15-07-2008, 13:48:55
(This post was last modified: 15-07-2008, 13:51:25 by El abad de Cucaña.)
Lejíaneutra:
Bien. Eliminemos de mi anterior mensaje la alusión a las firmas. Imaginemos que borramos lo que sigue:
Sigue en pie la incongruencia a la hora de considerar que en un caso había indicios de delito y en otro no. Desde luego no aplicó el mismo rasero.
Por supuesto que la instructora consideró que había en los jefes indicios de delito y por eso pensó que había que juzgar. Otra cosa es el acierto de esa conclusión. Para mí, que no tengo por qué considerar la subjetividad de la instructora, es un caso flagrante de doble rasero. Naturalmente no entro a juzgar las intenciones.
Bien. Eliminemos de mi anterior mensaje la alusión a las firmas. Imaginemos que borramos lo que sigue:
Quote:al hecho de que las firmas del documento no correspondieran con los autores del análisis. Tampoco se la concedióCreo que aun así mi argumento sigue teniendo consistencia. Podría añadir que la instructora tenía potestad para imputar a los peritos también por lo de las firmas y no lo hizo, lo mismo que imputó a los jefes, que en principio no estaban imputados.
Sigue en pie la incongruencia a la hora de considerar que en un caso había indicios de delito y en otro no. Desde luego no aplicó el mismo rasero.
Por supuesto que la instructora consideró que había en los jefes indicios de delito y por eso pensó que había que juzgar. Otra cosa es el acierto de esa conclusión. Para mí, que no tengo por qué considerar la subjetividad de la instructora, es un caso flagrante de doble rasero. Naturalmente no entro a juzgar las intenciones.
