16-04-2008, 21:58:51
(This post was last modified: 16-04-2008, 22:12:40 by morenohijazo.)
Exactamente: a los muertos no se les está juzgando,luego no se tiene que demostrar nada por ellos. Lo que se tiene que demostrar más allá de toda duda razonable es lo que hicieron los vivos.
Y fíjese en lo que significa más allá de toda duda razonable. Ello significa que si se demuestra, por ejemplo, que una persona pertenece a un comando terrorista, que esa persona subió a los trenes y que el comando colocó las bombas, será condenado por el hecho aunque el interfecto se haya puesto un pasamontañas tras subir al tren y nadie le haya visto la cara al dejar la bomba. Porque la Justicia se basa en eso. En la sabiduría legal y la imparcialidad de un Tribunal, que condenará si no le queda una duda razonable y absolverá en caso contrario
Lea cómo se lamentaba el Mundo el 8 de Diciembre de 2007 de que un etarra hubiera sido absuelto:
-Se sabe que es un etarra.
-En el lugar de los hechos (medio Casco Viejo, donde se habían producido desórdenes) apareció un escupitajo suyo.
Sin que nadie le haya visto allí, sin que nadie le haya visto escupir, y ya sin que el juez mande recoger la prueba, y por tanto vea a la Policía recogerlos, Lupiañez actualmente sería condenado a prisión.
Sin embargo, la Ley es así. Basta con que el Tribunal sea convencido, repito, más allá de toda duda razonable..
Imagínese el caso de un asesinato como el de la niña de Huelva. De no ser por esta manera de aplicar la Justicia, aunque el asesino se la hubiese llevado de la mano ante testigos, y luego la niña hubiese aparecido muerta, aunque el asesino no tuviese coartada, aunque hubiese ADN por todo el cuerpo de la niña, bastaría con una negativa en banda para que fuese perentoria la absolución, ante la falta de testigos del hecho del crimen
Y fíjese en lo que significa más allá de toda duda razonable. Ello significa que si se demuestra, por ejemplo, que una persona pertenece a un comando terrorista, que esa persona subió a los trenes y que el comando colocó las bombas, será condenado por el hecho aunque el interfecto se haya puesto un pasamontañas tras subir al tren y nadie le haya visto la cara al dejar la bomba. Porque la Justicia se basa en eso. En la sabiduría legal y la imparcialidad de un Tribunal, que condenará si no le queda una duda razonable y absolverá en caso contrario
Lea cómo se lamentaba el Mundo el 8 de Diciembre de 2007 de que un etarra hubiera sido absuelto:
Quote:...la Sección Tercera de la Audiencia Nacional consideró que el ADN que le incriminaba había sido recogido de manera irregular, ya que la Ertzaintza no había pedido autorización judicial para recoger el esputo del acusado. El perfil genético coincidía con el relacionado con los actos de kale borroka que se le imputaban, pero la sentencia, dictada en junio de 2005, volvió a ser absolutoria.Pruebas contra él:
Lupiáñez tuvo mucha suerte, ya que si el juicio se hubiera celebrado unos meses antes o unos meses después, la Sección Tercera hubiera admitido la saliva como prueba. En su sentencia absolutoria, la Sala explicaba que una reciente decisión del Supremo en otra causa le obligaba a rechazarlo, cambiando así el criterio que venía aplicando de no exigir una autorización judicial.
Sin embargo, seis meses más tarde, el Supremo dictó una sentencia contradictoria con la primera, con el agravante de que se trataba del mismo acusado -Gallastegui Sodupe- y del mismo escupitajo.
El Pleno del Tribunal Supremo decidió reunirse para unificar criterios y resolvió finalmente que la Policía «puede recoger muestras genéticas abandonadas sin autorización judicial».
-Se sabe que es un etarra.
-En el lugar de los hechos (medio Casco Viejo, donde se habían producido desórdenes) apareció un escupitajo suyo.
Sin que nadie le haya visto allí, sin que nadie le haya visto escupir, y ya sin que el juez mande recoger la prueba, y por tanto vea a la Policía recogerlos, Lupiañez actualmente sería condenado a prisión.
Sin embargo, la Ley es así. Basta con que el Tribunal sea convencido, repito, más allá de toda duda razonable..
Imagínese el caso de un asesinato como el de la niña de Huelva. De no ser por esta manera de aplicar la Justicia, aunque el asesino se la hubiese llevado de la mano ante testigos, y luego la niña hubiese aparecido muerta, aunque el asesino no tuviese coartada, aunque hubiese ADN por todo el cuerpo de la niña, bastaría con una negativa en banda para que fuese perentoria la absolución, ante la falta de testigos del hecho del crimen
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
