15-07-2008, 13:58:41
lejianeutra Wrote:Isócrates (sin que ésto suponga poner en duda algo de lo que tú sabes mil veces más que yo) y Abad.Efectivamente, lejianeutra, si no recuerdo mal (lo miraré en casa, pero casi casi estoy seguro) que Garzón imputó a los peritos "sólo" por sacar del ordenador un informe rechazado, presentarlo para su firma como el auténtico y colarlo entre los informes que habían de llegar a la Superioridad.
Los peritos fueron imputados únicamente por Garzón, que únicamente les imputó por el asunto de las fechas y por tratar de hacer pasar por oficial un informe que nunca lo fue, si mal no recuerdo. Garzón nunca les imputó por las "inveracidades" que pudiera contener el informe, por ejemplo, el hecho de que constara el nombre de un perito, Pedro Manrique, que no participó en los análisis. Cuando las defensas recurrieron este único motivo de imputación, imagino que la jueza Gallego tuvo que pronunciarse únicamente sobre ese motivo, y por éso tuvo que archivarlo.
Bien es cierto que la jueza Gallego durante la instrucción seguro que tuvo conocimiento de que los peritos habían plasmado también algunas inveracidades en su informe, pero si no los imputó supongo que sería porque no les dio ninguna importancia (y no la tienen) a dichas inveracidades en sí.
Y es que tengo la sensación, porque su auto no lo deja claro, que a los superiores no decidió imputarlos por esas inveracidades en sí, sino porque acreditaban algo que ella entendía que sí podía suponer delito y que la AP (no ella) debía juzgar: el operar sobre un informe preliminar y eliminar unas observaciones.
Pero supongo, solo supongo...
No hacía mención de que Manrique firmase sin haber realizado los análisis. Sin lugar a dudas, porque no lo consideró delictivo: no le dio importancia. Si le hubiera dado importancia, para ser ecuánime hubiera tenido que proseguir con la impuitación a los mandos policiales, y creo recordr que no lo hizo.
Y ahí veo yo la diferencia. No se puede encausar a unos policías por haber firmado una cosa y dejar libre a quien ha cometido el mismo acto, irregular, o delictivo.
También me gustaría que alguien me explicase por qué, la juez instructor llama a los actos "hechos falsarios" en el uto de incoación (o como se diga)
Y, cuando pido que alguien lo explique, me refiero a que sin duda es un error (error que, desde luego, hace pensar en cuál sería el concepto que tenía en mente el redactor), como muchos errores que aparecen en los Sumarios. durante el juicio del 11-M hemos tenido ocasión de explicar a los peones (sin que, en general, ni en comandante, ni en soldado raso, lo aceptasen) que en todos los actos judiciales hay errores sin relevancia.
Pero, precisamente, hay alguien que lo ha explicado. Mientras que aquí hay un Auto de varios años de evolución que llama "falsarios" a unos hechos pendientes de juicio, sin que nadie haya dicho "es un fallo".
También quisiera saber: si la juez Gallego considera que no puede definirse sobre si es o no delictivo modificar un informe (que en realidad no lo es, pero bueno) y lo pasa a los tribunales, que eso es en definitiva la instrucción ¿por qué sí se define y dice que no es delito sacar un papel (que nunca ha tenido la calificación de informe definitivo) presentarlo a su firma engañando a un superior y dejar que se remita a un juez como si fuiera el informe de sus superiores? Es decir... si su papel es sólo señalar sucesos sospechosos para que otros los juzguen ¿por qué no lo hizo con Escribano, como hizo Garzón?
Hay otros puntos del Auto en los que me parece observar matices semánticos de predisposición negativa, pero no voy a empezar aquí y ahora con eso. Simplemente, me limitaré a preguntar si no existe un trato diferente a ambos grupos de peritos, por un lado, y mandos policiales, por otro, y si no existía una cierta predisposición a considerar culpables a los mandos si se dice que cometieron "hechos falsarios".
Ya lo dije ayer. No tengo ninguna duda de que el sistema funciona. Pero tampoco de que los seres humanos nos podemos equivocar, y no pasa nada. No es de conspiranoicos preguntar por qué en el auto, y en la conducta de Gallego, parece detectarse una actitud predeterminada contra los hechos que instruía, y creo que es sano poner de manifiesto los errores para que no vuelva a pasar.
Quizás lejianeutra tiene razón y no les imputó por esas "inveracidades", pero en ese caso, el auto no lo deja claro... y en ese caso el auto es criticable también por eso. Una acusación imprecisa, mal formulada, produce indefensión, y es un error grave para un juez instructor.
Y que quede claro que yo no critico que se haya llegado a juicio, en sí. Lo peor que podía haber pasado es un cierre precipitado del caso, sin haberse dado a saber todo lo que hemos conocido con este caso. Como le pasó a Montes copn las sedaciones de Leganés. Recordaréis que hubo unas acusaciones contra él, y que dos comisiones (una nombrada a dedo por el Consejero, y otra nombrada a dedo por el Colegio de Médicos, ambas compuestas con dudosos criterios) opinaron que había habido mala praxis, pero no responsabilidad definida en la muerte de ningún paciente. Las comisiones no hablaron con los familiares ni con Montes; sólo estudiaron las historias clínicas del Servicio de Urgencias. El juez, con estos dictámenes, archivó la causa por no haber responsabilidad criminal. El problema es que Montes nunca fue llamado a dar su opinión, ni por el Juez, ni por las Comisiones, por lo que se produjo una indefensión manifiesta. Tuvo que apelar para que otro juzgado atendiese su demanda y le librase de la acusación de "mala praxis".
De la misma manera, es cierto que, aparte del sufrimiento que han llevado estos años, (que también... aunque sólo fuera por eso, creo que la juez podría haber afinado un poco) es mejor que los mandos hayan podido defenderse ante toda España, y un Tribunal les haya escuchado, haya escuchado a Escribano, a sus compañeros, y de ellos haya salido una completa absolución.
Pero, una vez concluido, es hora de dar tambioén a Santano y los demás voz para que puedan dar su opinión; y creen que la Juez Gallego no fue imparcial.
Desde hacía quince meses este hilo permaneció inactivo, y no nos hemos permitido opinar sobre la instrucción del caso. Ahora, desestimada en todos sus puntos la querella, no me parece exagerado echar la vista atrás para ver ¡ojo! no si estaba justificado que se hiciera llegar a juicio, sino ¿por qué a unos sí y a otros no? ¿tenía la juez ideas preconcebidas?
Los medios conspiracionistas están aprovechando el Auto de la juez Gallego para presentarlo como el culmen de la jurisprudencia, y argumentando que "algo hay" si un juez te acusa. Fuera de que la razón, desde luego, es disparatada ¿qué tiene de malo si opinamos que no, que es un auto deficiente, y que, en mi opinión, presenta "indicios" a su vez de parcialidad?
La mentira tiene las patas cortas, pero calza zancos al lado de las exclusivas conspiracionistas
