Auto de Procesamiento de Abril de 2006
* En el registro de la vivienda de la calle Virgen del Coro se encontró su correo electrónico y el de su mujer (página 526). Prueba irrelevante, dado que era el dueño de la vivienda y es normal que sus inquilinos dispongan de alguna forma de comunicarse con el dueño.
* En el registro de la vivienda de la calle Francisco Remiro se encuentra un documento con el título "Ansar Al-lah" (páginas 527 y 528); se relaciona con las actividades de hospedaje y auxilio a los emigrantes musulmanes que desarrollaban los hermanos Almallah y se cita la "estrecha relación" de ambos hermanos con El Tunecino recogida en las Diligencias 35.110. La prueba en sí no tiene poder incriminatorio para nadie, dado que es inocua; la "estrecha relación" recogida en las Diligencias 35.110 sólo podría ser incriminatoria si se individualiza en cada hermano esa relación con El Tunecino, dado que Mouhannad fue absuelto por no haberse podido demostrar que su relación con El Tunecino le llevara a integrarse en el grupo terrorista.
* Era titular del teléfono 654311710, que tenía abundante tráfico con El Tunecino (páginas 695, 696 y 779 a 785); sin embargo, el usuario de dicho teléfono no era Moutaz, sino Basel Ghalyoun. Es, por lo tanto, una prueba sin poder incriminatorio (Basel Ghalyoun fue absuelto por no haberse podido demostrar que, a pesar de su también estrecha relación con El Tunecino, como demuestra, por ejemplo, el tráfico de este teléfono, estuviese integrado en el grupo terrorista).
* Abdul Khaled Al Jondi declara que conoce a ambos hermanos y que le han comprado tarjetas telefónicas alguna vez (página 1140). La declaración es irrelevante como prueba.
* El testigo protegido S-20-04-Y-26 conoció a El Tunecino y a Moutaz a través de Mouhannad (página 1212); asistió a las reuniones proselitistas (páginas 1212 y 1214) y afirma que el jefe del grupo era Moutaz, estando por debajo de él, aunque también como dirigentes, Mouhannad y El Tunecino. Mouhannad ni tan siquiera fue considerado integrante del grupo terrorista, por lo que la credibilidad de este testigo fue escasa, al menos en lo referente a Mouhannad.
* El mismo testigo afirma que junto a la Mezquita de la M-30 había una furgoneta en la que dormía un argelino bajito; cuando el Imán de la mezquita dijo que quitaran aquella furgoneta de allí, fue Moutaz quien se la llevó (página 1213). Sin embargo, en el Auto de Procesamiento no consta que, entre los reconocidos fotográficamente por este testigo (página 1214), esté Allekema Lamari, por lo que esta prueba también sería irrelevante (a no ser que exista otro testimonio que identifique a ese argelino que dormía en la furgoneta).
* La testigo S-20-04-W-18 (la mujer de Mouhannad) declaró que en una de las cajas de efectos personales de Moutaz que había en la vivienda de la calle Virgen del Coro pudo ver varios libros de Ben Laden (páginas 1215, 1216 y 1221); Moutaz fue a dicha vivienda en dos ocasiones, mientras ella estuvo viviendo allí, para llevarse dichos efectos (ya vivía en Londres). La testigo habló por teléfono con Moutaz sobre dichos libros, provocando su irritación por hablar por ese medio del tema, ya que, según le diría más tarde su marido, los teléfonos estaban intervenidos; explica las medidas de seguridad que tomaban tanto Moutaz como Mouhannad a la hora de hablar por teléfono de determinados asuntos (continuaban determinadas conversaciones utilizando cabinas públicas, locutorios y lo que ellos llamaban teléfonos verdes). La mera posesión de libros de Ben Laden no es prueba del delito del que se le acusa (colaboración con banda terrorista) y la adopción de medidas de seguridad en sus conversaciones telefónicas, aunque resulte una actitud sospechosa, tampoco supone prueba incriminatoria alguna (su hermano Mouhannad también adoptaba, según el mismo testimonio, esas mismas medidas y fue absuelto).
* La misma testigo habla del contenido de un ordenador portátil que Moutaz siempre llevaba consigo, en el que tenía varias alocuciones de Ben Laden y canciones religiosas de llamada a la yihad que ella pudo escuchar en alguna ocasión en la vivienda (página 1216); Moutaz tenía siempre en mente los problemas de los hermanos musulmanes en el mundo (página 1220). Según las informaciones en prensa, el estudio de los archivos informáticos de Moutaz no han revelado nada nuevo, por lo que tampoco en este caso habría prueba incriminatoria suficiente (la tenencia de material radical sólo indica la tendencia a la radicalidad del individuo, como fue el caso de Basel Ghalyoun, pero no es prueba de colaboración o de pertenencia a una organización terrorista).
* La misma testigo detalla los problemas que tuvo Moutaz cuando se fue a Londres, pues al poco de trasladarse detuvieron a Abu Qutada y era éste quien, al parecer, debía ayudar a la familia de Moutaz a instalarse en dicha ciudad (páginas 1217 y 1223); antes de trasladarse a Londres (aunque sin poder precisar fechas, pero siempre con anterioridad a que la ocupara Mustapha Maymouni), Moutaz vivió en la casa de Chinchón con sus hijos (página 1220). La testigo desconoce de dónde saca el dinero Moutaz, pues no trabaja (página 1223).
* La misma testigo declara que, cuando Moutaz venía a España, casi siempre estaba acompañado de El Tunecino (página 1217 y 1222) y de Basel Ghalyoun (página 1222); en alguna ocasión vio una fotografía de Moutaz junto a Seij Hicham Tensamani Jad, imán de la Mezquita de Toledo (página 1219). Moutaz sería el jefe del grupo y El Tunecino ejercería ese papel cuando Moutaz estaba ausente (página 1221).
* El teléfono 686311066, perteneciente a Moutaz, estaba en la agenda de Mohamed El Egipcio (con el nombre de Mo'taz), de Base Ghalyoun (con el nombre de Metez Dam) y en el registro de la vivienda de la calle Químicos (con el nombre de Motaz casa); en la calle Virgen del Coro constaba ese mismo número de teléfono con el nombre de Moutaz Almallah (páginas 1328 y 1330).
* Khalid Zeimi Pardo declara que estuvo en la vivienda de la calle Virgen del Coro visionando un vídeo de Abu Qutada (páginas 1346 y 1371); el vídeo lo visionó junto a Moutaz, El Tunecino y Abu Dahdah.
De los datos que hay en el Auto de Procesamiento de Abril de 2006 no parecen desprenderse pruebas incriminatorias de su colaboración con una organización terrorista (más bien parece, de acuerdo con los cuatro últimos puntos, que se le pueda acusar de integración en labores de proselitismo); obviamente, tampoco era el Auto de su procesamiento.
* En el registro de la vivienda de la calle Virgen del Coro se encontró su correo electrónico y el de su mujer (página 526). Prueba irrelevante, dado que era el dueño de la vivienda y es normal que sus inquilinos dispongan de alguna forma de comunicarse con el dueño.
* En el registro de la vivienda de la calle Francisco Remiro se encuentra un documento con el título "Ansar Al-lah" (páginas 527 y 528); se relaciona con las actividades de hospedaje y auxilio a los emigrantes musulmanes que desarrollaban los hermanos Almallah y se cita la "estrecha relación" de ambos hermanos con El Tunecino recogida en las Diligencias 35.110. La prueba en sí no tiene poder incriminatorio para nadie, dado que es inocua; la "estrecha relación" recogida en las Diligencias 35.110 sólo podría ser incriminatoria si se individualiza en cada hermano esa relación con El Tunecino, dado que Mouhannad fue absuelto por no haberse podido demostrar que su relación con El Tunecino le llevara a integrarse en el grupo terrorista.
* Era titular del teléfono 654311710, que tenía abundante tráfico con El Tunecino (páginas 695, 696 y 779 a 785); sin embargo, el usuario de dicho teléfono no era Moutaz, sino Basel Ghalyoun. Es, por lo tanto, una prueba sin poder incriminatorio (Basel Ghalyoun fue absuelto por no haberse podido demostrar que, a pesar de su también estrecha relación con El Tunecino, como demuestra, por ejemplo, el tráfico de este teléfono, estuviese integrado en el grupo terrorista).
* Abdul Khaled Al Jondi declara que conoce a ambos hermanos y que le han comprado tarjetas telefónicas alguna vez (página 1140). La declaración es irrelevante como prueba.
* El testigo protegido S-20-04-Y-26 conoció a El Tunecino y a Moutaz a través de Mouhannad (página 1212); asistió a las reuniones proselitistas (páginas 1212 y 1214) y afirma que el jefe del grupo era Moutaz, estando por debajo de él, aunque también como dirigentes, Mouhannad y El Tunecino. Mouhannad ni tan siquiera fue considerado integrante del grupo terrorista, por lo que la credibilidad de este testigo fue escasa, al menos en lo referente a Mouhannad.
* El mismo testigo afirma que junto a la Mezquita de la M-30 había una furgoneta en la que dormía un argelino bajito; cuando el Imán de la mezquita dijo que quitaran aquella furgoneta de allí, fue Moutaz quien se la llevó (página 1213). Sin embargo, en el Auto de Procesamiento no consta que, entre los reconocidos fotográficamente por este testigo (página 1214), esté Allekema Lamari, por lo que esta prueba también sería irrelevante (a no ser que exista otro testimonio que identifique a ese argelino que dormía en la furgoneta).
* La testigo S-20-04-W-18 (la mujer de Mouhannad) declaró que en una de las cajas de efectos personales de Moutaz que había en la vivienda de la calle Virgen del Coro pudo ver varios libros de Ben Laden (páginas 1215, 1216 y 1221); Moutaz fue a dicha vivienda en dos ocasiones, mientras ella estuvo viviendo allí, para llevarse dichos efectos (ya vivía en Londres). La testigo habló por teléfono con Moutaz sobre dichos libros, provocando su irritación por hablar por ese medio del tema, ya que, según le diría más tarde su marido, los teléfonos estaban intervenidos; explica las medidas de seguridad que tomaban tanto Moutaz como Mouhannad a la hora de hablar por teléfono de determinados asuntos (continuaban determinadas conversaciones utilizando cabinas públicas, locutorios y lo que ellos llamaban teléfonos verdes). La mera posesión de libros de Ben Laden no es prueba del delito del que se le acusa (colaboración con banda terrorista) y la adopción de medidas de seguridad en sus conversaciones telefónicas, aunque resulte una actitud sospechosa, tampoco supone prueba incriminatoria alguna (su hermano Mouhannad también adoptaba, según el mismo testimonio, esas mismas medidas y fue absuelto).
* La misma testigo habla del contenido de un ordenador portátil que Moutaz siempre llevaba consigo, en el que tenía varias alocuciones de Ben Laden y canciones religiosas de llamada a la yihad que ella pudo escuchar en alguna ocasión en la vivienda (página 1216); Moutaz tenía siempre en mente los problemas de los hermanos musulmanes en el mundo (página 1220). Según las informaciones en prensa, el estudio de los archivos informáticos de Moutaz no han revelado nada nuevo, por lo que tampoco en este caso habría prueba incriminatoria suficiente (la tenencia de material radical sólo indica la tendencia a la radicalidad del individuo, como fue el caso de Basel Ghalyoun, pero no es prueba de colaboración o de pertenencia a una organización terrorista).
* La misma testigo detalla los problemas que tuvo Moutaz cuando se fue a Londres, pues al poco de trasladarse detuvieron a Abu Qutada y era éste quien, al parecer, debía ayudar a la familia de Moutaz a instalarse en dicha ciudad (páginas 1217 y 1223); antes de trasladarse a Londres (aunque sin poder precisar fechas, pero siempre con anterioridad a que la ocupara Mustapha Maymouni), Moutaz vivió en la casa de Chinchón con sus hijos (página 1220). La testigo desconoce de dónde saca el dinero Moutaz, pues no trabaja (página 1223).
* La misma testigo declara que, cuando Moutaz venía a España, casi siempre estaba acompañado de El Tunecino (página 1217 y 1222) y de Basel Ghalyoun (página 1222); en alguna ocasión vio una fotografía de Moutaz junto a Seij Hicham Tensamani Jad, imán de la Mezquita de Toledo (página 1219). Moutaz sería el jefe del grupo y El Tunecino ejercería ese papel cuando Moutaz estaba ausente (página 1221).
* El teléfono 686311066, perteneciente a Moutaz, estaba en la agenda de Mohamed El Egipcio (con el nombre de Mo'taz), de Base Ghalyoun (con el nombre de Metez Dam) y en el registro de la vivienda de la calle Químicos (con el nombre de Motaz casa); en la calle Virgen del Coro constaba ese mismo número de teléfono con el nombre de Moutaz Almallah (páginas 1328 y 1330).
* Khalid Zeimi Pardo declara que estuvo en la vivienda de la calle Virgen del Coro visionando un vídeo de Abu Qutada (páginas 1346 y 1371); el vídeo lo visionó junto a Moutaz, El Tunecino y Abu Dahdah.
De los datos que hay en el Auto de Procesamiento de Abril de 2006 no parecen desprenderse pruebas incriminatorias de su colaboración con una organización terrorista (más bien parece, de acuerdo con los cuatro últimos puntos, que se le pueda acusar de integración en labores de proselitismo); obviamente, tampoco era el Auto de su procesamiento.
