06-11-2006, 23:42:16
(This post was last modified: 07-11-2006, 02:33:33 by lejianeutra.)
Quote:¿Se ha investigado quién filtró los informes?Dice el Artículo 414.1. del Código Penal: "A la autoridad o funcionario público que, por razón de su cargo, tenga encomendada la custodia de documentos respecto de los que la autoridad competente haya restringido el acceso, y que a sabiendas destruya o inutilice los medios puestos para impedir ese acceso o consienta su destrucción o inutilización, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses y, en cualquier caso, inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años."
¿Eso no supone delito o algún tipo de falta?
Y el artículo 415:"La autoridad o funcionario público no comprendido en el artículo anterior que, a sabiendas y sin la debida autorización, accediere o permitiere acceder a documentos secretos cuya custodia le esté confiada por razón de su cargo, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.
Pero ésa es otra historia que ya se andará o no y en mi opinión sería demasiado aventurado hablar de ello. Lo cierto es que no consta que los peritos hicieran ninguna denuncia formal ante sus superiores de lo que según ellos había ocurrido, antes de recurrir a un método de denuncia tan "sui generis" como la filtración a un medio de comunicación, si la hicieron ellos.
P.D. Edito porque confundí los artículos.Perdón.
