20-04-2008, 20:23:17
Lejianeutra,
Yo creo que no desvío el tema. Pero es que el tema es demasiado complejo como para seguir un estricto razonamiento lineal. Quizá no recuerde cómo comenzó este tema de conversación:
Hay otra cosa en la que casi casi coincidimos. A usted le parece repulsivo que yo piense que las familias de los suicidados en leganés se puedan haber visto obligadas a admitir hechos "dudosos", debido a su situación de inferioridad. A mí me parece repulsivo no poder dejar de pensarlo. Y no puedo dejar de hacerlo porque ni el juez instructor ni, sobre todo, los que redactaron la sentencia, se preocuparon de aclarar convincentemente todos los puntos que afirman.
Errante, interesantísimo todo lo que dice.
Ahora, les confieso que hay algo que no sé y agradecería a algún experto en Derecho que lo explicara (brevemente también sirve): ¿cuál es la diferencia entre "autor material", "colaborador necesario" y "colaborador (a secas)"?
Gracias por anticipado.
Yo creo que no desvío el tema. Pero es que el tema es demasiado complejo como para seguir un estricto razonamiento lineal. Quizá no recuerde cómo comenzó este tema de conversación:
Lior Wrote:De todos modos le voy a echar un cabo. Dígame
¿Quién atentó el 11 de marzo de 2004 en los trenes de cercanías de Madrid matando a 191 personas e hiriendo a 1841?
¡Ya sabe! Cualquier escéptico empieza siempre haciéndose una pregunta.
pinganilla bis Wrote:¿Jamal Zougam, el otro, los siete de leganés y un octavo pasajero?Veo que coincidimos en considerar que el párrafo inicial de los "hechos probados" afirma algo que no está justificado. Esa era mi idea.
(cualquier gallego siempre responde con otra pregunta)
Hay otra cosa en la que casi casi coincidimos. A usted le parece repulsivo que yo piense que las familias de los suicidados en leganés se puedan haber visto obligadas a admitir hechos "dudosos", debido a su situación de inferioridad. A mí me parece repulsivo no poder dejar de pensarlo. Y no puedo dejar de hacerlo porque ni el juez instructor ni, sobre todo, los que redactaron la sentencia, se preocuparon de aclarar convincentemente todos los puntos que afirman.
Errante, interesantísimo todo lo que dice.
Ahora, les confieso que hay algo que no sé y agradecería a algún experto en Derecho que lo explicara (brevemente también sirve): ¿cuál es la diferencia entre "autor material", "colaborador necesario" y "colaborador (a secas)"?
Gracias por anticipado.
