04-12-2007, 11:42:59
Gracias por la aclaración Iustitia.
Creo, no obstante, que resulta defendible que el sobreseimiento de causas en las que no exista acusación particular ni pública sólo es aplicable cuando exista un perjudicado concreto en las mismas que renuncie a litigar. Cuando lo que se sustancia son derechos de bien público, aunque sea en procedimiento abreviado, veo mucho más lógico que las acusaciones populares tengan derecho a reclamar la apertura del juicio.
Recordemos las múltiples denuncias del "sindicato" "Manos Limpias" ejerciendo la acusación popular. Normalmente no son admitidas a trámite porque suelen carecer de fundamento que es lo que arguye el juez instructor de cada caso, pero nunca se plantea la imposibilidad de tramitar la instrucción por no existir acusación particular o por la oposición de la fiscalía. El motivo, entiendo, es que las denuncias de Manos Limpias son por supuestas violaciones de derechos generales, aunque no haya perjudicados directos en cada caso.
Poldec: la sentencia de la AN del caso cesiones de crédito: http://estaticos.elmundo.es/documentos/2...iencia.pdf
Creo, no obstante, que resulta defendible que el sobreseimiento de causas en las que no exista acusación particular ni pública sólo es aplicable cuando exista un perjudicado concreto en las mismas que renuncie a litigar. Cuando lo que se sustancia son derechos de bien público, aunque sea en procedimiento abreviado, veo mucho más lógico que las acusaciones populares tengan derecho a reclamar la apertura del juicio.
Recordemos las múltiples denuncias del "sindicato" "Manos Limpias" ejerciendo la acusación popular. Normalmente no son admitidas a trámite porque suelen carecer de fundamento que es lo que arguye el juez instructor de cada caso, pero nunca se plantea la imposibilidad de tramitar la instrucción por no existir acusación particular o por la oposición de la fiscalía. El motivo, entiendo, es que las denuncias de Manos Limpias son por supuestas violaciones de derechos generales, aunque no haya perjudicados directos en cada caso.
Poldec: la sentencia de la AN del caso cesiones de crédito: http://estaticos.elmundo.es/documentos/2...iencia.pdf
