Isocrates Wrote:Todos los suicidas de Leganés hubieran sido condenados como autores materiales de haber comparecido en el juicio. Al volver a leerlo me doy cuenta que la sentencia utiliza la frase expresiónDisiento en parte con esta opinión.
Partiendo de la hipótesis que ya he expuesto (el caso de Bouchard).
En el supuesto de no haberse suicidado, el tribunal habría condenado como autores materiales sólo a aquellos que, más allá de toda duda razonable, se haya demostrado su participación como autores materiales con otras distintas pruebas que les conecte con el día y lugar de los atentados (directamente como el caso de Zougam: reconocimiento en los trenes) o por la suma de indicios probatorios (Morata, AVE, ADN, etcétera). Es decir, aquéllos de Leganés sobre los que no hayan otras pruebas de cargo distintas a su presencia en el piso (el caso de Bouchard) no habrían sido condenadas como autores.
Se quiera o no, el hecho del suicidio -reconocimiento de responsabilidad y autoinculpación- es la mayor -aunque no única- prueba de cargo de la autoría material. De no mediar el suicidio -inexistencia de autoinculpación-, la justicia habría tenido que delimitar la responsabilidad individualizada de cada sujeto a la hora de establecer el alcance de su participación y consecuente condena.
EDITO: Mangeclous nos saca de dudas de las pruebas sobre cada cual, al margen de Leganés:
Lamari: visto en los trenes, ADN en Skoda y Kangoo.
El Chino: reivindicación.
Hermanos Oulad: reivindicación, ADN en ropas.
Kounjaa: testamento, ADN en ropas.
Rifaat: ADN en ropas.
Tunecino: reivindicación.
Con estas pruebas más las que se hubieran derivado de la instrucción y el juicio oral -estamos hablando de un supuesto distinto que no ha ocurrido- habrían tenido que lidiar las partes y el tribunal.
