que Ibarra -aconsejado por Pumpido- había decidido no denunciar a El Mundo. Como dice, al parecer, el juez, la noticia no tenía contenido injurioso alguno para él.
También dice que cumplía el requisito de "veracidad", lo cual parece ser que no quiere decir que fuera cierta, sino que Abadillo la había contrastado con dos "fuentes": un redactor y un colaborador de El Mundo. No veo que se pronuncie sobre si la información era o no cierta.
También dice que cumplía el requisito de "veracidad", lo cual parece ser que no quiere decir que fuera cierta, sino que Abadillo la había contrastado con dos "fuentes": un redactor y un colaborador de El Mundo. No veo que se pronuncie sobre si la información era o no cierta.
El Mundo Wrote:11-M: Desestimada la demanda contra EL MUNDO que presentó Juan Carlos Rodríguez IbarraPor cierto, la noticia se refería a un despacho "en las cercanías de Mérida", no uno de la Junta en Madrid, como insinuaban algunos para sortear el disparate de que Vera se fuera hasta Mérida para hablar por teléfono.
MARIA PERAL
MADRID.- El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Mérida (Badajoz) ha desestimado la demanda de protección del derecho al honor interpuesta por el socialista Juan Carlos Rodríguez Ibarra, ex presidente de la Junta de Extremadura, contra el director de EL MUNDO, Pedro J. Ramírez; el vicedirector, Casimiro García-Abadillo, y el director de elmundo.es, Fernando Baeta. El Juzgado absuelve a los tres demandados, defendidos por la letrada Cristina Peña, e impone a Rodríguez Ibarra las costas del pleito.
La demanda se refería a una información publicada en las ediciones impresa y digital de EL MUNDO en la que se afirmaba que Rafael Vera utilizó el 12 de marzo de 2004 un despacho, proporcionado por Rodríguez Ibarra, para mover sus contactos judiciales y policiales y obtener valiosa información sobre la autoría de los atentados del 11-M.
La sentencia concluye que los hechos narrados en la información «son inocuos para el derecho al honor» de Rodríguez Ibarra y establece que García-Abadillo, autor de la noticia, «desplegó una actuación razonable y proporcionada» y su artículo «cumplía el requisito de veracidad».
El 11 de diciembre de 2006, EL MUNDO publicó una noticia titulada «Vera anticipó al PSOE que el 13-M habría detenciones de islamistas». En ella daba cuenta de que el ex secretario de Estado para la Seguridad informó telefónicamente a la dirección del Partido Socialista en la noche del 12 de marzo de 2004 de que, al día siguiente, se iban a producir detenciones de islamistas en relación a la masacre del 11-M.
«Vera, que se había puesto manos a la obra para ayudar a su partido cuando todavía se estaban contabilizando los muertos, no se fiaba de su teléfono porque sospechaba que podía estar controlado por la Policía. Así que pidió a Rodríguez Ibarra que le proporcionara medios para realizar sus gestiones con ciertas garantías», añadía la noticia.
Desde un despacho y un teléfono seguros en las cercanías de Mérida, Vera obtuvo de la juez antiterrorista francesa Laurence Levert el dato clave del posible origen islamista de los atentados.
Rodríguez Ibarra alegaba en su demanda que EL MUNDO había lesionado su derecho al honor al involucrarle «torticeramente» en el «espurio aprovechamiento electoralista» de los ataques terroristas del 11-M.
Sin embargo, el Juzgado de Mérida en el que recayó la demanda ha desestimado todas las pretensiones del ex presidente del Gobierno extremeño.
«El desvalor que Casimiro García-Abadillo deja traslucir, vinculando la inmediatez de la actuación de Vera al momento en que aún se estaban contando los fallecidos en el atentado, queda claramente circunscrito a la actuación de Rafael Vera y no de Juan Carlos Rodríguez Ibarra, pues éste aparece vinculado al mensaje central de la noticia de forma indirecta o circunstancial y los hechos a él concernientes no aparecen anudados a la insensibilidad y ausencia de escrúpulos que sí parece querer evidenciar el periodista respecto a la actuación de Vera», explica la sentencia.
En la publicación «no subyace mensaje o información subliminal que induzca en el lector la formación de un juicio de valor de contenido difamatorio hacia los personajes públicos que aparecen en la misma», afirma la resolución. «Todos los hechos referidos a Juan Carlos Rodríguez Ibarra, tomados en su integridad y enmarcados en la totalidad de la noticia periodística, son inocuos para el derecho al honor del demandante, pues la lectura del artículo en modo alguno deja traslucir, directa ni indirectamente, descalificación moral, social o profesional que de forma objetiva lesione su honor, al margen de cualquier subjetivismo del demandante».
Tras resaltar la relevancia pública de la información, la sentencia añade que García-Abadillo obtuvo la noticia de un redactor y de un colaborador del periódico que, a su vez, tenían fuentes distintas, según explicaron en sus declaraciones testificales.
