09-07-2008, 22:07:07
(This post was last modified: 09-07-2008, 22:12:26 by morenohijazo.)
Se agarran, efectivamente, con un clavo ardiendo al palmetazo repartido a los mandos por su precipitada forma de resolver el problema.
Pero si esa amonestación, sin relevancia penal, les parece a los peones gravísima acusación ¿qué pensarán de lo que la sentencia dice de Escribano y sus supercherías?
Un somero repaso me ha permitido encontrar, frente a las cuatro o cinco referencias a las meteduras de pata de los mandos policiales, veinticuatro ( y me habré dejado más de una y más de dos: os animo a identificarlas) anotaciones contra Escribano, inequívocamente censuradoras, y mucho más duras que las dedicadas a sus superiores. A saber (ven desordenadas; puede tomarse como un pasatiempo de verano, encontrarlas en la sentencia) y a saber cuáles:
1. …especulaciones que carecían del rigor necesario…
2. … nada iba a aportar, en principio, a la investigación de un delito de terrorismo…
3. …y en cambio sí iba a generar confusión y turbiedad en la investigación y en la opinión pública…
4. … tenía que haber sido coherente…
5. …lo correcto era por tanto que, siguiendo con la actitud que proclama de exquisito celo policial, hiciera constar también en las observaciones que nunca se había hallado ácido bórico…
6. …su información complementaría tenía escaso, por no decir nulo valor...
7. … comprensible, desde un punto de vista objetivo, que se cuestionara e incluso se considerara improcedente…
8. … carecían de rigor…
9. .. se trata de una mera especulación sin una base científica…
10. …carecía de rigor y generaba confusión y equivocidad...
11. …la falta de rigor de las observaciones del informe pericial apreciable ex ante, se confirmó ex post…
12. … no consta dato alguno ni se ha traído al proceso información de ninguna índole acreditativa de que la pista del ácido bórico haya propiciado alguna línea fructífera de investigación ni resultados positivos…
13. … irregularidades en la trascripción de los sujetos que realizaron los informes (, el propio Manuel Escribano incluyó en su informe al perito Pedro Manrique, sin que éste hubiera intervenido en absoluto en la confección del análisis. Y en cambio no incluyó al técnico Javier Herrera…
14. … se respetaran las pautas de rigor científico del laboratorio oficial y se excluyeran las especulaciones subjetivas que sólo servían para generar incertidumbre, suspicacias y confusión….
15. …meras especulaciones sin rigor científico…
16. … generar una enorme confusión en la opinión ciudadana y en el entorno del proceso del “11-M"…
17. … especulaciones carentes de rigor…
18. … Manuel Escribano Escudero genera no pocas suspicacias…
19. …tiene que comprender que sus superiores desconfiaran a su vez de un perito que introducía unos datos y unos argumentos especulativos carentes de rigor en un informe químico, al que además no se adjuntaban los hechos complementarios que los devaluaban y cuestionaban…
20. … sabedor de la relevancia de unas “observaciones” que escapaban a la ortodoxia de un análisis químico y entraban de lleno en el marco de la disputa sobre el dilema nuclear que estaba en la calle…
21. …[hubiera podido impregnar de relevancia punitiva] que las observaciones del perito Manuel Escribano tuvieran consistencia, rigor científico y pudieran afectar al resultado del proceso a que iba destinada la pericia. Y ello no fue así, ni desde una perspectiva ex ante ni tampoco desde una perspectiva ex post…
22. … si se solicitó un informe sobre la naturaleza de unas muestras consistentes en un polvo de color blanco, resulta claro que lo que se pretendía era un análisis de dicha sustancia…
23. … dicha forma de proceder ha de calificarse de personalísima…
24. … datos accesorios que resultan irrelevantes, inanes o inocuos a los fines de la función probatoria del documento…
No sé si se han dado cuenta los peones, pero se trata de un documento, y de un juicio, donde se estaba considerando, desde el punto de vista legal, la conducta de cuatro mandos superiores a Escribano.
Es decir, Escribano, en teoría, no está siendo juzgado.
Pese a ello, el tribunal no puede por menos de meterle viaje tras viaje, palo tras palo, colleja justiciera tras colleja justiciera, dejándole como un pelele.
Queda claro que, de no haber sido porque este tribunal no le juzgaba a él, se la hubieran metido hasta la bola.
Gustándome como me gustan las comparaciones y metáforas, la imagen que me viene a la cabeza es la (tantas veces vista en la comedia de Hollywood) de la persona con los ojos vendados (en este caso, La Justicia, ciega) con un palo, dispuesto a romper la piñata (los mandos) y que se equivoca, inflando a palos a uno que pasaba por allí. Si éste, el que recibe, es además el típico malo , del que nadie sospecha excepto el espectador, que la goza viendóle encajar, la identificación con Escribano es… como dos gotas de agua.
Pero si esa amonestación, sin relevancia penal, les parece a los peones gravísima acusación ¿qué pensarán de lo que la sentencia dice de Escribano y sus supercherías?
Un somero repaso me ha permitido encontrar, frente a las cuatro o cinco referencias a las meteduras de pata de los mandos policiales, veinticuatro ( y me habré dejado más de una y más de dos: os animo a identificarlas) anotaciones contra Escribano, inequívocamente censuradoras, y mucho más duras que las dedicadas a sus superiores. A saber (ven desordenadas; puede tomarse como un pasatiempo de verano, encontrarlas en la sentencia) y a saber cuáles:
1. …especulaciones que carecían del rigor necesario…
2. … nada iba a aportar, en principio, a la investigación de un delito de terrorismo…
3. …y en cambio sí iba a generar confusión y turbiedad en la investigación y en la opinión pública…
4. … tenía que haber sido coherente…
5. …lo correcto era por tanto que, siguiendo con la actitud que proclama de exquisito celo policial, hiciera constar también en las observaciones que nunca se había hallado ácido bórico…
6. …su información complementaría tenía escaso, por no decir nulo valor...
7. … comprensible, desde un punto de vista objetivo, que se cuestionara e incluso se considerara improcedente…
8. … carecían de rigor…
9. .. se trata de una mera especulación sin una base científica…
10. …carecía de rigor y generaba confusión y equivocidad...
11. …la falta de rigor de las observaciones del informe pericial apreciable ex ante, se confirmó ex post…
12. … no consta dato alguno ni se ha traído al proceso información de ninguna índole acreditativa de que la pista del ácido bórico haya propiciado alguna línea fructífera de investigación ni resultados positivos…
13. … irregularidades en la trascripción de los sujetos que realizaron los informes (, el propio Manuel Escribano incluyó en su informe al perito Pedro Manrique, sin que éste hubiera intervenido en absoluto en la confección del análisis. Y en cambio no incluyó al técnico Javier Herrera…
14. … se respetaran las pautas de rigor científico del laboratorio oficial y se excluyeran las especulaciones subjetivas que sólo servían para generar incertidumbre, suspicacias y confusión….
15. …meras especulaciones sin rigor científico…
16. … generar una enorme confusión en la opinión ciudadana y en el entorno del proceso del “11-M"…
17. … especulaciones carentes de rigor…
18. … Manuel Escribano Escudero genera no pocas suspicacias…
19. …tiene que comprender que sus superiores desconfiaran a su vez de un perito que introducía unos datos y unos argumentos especulativos carentes de rigor en un informe químico, al que además no se adjuntaban los hechos complementarios que los devaluaban y cuestionaban…
20. … sabedor de la relevancia de unas “observaciones” que escapaban a la ortodoxia de un análisis químico y entraban de lleno en el marco de la disputa sobre el dilema nuclear que estaba en la calle…
21. …[hubiera podido impregnar de relevancia punitiva] que las observaciones del perito Manuel Escribano tuvieran consistencia, rigor científico y pudieran afectar al resultado del proceso a que iba destinada la pericia. Y ello no fue así, ni desde una perspectiva ex ante ni tampoco desde una perspectiva ex post…
22. … si se solicitó un informe sobre la naturaleza de unas muestras consistentes en un polvo de color blanco, resulta claro que lo que se pretendía era un análisis de dicha sustancia…
23. … dicha forma de proceder ha de calificarse de personalísima…
24. … datos accesorios que resultan irrelevantes, inanes o inocuos a los fines de la función probatoria del documento…
No sé si se han dado cuenta los peones, pero se trata de un documento, y de un juicio, donde se estaba considerando, desde el punto de vista legal, la conducta de cuatro mandos superiores a Escribano.
Es decir, Escribano, en teoría, no está siendo juzgado.
Pese a ello, el tribunal no puede por menos de meterle viaje tras viaje, palo tras palo, colleja justiciera tras colleja justiciera, dejándole como un pelele.
Queda claro que, de no haber sido porque este tribunal no le juzgaba a él, se la hubieran metido hasta la bola.
Gustándome como me gustan las comparaciones y metáforas, la imagen que me viene a la cabeza es la (tantas veces vista en la comedia de Hollywood) de la persona con los ojos vendados (en este caso, La Justicia, ciega) con un palo, dispuesto a romper la piñata (los mandos) y que se equivoca, inflando a palos a uno que pasaba por allí. Si éste, el que recibe, es además el típico malo , del que nadie sospecha excepto el espectador, que la goza viendóle encajar, la identificación con Escribano es… como dos gotas de agua.
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
